LA DESTITUCION, por Juan Falconà Puig
Quito. 24.10.10. (Opinión). La que en su momento se denominó
la "mayorÃa de la mano alzada" adoptó en el Congreso, varias
resoluciones inconstitucionales. Entre ellas, las más
conflictivas, la que destituÃa a la Corte Suprema de Justicia,
ahora declarada inconstitucional por el Tribunal de GarantÃas
Constitucionales; la que concedÃa amnistÃa al abogado Abdalá
Bucaram, no obstante que no estaba afectado por juicio
polÃtico alguno y que la amnistÃa es general y no individual.
El tercer proyecto era el encaminado a descalificar diputados,
desconociendo la instancia competente, la del Tribunal
Electoral y no obstante que no habÃa causas supervinientes que
ameriten la descalificación.
Asà las cosas, un grupo mayoritario de diputados, en actitud
prepotente, altanera y agresiva hizo cuanto quizo, sin que le
importe que el paÃs vea absorto su comportamiento a través de
las cámaras de televisión. La desfachatez fue tal, que se
negaba lo que estaba grabado y transmitÃa la TV. Pero llegó
la gota que derramó el vaso y a ésta se sumaron otras que
fueron el detonante para terminar con el manejo del Congreso
como si se tratase de una vulgar pelea callejera, al más puro
estilo "atala".
La agresión a tres diputados; la carta de Sixto Durán Ballén,
criticando a su propio partido por protagonizar los hechos
antes anotados; la proclamación de resultados en las
votaciones, distintos a los reales; y, el negar la
reconsideración planteada por la economista Calderón de Castro
constituyeron la suma de hechos que llevó al resto de
diputados a concluir en que, si no se unÃan y convenÃan
respecto de ciertos puntos concretos relativos a la marcha del
Congreso, continuarÃa imperando la barbarie.
La destitución llega después de una conminatoria al doctor
Bucaram de ajustarse a la Constitución y la ley, y aunque no
hay, porque a nadie hasta aquà se le hubiera ocurrido
necesaria una norma que diga que el presidente del Congreso
podrá ser destituido cuando faltare sistemáticamente a sus
obligaciones, o cuando violare permanentemente la Constitución
en la dirección de las sesiones, ciertamente que se produjo un
estado de necesidad que encuadra en el marco general de la
teorÃa del Derecho.
En efecto, el principio aplicable no es el de que en Derecho
las cosas se deshacen de la manera que se hacen, porque éste
dice relación al procedimiento. Pero también en Derecho,
quien puede lo más puede lo menos, dogma jurÃdico que ante las
causas graves que se han dado, bien ha podido permitir al
mismo número mayoritario de votos que eligió a Bucaram,
defenestrarlo. No hay Constitución rota, ni mucho menos;
simplemente se le ha aplicado su propia medicina, pues,
proclamaban que la mayorÃa todo lo puede, y esa mayorÃa pero
con otros nombres, es la misma que lo destituyó.
Tampoco se afecta la Constitución porque un grupo de policÃas,
lo haya desalojado de un despacho que ocupaba indebidamente.
No salió muerto como habÃa ofrecido, sino caminando y rogando
que le garanticen la vida. ¿Dónde la violación
constitucional? ÂLa Constitución tampoco dice que está
prohibido a la policÃa limpiar los despachos de los edificios
públicos!
El gobierno sólo puede reconocer un presidente del Congreso y
obviamente que reconoce al doctor Bonilla, como antes
reconoció al doctor Bucaram, elegido por el mismo número de
votos después que se nombró otro director de la sesión del 10
de agosto pasado, lo que tampoco estaba previsto en la
Constitución. Fue el doctor Bonilla quien por escrito
solicitó la desocupación de su despacho. El resto es historia
harto conocida que debemos decidirnos a superar
definitivamente, por el bien del paÃs y sus instituciones.La
destitución está consumada y no hay otra función en nuestra
organización republicana que pueda revocarla o suspenderla,
salvo el Tribunal de GarantÃas. (A-4).
en
Explored
Autor: Juan Falconà - Ciudad N/D
Publicado el 05/Noviembre/1990 | 00:00