Quito. 8 jul 97. Cuando el ex-embajador de Ecuador en los
Estados Unidos, Edgar Terán, el 15 de octubre de 1993,
suscribió en Washington en nombre del Ecuador el convenio
bilateral sobre la protección y el cumplimiento de la
propiedad intelectual, tal vez no dimensionó el conflicto en
el cual el paÃs estarÃa inmerso cuatro años más tarde, frente
a la presión ejercida para que sea ratificado por parte del
Congreso Nacional.
Mike Glover, Consejero Económico norteamericano, ha expresado
que la implantación del Acuerdo Bilateral, asà como el
mejoramiento de la protección intelectual en el Ecuador y la
atracción de inversiones, no solo es del interés de
inversionistas estadounidense, sino también de la comunidad de
negocios del Ecuador.
Respecto de tal pronunciamineto, existe concenso acerca de que
Estados Unidos es el principal socio comercial de Ecuador, por
lo que tal cual lo han expresado representantes de la Cámara
de la Pequeña Industria, "las relaciones comerciales con este
paÃs deben ser priorizadas y atendidas cuidadosamente".
Alejandro Ponce, reconocido jurista, afirma que es prioridad
para el Ecuador asumir su obligación internacional del Ecuador
desde el momento en que suscribió el convenio, por lo que su
ratificación es una responsabilidad internacional del paÃs.
Sostiene, sin embargo, que es necesario hacer revisiones
puntuales, para negociar algunos puntos. En esto coincide
Eduardo Carmigniani , quien insiste en la necesidad de que el
convenio sea minuciosamente revisado y renegociado por los
Gobiernos de Estados Unidos y Ecuador, para que no cree
conflictos con las Leyes y la Constitución que rige en el
paÃs.
CONTRAPOSICION
Respecto de su contraposición con otras leyes, en el Ecuador
para regular este tema rige la Decisión 344 de la Comisión del
Acuerdo de Cartagena, que tiene la fuerza de Ley nacional y
reviste especial importancia por tratarse de una norma
comunitaria con vigencia y aplicación en todos los paÃses del
grupo Andino. Por tal motivo, su incumplimiento puede
lesionar las relaciones con paÃses socios.
Asimismo, de acuerdo con la Cámara de la Pequeña Industria,
existen marcas muy importantes de origen europeo conocidas a
nivel mundial, asà como patentes de invención, cuyos
propietarios recibirÃan una señal discriminatoria al
suscribirse un convenio estrictamente binacional con Estados
Unidos para dar unas protecciones especiales solamente a las
marcas y a las patentes de origen americano.
Estas, son algunas de las causales que han llevado a que salvo
el caso de México, ningún otro paÃs americano ha suscrito un
convenio similar con los Estados Unidos. En el caso de
Argentina ese convenio ha sido duramente impugnado y
cuestionado.
ANDINOS CON OTRAS NORMAS
Ningún otro paÃs andino ha firmado el Convenio de Propiedad
Intelectual con EEUU. Ecuador es, hasta ahora, el más
adelantado en dicho proceso.
Esto, según el jurista Francisco Tinajero, puede ponernos en
desventaja dentro de la Comunidad Andina de Naciones, pues el
acuerdo bilateral choca con la norma 344 de la legislación
andina.
El Ecuador expidió, en diciembre de 1993, un reglamento
interno para patentes que incumplÃan con los requisitos de
novedad y nivel inventivo de la norma 344. AsÃ, podÃan
aprobarse si se presentaba una solicitud hasta una fecha
determinada. Al amparo del decreto, se concedieron cientos de
registros.
Entonces, las partes afectadas de otros paÃses pusieron una
demanda ante el Tribunal Andino de Justicia, que declaró al
Ecuador "paÃs incumplido" y solicitó del gobierno que cese en
sus desacatos; asà se hizo.
Es en este contexto donde se confrontan la legislación andina
y el convenio; éste último, plantea algo similar a las leyes
transitorias por las que fue sancionado el Ecuador, de lo que
se deduce que nuestro paÃs incumplirÃa nuevamente ante la CAN.
"Esto nos pone en problemas, pues la Comunidad puede
emprender acciones coercitivas y decidir la expulsión del
Ecuador", señala Tinajero.
TRATADO DE LIBRE COMERCIO
El Tratado de Libre Comercio (TLC), firmado entre Estados
Unidos, Canadá y México, implicó que éste último acate las
obligaciones relativas a la propiedad intelectual. El Tratado
define, en cuanto a las patentes, concederlas para productos y
procesos en casi todo tipo de inventos, y brindar protección a
sus titulares, incluyendo productos farmacéuticos y
agroquÃmicos, que antes no eran sujetos de registro.
Otros derechos protegen las señales de satélite, los secretos
industriales en general y los circuitos integrados, entre
otros.
Respecto de la ejecución, el TLC establece los procedimientos
judiciales, incluidas las disposiciones relativas a daños y
suspensión precautoria; además, del cumplimiento de los
derechos en la frontera.
MERCOSUR
En paÃses del Mercado Común del Sur, el convenio ha sido
motivo de polémicas. Argentina no lo acató, sin embargo,
mantiene a los legisladores discutiendo la propuesta. En el
caso de Brasil, tampoco se firmado ningún Convenio con el
Gobierno de los Estados Unidos.
La Ley de Propiedad Intelectual que rige en dicho paÃs fue
resultado de un proceso legislativo interno, una adecuación de
las leyes vigentes en el paÃs.
Las autoridades construyeron, entre 1994 y 1995, un cuerpo
legal propio que responde a las normas y parámetros de la
Organización Mundial de Comercio (OMC). La Ley, que regula el
tema y sus distintas implicaciones, fue adoptada por el
Congreso brasilero en base de consensos, discusiones y
trámites institucionales internos.
PERU
En materia de Propiedad Intelectual, Perú ha creado una
nueva ley que regula su protección y ha puesto en marcha el
INDECOPI, instituto que en su calidad de autónomo e
independiente ejecuta los presupuestos de la ley en la que
están considerados todos los aspectos de la propiedad
intelectual.
Para el jurista Héctor Villagrán, a través de este instituto
Perú ha unificado en un solo organismo los trámites que deben
realizarse para ofrecer una adecuada protección. Explica que
en Ecuador, de las marcas y patentes se encarga el Ministerio
de Comercio exterior; de los derechos de autor y software, el
Ministerio de Educación y para proteger las variedades
vegetales, hay que acudir al Ministerio de Agricultura y
GanaderÃa. (DIARIO HOY) (P. 5-A)
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Publicado el 08/Julio/1997 | 00:00