Quito. 1 feb 2002. El nuevo directorio tendrá que asumir, de manera
urgente, la preparación del equipo nacional para los Juegos Odesur.

Danilo Carrera, quien se hizo cargo del COE en 1997, tras la destitución
de Jacobo Bucaram, pretende la reelección por un período más, amparado en
el pronunciamiento de la Procuraduría General del Estado, que defiende la
autonomía e independencia del organismo nacional, en una posición similar
que asumió en la elección de la Federación Ecuatoriana de Fútbol, el 11
de enero pasado.

Jorge Contreras, ex presidente de la Asociación Deportiva del Guayas, y
Oswaldo Salazar, ex titular de Concentración Deportiva de Pichincha,
conforman la otra lista, quienes, según Omar Cevallos, cuentan con el
respaldo de 16 Federaciones Nacionales por Deporte.

En la Asamblea de esta mañana, 22 Federaciones Nacionales tienen derecho
a 2 votos, y 15 a uno. Además, votarán 11 representantes del COE y dos
deportistas.

El nuevo directorio tendrá que asumir responsabilidades inmediatas, como
la preparación y planificación de la participación de Ecuador en los
Juegos Odesur de abril próximo, en Colombia. (MCA)

Carrera defiende su candidatura

¿Por qué es legal su reelección?

El Comité Olímpico Ecuatoriano es un organismo de derecho privado, y como
tal tiene la potestad de regirse por sus propios estatutos y reglamentos.
Claro, siempre que estén en coordinación con la Carta Olímpica del COI.
Precisamente por ello hemos hecho reformas a nuestra normativa que,
además, es la expresión de las Federaciones Ecuatorianas por Deporte.

¿El COE no se sujeta a la Ley del Deporte?

No hablaría de sujetarse o no. Lo que pasa que si alguna legislación
vigente o futura está en contraposición a la voluntad de las Federaciones
Ecuatorianas, se establece que la norma que debe prevalecer en este caso
es la Carta Olímpica.

El artículo 42 de esa Ley manifiesta que deben existir cinco asociaciones
para la creación de una Federación. ¿Eso se cumple?

En los estatutos reformados del COE, el artículo 33 dice expresamente:
"En los casos en que alguna federación no cumpliera con los requisitos de
la Ley de Educación Física para su integración, por no haber elegido
legalmente a los miembros de sus directorios, a pesar de los
requerimientos del COE, o por inactividad, acefalía o, que por la
disminución del número de sus miembros u otras causas similares no pueda
instalarse su directorio, después de haberse conformado el Comité
ejecutivio del COE designará un directorio provisional de acuerdo al
reglamento que dictare para el efecto". En casos expresos se han nombrado
directorios provisionales hasta que el deporte tenga un mínimo de cinco
Asociaciones.

En la misma Ley, el artículo 37 expresa que su sede estará en Quito. ¿Por
qué no lo está?

El Comité Olímpico es un organismo autónomo. La Constitución dice que las
personas naturales y jurídicas podrán establecer su domicilio y su
régimen interno. Cualquier norma inferior que esté en contra, se
considera que no existe.

El Tribunal Constitucional emitirá un dictamen con respecto a la
inconstitucionalidad de las reformas de estatutos y la reelección. ¿Qué
hará el COE?

Pediremos una audiencia al Tribunal Constitucional para sustentar nuestra
defensa. La intención es realizar una explicación jurídica, demostrando
que no es inconstitucional lo que se está planteando.

¿Qué pasaría si en algún caso existe un dictamen del Tribunal en contra
de sus argumentos jurídicos?

No creo que así ocurra. Si por las cosas de la vida se daría este hecho,
el Comité Olímpico Internacional desconocería al Olimpismo Ecuatoriano.
La Carta Olímpica dice que se supenderá a un CON por los siguientes casos
(artículo 31, numeral 9): "Si la actividad del CON en cuestión se viera
obstaculizada por las disposiciones legales o reglamentarias vigentes en
el país correspondientes, o por los actos de otras entidades deportivas o
no de ese país". (RVP)

Un organismos prescrito a regulaciones internacionales

Los artítulos 41 y 46 de la Ley del Deporte reconocen la independencia de
las Federaciones por Deporte, y la autonomía para la reelección en
períodos continuos, de acuerdo a la interpretación de la Procuraduría del
Estado. En su artículo 41 dice: "Se sujetarán a las normas
internacionales prescritas por las reglamentaciones deportivas".

Dependerá también de la Asamblea, calificar requisitos que debe tener
cada Federación para que pueda llamarse como tal.

El Consejo Nacional de Deportes tiene conocimiento de las disciplinas que
no tienen el requisito establecido en la normativa para formar su
Federación.

Habrá que esperar qué sucede hoy. (RVP)

Contreras se postula

Ayer, por la tarde se reunieron, en Guayaquil, varios directivos del
deporte nacional para definir las postulaciones y estructuras una lista
diferente a la de Danilo Carrera.

José Luis Contreras y Oswaldo Salazar se candidatizarán a las dos
principales postulaciones en el proceso eleccionario en el COE.

Omar Cevallos, presidente de Concentración Deportiva de Pichincha dijo
que al menos 16 Federaciones Ecuatorianas por Deporte respaldarían la
candidatura de Contreras. En la reunión participaron representantes de
18 provincias del país, según dijo este directivo a HOY.

Esta lista solicitó un pronunciamiento del Tribunal Constitucional con
respecto a la ilegitimidad de la reelección, a la que se acoge el actual
presidente. Ellos se amparan en la Ley del Deporte, y citan el artículo
88 en la que se prohibe la relección.

Esta mañana, en la Asamblea, también pedirán la aplicación del artículo
42, en el que textualmente anota: "Las Federaciones Nacionales por
Deporte estarán integradas por un mínimo de cinco asociaciones
provinciales por deporte, con excepción de aquellas que por su
naturaleza, no puedan reunir este requisito".

Las disciplinas que no podrían practicarse en todas las provincias son:
andinismo remo, surf y yatching (vela). El resto de estas disciplinas
estarían ilegalmente constituidas.

Una asociación es reconocida como tal cuando realiza al menos un
campeonato interclubes por año, con tres o más equipos federados
legalmente a esa filial.

Pichincha es la provincia que mayor número de asociaciones tiene, 33 en
total; seguida de Guayas, con 32; y Azuay con 28. Así mismo, las
Federaciones Provinciales que presentan una cantidad significativa de
comités son Imbabura y Azuay, con 17 cada una.

En Guayas es la sede del 85% de las Federaciones Ecuatorianas por
Deporte, y en muchos casos hay disciplinas que solo se práctican en esa
provincia. (RVP, MCA) (Diario Hoy)
EXPLORED
en Ciudad Quito

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