Venezuela. 06.01.94. Venezuela se ha destacado en América
Latina, por su tradición de gobiernos civiles ininterrumpidos
durante los últimos 35 años, dentro de la llamada democracia
formal.
Sin embargo, está escribiendo su página negra en el respeto a
los derechos humanos, tal como lo atestiguan los motines en
sus cárceles, donde reinan la ley del más fuerte, el
hacinamiento, condiciones infrahumas, la tortura y la
corrupción.
Además de las detenciones ilegales y las ejecuciones
extrajudiciales. Una grave deficiencia en el sistema es la
existencia de la Ley de Vagos y Maleantes que permite la
detención arbitraria de una personas durante cinco años sin
apelación ni revisión judicial posible, ni siquiera hábeas
corpus, aplicada a las personas que las autoridades consideren
un "peligro" para la sociedad. HOY presenta el extracto de un
informe de la organización Amnistía Internacional (AI)
publicado a fines del año pasado y que se titula "Venezuela.
El eclipse de los derechos humanos".
CASI 15 AÑOS EN LAS CARCELES POR UN ROBO
El ejemplo de John Antonio Páez ilustra lo injusto de la Ley
de Vagos y Maleantes. De 33 años y procedente de Maracay,
estado de Aragua, J. Antonio Páez fue arrestado por primera
vez en 1974 por la Policía Técnica Judicial. Según el informe,
le obligaron a confesar bajo tortura mediante picana eléctrica
y semiasfixia con una bolsa de plástico, que había cometido el
robo que le imputaban.
Luego de cumplir una condena de seis años de cárcel, regresó a
su trabajo en Maracay.
En diciembre de 1980 fue arrestado en esa ciudad durante una
redada policial y detenido en aplicación de la Ley de Vagos y
Maleantes debido a su expediente criminal. Le transfirieron a
El Dorado, donde permaneció hasta enero de 1982, cuando fue
puesto en libertad por buena conducta.
John Antonio regresó con su familia y a su trabajo en Maracay,
pero en abril de 1984 fue detenido durante una redada policial
y, basándose en el mismo expediente criminal fue
"sentenciado", en aplicación en a la citada ley, a cinco años
de prisión en El Dorado.
Volvió a quedar en libertad antes de concluida su condena, por
buen comportamiento.
En agosto de 1986 regresó a su pueblo y en julio de 1987 fue
nuevamente detenido en una redada policial. Según informes,
cuando John Antonio se quejó de esta detención arbitraria, la
policía le golpeó con bastones y culatas de rifle, como
consecuencia de lo cual requirió asistencia médica en un
hospital.
Volvieron a aplicarle la Ley de Vagos y Maleante y a enviarle
a El Dorado, donde permaneció hasta abril de 1990. El 19 de
octubre de 1991, John Antonio fue nuevamente víctima de las
frecuentes redadas policiales en Maracay. Siempre basándose en
el mismo antiguo expediente criminal, las autoridades lo
enviaron una vez más a El Dorado, a donde llegó el 26 de
noviembre de 1991.
El 11 de noviembre de 1992 comenzó una huelga de hambre con
otros reclusos, exigiendo la presencia de un representante de
la Fiscalía General para denunciar su detención arbitraria y
la tortura y los malos tratos sufridos. John Antonio fue
puesto en libertad de El Dorado el 13 de diciembre de 1992 y
regresó a su pueblo.
Comenzó a participar en una campaña contra la Ley de Vagos y
Maleantes, pero el 22 de enero de 1993, la Policía
Metropolitana le detuvo arbitrariamente y le transfirió a la
Comandancia de la Policía estatal, donde se le aplicó la Ley
de Vagos y Maleantes, siempre basándose en su antiguo
expediente criminal.
John Antonio no estaba desempleado ese momento e iba a
integrarse a un nuevo grupo de teatro la semana siguiente.
John Antonio contó a los delegados de AI que le visitaron en
enero de 1993 en la prisión de El Alayón, en Maracay, que
había sido sistemáticamente torturado después de cada arresto.
La tortura consistió en aplicarle la picana eléctrica en
partes sensibles del cuerpo, propinarle palizas, golpes y
peinillazos, y en amenazarle de muerte.
Fue examinado por un médico de AI quien encontró varias
lesiones que corroboraban sus denuncias de tortura, entre
ellas contusiones y cortaduras como las producidas por las
peinillas.
A pesar de que John Antonio Páez quedó en libertad sin cargos
en febrero de 1993, los responsables de su tortura no han
comparecido ante la justicia. AI teme que pueda ser
arbitrariamente arrestado de nuevo y que vuelvan a torturarle.
CONDICIONES PENITENCIARIAS
Las condiciones penitenciarias son extremadamente duras en
todo el país, alcanzando en muchos casos la categoría de trato
cruel, inhumao y degradante.
Tales condiciones incluyen hacinamiento agudo, el uso
arbitrario de las celdas de castigo, una alimentación
inadecuada, condiciones sanitarias deficientes, falta de
asistencia médica y medidas de seguridad apropiadas y
programas de rehabilitación inadecuados.
En el momento de una visita de la delegación de AI a fines de
enero de 1993 había aproximadamente 32 mil reclusos en las 32
prisiones y centros de detención del país que tienen capacidad
para 12.000 personas.
El hacinamiento y la ausencia de las debidas medidas de
seguridad en las prisiones han ocasionado numerosas muertes.
Por ejemplo, en el Centro Penitenciario de Carabobo, una
cárcel conocida como el Tocuyito, los informes señalan que un
promedio de 14 presos muertos al mes entre enero de 1989 y
febrero de 1990, de los que la mayoría murieron en incidentes
violentos.
Pese a los anuncios oficiales a principios de 1993 que según
los cuales iban a adoptarse medidas para evitar nuevas
muertes, al menos 29 reclusos murieron en la prisión entre
enero y junio de 1993.
El 20 de junio de 1993, seis reclusos del centro Penitenciario
de Barcelona, ubicado en la ciudad de Barcelona, murieron en
el curso de violentos disturbios. Según los informes
recibidos, los homicidios se produjeron en el curso de un
enfrentamiento entre las bandas rivales al no ser capaces los
guardias de seguridad de poner fin de una discusión. Al menos
21 reclusos resultaron heridos de gravedad.
También resultan penosas las condiciones en muchos centros de
detención para menores, Por ejemplo, en mayo de 1991, los
informes señalas que un interno de 15 años del Albergue
Carolina Uslar, de Antimano, permaneció 25 días recluido en
una celda de castigo.
Según esta información el joven pidió reiteradamente que le
sacara de allí, murió tras prender fuego a sus colchones de su
celda. En agosto de 1991, un joven de 17 años murió en el
mismo establecimiento a consecuencia de las graves quemaduras
sufridas al protestar por las condiciones de detención. Por
otra parte a muchos niños los encarcelan de forma ilegal en
prisiones de adultos.
En la visita a Venezuela AI investigó las condiciones de cinco
prisiones: El Retén e Internado Judicial de Las Flores de
Cati, en Caracas; el Centro Penitenciario de Carabobo, también
conocido como El Tocuyito; l Centro Penitenciario de Valencia;
la Comandancia General de la Policía del Estado de Aragua,
también conocida como El Alayón, El Macaray y el Centro
Agropecuario de Reeducación Agrícola El Dorado, en el Estado
de Bolívar.
Las visitas señalaron un elevado índice de superpoblación en
todas ellas. Por ejemplo, en el Retén de Catia, que tiene
capacidad para 900 reclusos, se encontraron 2.441 presos.
Algunas de las celdas estaban tan abarrotadas que los reclusos
ni siquiera podían tumbarse a dormir en el suelo. El piso
estaba cubierto por excrementos y aguas residuales, y la
comida era tan escasa como repugnante. Las prisiones tenían
instalaciones sanitarias deficientes. En tres de ellas, el
sistema de desagüe de las celdas estaba obstruido, y en El
Dorado las autoridades sanitarias habían establecido varios
meses antes que el agua no era apta para el consumo humano, no
obstante lo cual los reclusos seguían bebiéndola. Asimismo,
los delegados señalaron que estas cárceles no se dispensaba la
asistencia médica necesaria ni el ejercicio apropiado.
Un grupo de reclusos esperaba tres meses para poder salir de
sus celdas al campo deportivo. Además, de acuerdo con los
informes, los guardias golpean brutalmente a los presos a la
mínima infracción de disciplina, empleando métodos brutales
que a menudo constituyen tortura, como son los golpes con
peinillas o con culatas de rifle. (AFP)
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Publicado el 06/Enero/1994 | 00:00