Quito. 24.02.93. La privatización de las empresas estatales se
realizará mediante decreto ejecutivo expedido por el presidente
de la República, si es que se aprueba el proyecto de ley de
Modernización del Estado, que reposa en el Congreso Nacional y
que seguramente será tratado por el Plenario de las Comisiones
los próximos días.

HOY resume en esta edición algunos de los principales aspectos
del proyecto y que han han sido publicadas durante estos últimos
días.

Este proyecto establece que la denominada modernización comprende
los tres siguientes aspectos: a) la racionalización y
simplificación de la estructura administrativa y económica del
sector público, distribuyendo adecuada y eficiententemente, las
competencias, fnciones y responsabilidades de sus entidades u
organismo. b) La descentralización y desconcentración de las
actividades del sector público, y c) la demonopolización y
privatización de las cactividades económicas asumidas por el
Estado, el objeto de mejorar los servicios a la colectividad.

Estos tres cometidos, según el proyecto, serán coordinados con el
Consejo Nacional de Modernización del Estado, CONAM, creado por
el presidente de la República.

El proyecto establece también que el CONAM dirigirá los procesos
de privatización de las actividades económicas que realiza el
sector público, mediante a) la reestructuración de aquellas
entidades que deban permanencer como parte del Estado; b) el
traslado total o parcial, al sector privado de la gestión que
desarrollan; c) la autorización para que el sector privado de la
gestión que desarrollan; d) el trasplaso de sus acciones y demás
activos y pasibos que posea o la apertura de los capitales.

De ser aprobado el proyecto de Ley de Modernización del Estado,
el presidente de la República tendrá la facultad de determinar
qué empresas y qué áreas de la producción que actualmente están
en manos del Estado pasarán a manos privadas.

"Se faculta al presidente de la República para que, dentro del
proceso de modernización, mediante Decreto Ejecutivo, delegue o
traslade, total o parcialmente a la inciativa privada las áreas
de explotación económica reservadas al Estado, previstas en la
Constitución Política del Estado, y para que el Gobierno Central
modifique la estructura, funciones y procedimientos
administrativos de las entidades, organismos y empresas
públicas". Así reza el último inciso del artículo 6 del proyecto
de Ley que envió el Ejecutivo el jueves anterior.

Los mecanismos de privatización establecidos son: aporte total o
parcial al capital de sociedades por acciones, arrendamiento
mercantil, concesión o delegación, venta o adjudicación;
transformación, fusión, escisión y liquidación de empresas
estatales o mixtas, y, cualquier otra modalidad que mediante
decreto determine el Ejecutivo de acuerdo a la Ley.

La exposición de motivos del proyecto de Ley de Modernización del
Estado, presentada el jueves al Congreso Nacional, afirma que el
Estado ecuatoriano ha estado sometido a un paternalismo que ha
truncado toda iniciativa privada.

"El reto histórico que enfrentamos en cuanto a modernizar nuestro
Estado y nuestra sociedad va mucho más allá de buscar la
elevación del nivel de vida de nuestro pueblo. Necesitamos
urgentemente, devolverle al ciudadano ecuatoriano la fe en su
país, la fe en un sistema que le permita usar su libertad, su
creativad y su deseo de aportar a la sociedad, y no la
desesperanza en un sistema que lo atrapa en la ineficiencia, en
el paternalismo y en la trama burocrática.", dice la exposición
de motivos para concluir que "de esta Ley y de las otras que
concurrentemente enviaremos al Congreso Nacional para lograr la
reestructuración de nuestra sociedad, dependerá la suerte de
nuestro país: avanzar al ritmo de la historia, o sucumbir por
nuestra propia incompetencia".

Un "sistema de compensación por separación voluntaria" o compra
de renuncias se incluye en el proyecto de Ley de Modernización
del Estado.

Este sistema consiste en el pago equivalente al valor de la
última remuneración mensual multiplicado por dos y por el número
de años de servicio en el sector público, hasta un máximo de 20
millones de sucres. El presidente de la República, queda
facultado para actualizar, mediante decreto, el monto del límite
señalado.

Esta compra de renuncias está destinada a los trabajadores del
sector público que deseen separarse de la entidad a la que
pertenecen dentro del plazo de 18 meses contados a partir de la
publicación del Reglamento a la Ley.

Estas compensaciones estarán exentas del impuesto a la renta.

Se agrega que el personal que reciba la compensación podrá volver
a prestar sus servicios en el sector público, únicamente en
cargos de elección popular y en aquellos casos de excepción que
por Decreto Ejecutivo autorice el presidente de la República.
Estas compensaciones estarán exentas del impuesto a la renta.

Privatización sin restricciones

Todas las áreas de la producción, incluso aquellas que la
Constitución Política establece como exclusivas del Estado,
podrán ser privatizadas si es que se aprueba el proyecto . Es
decir petróleo, agua potable y electrificación, entre otras.

Este proyecto, en su artículo 2, establece el ámbito sobre el
cual la Ley tendrá vigencia y dice que podrán ser entregadas a la
iniciativa privada todas las actividades económicas previstas en
los numerales 1 y 2 del Art. 46 de la Constitución.

La Constitución, por su parte, en dichos preceptos legales
establece que el sector público, compuesto por las empresas de
propiedad exclusiva del Estado son: "los recursos naturales no
renovables y, en general, los productos del subsuelo y todos los
minerales y sustancias cuya naturaleza sea distinta de la del
suelo. Los servicios de agua potable, fuerza eléctrica y
telecomunicaciones y las empresas estratégicas definidas por la
Ley.

TODO EN MANOS DEL PRESIDENTE(7A)


EXPLORED
en Ciudad N/D

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