Quito. 23.10.93. No será muy fácil privatizar las áreas
estratégicas, de acuerdo a los cambios introducidos por el
Congreso a la Ley de Modernización que enviara el Ejecutivo al
Parlamento.
Luego de ocho meses de trámite ha sido aprobada finalmente la Ley
de Modernización del Estado que ya debe estar en manos del
Ejecutivo, quien deberá pronunciarse vetándola o ejecutándola.
Esta Ley fue enviada por el Ejecutivo. Sin embargo, el texto que
finalmente fue aprobado por el Congreso difiere mucho, tanto en
forma como en fondo, con el proyecto enviado por el Gobierno.
Para los diputados Antonio RodrÃguez y Andrés Vallejo, de la
Izquierda Democrática, asà como Ramiro Rivera, de la Democracia
Popular, los dos textos son completamente distintos.
Las principales diferencias entre los dos textos son:
Areas estratégicas
La Ley de Modernización, tal y como quedó aprobada, excluye a las
empresas vinculadas con las áreas de la economÃa calificadas por
la Constitución como estratégicas de cualquier proceso
privatizador, a no ser que para ello se apruebe una Ley
especÃfica. Es decir que el Gobierno para privatizar
Petroecuador y sus filiales, Inecel, Emetel y la Superintendencia
de Telecomunicaciones, deberá enviar un proyecto de Ley al
Congreso Nacional especÃfico para cada caso.
El artÃculo 17 dice: "Se exceptúan las entidades cuya autonomÃa
se garantiza en el artÃculo 128 de la Constitución, Petroecuador
y sus filiales, el Instituto Ecuatoriano de Electrificación
(INECEL), la Empresa Estatal de Telecomunicación EMETEL y la
Superintendencia de Telecomunicaciones, cuyos deberes y
atribuciones se mantendrán como constan en sus respectivas leyes,
de acuerdo con las cuales podrán ser sujetos de procesos de
organización que garanticen su eficiencia".
En cambio, el texto original establecÃa que las empresas
calificadas como estratégicas en el Constitución podÃan ser
privatizadas con la simple aprobación de la Ley de Modernización
y mediante decretos ejecutivos.
Facultades del presidente
La Ley de Modernización aprobada la noche del viernes establece
que el presidente de la República dirigirá, resolverá y dictará
las normas para que el Consejo Nacional de Modernización, CONAM,
ejecute los procesos de privatización. Es decir que el
presidente tiene la responsabilidad de lo que haga el CONAM,
siempre dentro del ordenamiento jurÃdico existente.
En cambio, el texto enviado por el Ejecutivo permitÃa al
presidente de la República que, mediante un Decreto Ejecutivo,
privatice de la manera que le parezca conveniente cualquier
empresa del Estado. Esto fue muy criticado al interior del
Congreso donde se dijo que se convertÃa al presidente en un
dictador constitucional con la facultad de legislar, dejando de
lado ese derecho del Parlamento.
El CONAM
El proyecto del Ejecutivo reconocÃa al CONAM creado por el
Gobierno, compuesto por un representante del presidente de la
República, el ministro de Finanzas, el secretario general del
CONADE, un representante de las cámaras de Producción y el
secretario nacional de Desarrollo Administrativo. Con la
aprobación de la Ley de Modernización se suma un representante de
los trabajadores y servidores de las entidades públicas, asà como
un representante de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana. El
texto aprobado define con mayor precisión las funciones del CONAM
e incluso lo obliga a informar semestralmente al Congreso.
Compensaciones
La compensación para el caso de separación voluntaria de un
trabajador de una empresa pública es el equivalente al valor de
la última remuneración total promedio mensual multiplicada por
dos y por el número de años de servicio en el sector público,
hasta un máximo de 400 salarios mÃnimos vitales generales
vigentes a la fecha de la separación, sin lÃmite.
En cambio, en el texto enviado por Ejecutivo la compensación era
el equivalente al valor de la última remuneración mensual,
multiplicado por dos y por el número de años de servicio en el
sector público hasta un máximo de 20 millones de sucres.
En el texto aprobado se garantiza la estabilidad de los
trabajadores mientras que en el otro no existÃa una disposición
expresa sobre el tema. Además se obliga a que se respeten los
contratos colectivos existentes.
Prohibiciones
El texto aprobado el jueves tiene prohibiciones precisas que
determinan quiénes no pueden participar en los procesos de
privatización. Establece que "no podrán participar ni directa ni
indirectamente en los procesos quienes intervengan como expertos
o peritos, ni los funcionarios públicos, ni los representantes de
elección popular, ni sus cónyuges, ni sus parientes dentro del
cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, ni las
compañÃas o empresas en las que cualquiera de ellos tenga
interés". En cambio, el proyecto del Ejecutivo no establecÃa
estas prohibiciones.
Valoración de los bienes del Estado
Si bien los dos textos coinciden de alguna manera en el proceso
de valoración, la Ley aprobada por el Congreso establece
responsabilidades para los funcionarios del CONAM en el caso de
que exista alguna subvaloración de los bienes del Estado.
El texto del Ejecutivo solo hablaba de expertos nacionales para
los procesos de valoración, mientras que la Ley aprobada incluye
la posibilidad de expertos internacionales.
Destino de los recursos
La diferencia fundamental en lo que tiene relación al destino de
los recursos obtenidos de la venta de los activos fijos del
Estado radica en que la Ley aprobada prohibe de forma expresa que
esos recursos se destinen al pago de la deuda externa, mientras
que el texto del Ejecutivo abrÃa la puerta para dicho pago. Se
establece que los recursos solo podrán destinarse a proyectos de
desarrollo social, a fin de fortalecer la educación y la salud
pública, asà como otros programas similares.
En lo que tiene que ver con la forma de pago, el texto del
Ejecutivo no hablaba sobre el tema, mientras que el aprobado por
el Plenario establece de manera precisa las formas en que debe
pagarse al Estado por sus bienes privatizados y, en especial,
establece que ante varias ofertas se preferirá aquella que
ofrezca el mayor valor presente.
Sectores empresariales consultados por HOY consideraron que la
Ley de Modernización que finalmente aprobó el Congreso la noche
del jueves contiene muchas limitaciones al proceso de
privatizaciones en que se halla empeñado el Gobierno con el apoyo
del sector privado.
La limitación más importante es acaso aquella que tiene que ver
con los sectores estratégicos de la economÃa (hidrocarburos,
electricidad y telecomunicaciones, especialmente). El proyecto
original del Gobierno establecÃa que qcon solo la aprobación de
esta Ley de Modernización quedarÃa allanado el camino para
priovatizar esas área. si embargo el Congreso modificó la ley al
establecer que patra hacerlo en esos casos se necesitará cada vez
de una ley especÃfica.
Las reformas introducidas por el Congreso se refieren, además, a
las facultades del presidente de la República en materia de
privatización, a las atribuciones y conformación del Consejo
naciona de Modernización (CONAM), a las compensaciones a que
tendrán derecho los trabajadores voluntariamente separados de las
empresas privatizadas, a las prohibiciones de participar en al
compra de bienes públicos a determinadas personas emparentadas
con funcionarios públicos, a la manera de valoración de los
bienes del Estado, y al destino de los recursos obtenidos con la
venta de esos bienes, entre otros cambios.
El secretario general de la Administración José Vicente
Maldonado, reaccionó con cautela frente al tema. Dijo desconocer
-hasta ayer en horas de la mañana en que fue entrevistado- los
alcances precisos de la nueva ley, pero advirtió la posibilidad
de un veto presidencial "si hay demasiados cambios con respecto
al proyecto original".
La Ley de Modernización finalmente aprobada por el Congreso en la
noche del jueves pasado, establece claramente que no podrán ser
privatizadas las empresas estatales consideradas por la
Constitución como estratégicas, como las de los sectores
petrolero, de las comunicaciones y la electrificación.
Si hubiera esa intención, el cuerpo legal dispone que para ello
deberá expedirse una ley especÃfica, lo cual le dará la
oportunidad al Congreso para debatir, hacer consultas, etc.,
hasta que no queden dudas. La Ley de Modernización pasará
enseguida a consideración del presidente Sixto Durán Ballén para
su sanción o veto. (5A)
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Publicado el 23/Octubre/1993 | 00:00