Quito. 21 may 2000. Los ecuatorianos se aprestan a asistir hoy a
las urnas para elegir 22 prefectos, 215 alcaldes, 89 consejeros
provinciales, 880 concejales municipales y 3 945 miembros para 789
juntas parroquiales.

Diario HOY presenta una práctica guía para que los electores sepan
cómo sufragar, los requisitos que deben cumplir y las
prohibiciones establecidas por la Ley de Elecciones.

Según el Tribunal Supremo Electoral, todo está listo para los
comicios, que contarán con la participación de veinticinco
observadores internacionales, principalmente de la Organización de
Estados Americanos (OEA).

La ceremonia inaugural, prevista para las 07:00, estará a cargo
del vicepresidente Pedro Pinto, en representación del presidente
Gustavo Noboa, quien se encuentra en la ciudad de Guayaquil. (MUP)

¿COMO IDENTIFICAR LAS PAPELETAS?

Durante el proceso electoral que se desarrollará desde las 07:00
hasta las 17:00 de hoy, los ecuatorianos se aprestan a elegir 215
alcaldes, 22 prefectos, 89 consejeros provinciales, 880 concejales
municipales, 3 945 miembros para 789 juntas parroquiales.

La elección de juntas parroquiales se realizará por primera
ocasión en el país, de acuerdo con lo que establece la nueva
Constitución Política del Estado, y se efectuará únicamente en las
zonas rurales, en donde los ciudadanos recibirán cinco papeletas,
mientras que en las ciudadades recibirán solamente cuatro.

Para cada una de estas dignidades habrá un color distinto de
papeleta: para la elección de prefectos, la papeleta será de color
verde, para alcaldes celeste, para consejeros gris, para
concejales amarilla, y para las juntas parroquiales rosadas.

En la parte superior central de cada una de las papeletas consta
"Tribunal Supremo Electora", el nombre de la provincia y la
dignidad por elegir. En la parte superior izquierda está el escudo
de armas del Ecuador y bajo este "elecciones 21 de mayo".

En las cinco papeletas se encuentran los nombres de los partidos
políticos o movimientos independientes, los símbolos y los números
que los identifican.

Deben además constar las fotos de los candidatos con sus nombres y
apellidos, lo cual facilitará su identificación. (MUP)

¿QUIENES PUEDEN SUFRAGAR?

El derecho al sufragio podrá ser ejercido por todos los
ecuatorianos mayores de 18 años que consten en los padrones
electorales y que estén en goce de los derechos de ciudadanía.

El único requisito válido para sufragar durante los comicios de
hoy es la cédula de identidad. Luego de emitir el voto el
ciudadano deberá reclamar el certificado de votación, documento
que posteriormente servirá para realizar una serie de trámites
públicos.

Existen tres alternativas para que el ciudadano emita su voto:
votación en plancha, es decir elegir a todos los candidatos de una
de las listas; la votación de listas abiertas, que permite elegir
de una lista o a distintos candidatos de diferenes listas, pero
siempre y cuando no se exceda el número de dignidades requeridas
en cada cantón, provincia o junta parroquial. Este es el caso de
la elección pluripersonal de consejeros provinciales, concejales
municipales y juntas parroquiales, se puede marcar en los
casilleros de cada candidato de una sola lista o entre listas,
pero solo por el número correspondiente, por ejemplo, en el caso
de la ciudad de Quito se deberán elegir ocho concejales
municipales, por lo cual se deberán marcar ocho casilleros, en
caso contrario se anulará el voto, pero si raya menos casilleros,
únicamente se contabilizarán las existentes.

En el caso de las candidaturas para alcaldes y prefectos, los
ciudadanos deberán hacer una sola raya en el casillero
correspondiente al candidato de su preferencia. (MUP)

¿QUE ESTA PROHIBIDO?

Desde el mediodía del viernes está en vigencia la Ley seca, que
prohibe el expendio y el consumo de bebidas alcohólicas, medida
que regirá hasta las 12:00 del lunes 22 de mayo.

Estê prohibido hacer propaganda política dentro y fuera de los
recintos electorales, y los integrantes de las juntas receptoras
del voto tienen la obligación de impedirlo por medio de la Fuerza
Pública.

Según la Ley de Elecciones, quienes infrinjan la Ley seca serán
sancionados con prisión de dos a quince días y una multa de 500 a
2 000 sucres, y el control se encuentra a cargan las Intendencias
de Policía de cada jurisdicción, para lo cual se han dispuesto una
serie de operativos especiales.

El control del proceso electoral estará a cargo de la Policía y de
las Fuerzas Armadas, cuyos integrantes obedecerán las órdenes del
presidente o vocales del Tribunal Supremo Electoral, el presidente
o vocales de los tribunales provinciales, el coordinador o vocales
de las juntas receptoras del voto.

Los miembros de la Fuerza Pública (FFAA y Policía) participaron
también durante el proceso de traslado del material electoral que
será utilizado hoy y se encargarán del transporte de una de las
cuatro actas que contendrán la información sobre los resultados
preliminares, los cuales serán difundidos a partir de las 20:00
por parte del Tribunal Supremo Electoral. MUP)

FUNCIONES DE LAS JUNTAS RECEPTORAS

Las juntas receptoras del voto estarán integradas por seis vocales
principales y un secretario designados por los tribunales
provinciales electorales de entre ciudadanos de instituciones
públicas y la mayoría de las universidades y colegios que hayan
cumplido 18 años.

En la provincia de Pichincha laborarán alrededor de veinte mil
estudiantes universitarios en las juntas receptoras del voto,
organismos que deberán instalarse a las 07:00 si no estuvieren
presentes los miembros principales, actuarán los suplentes y en
los casos en que no se encontraren los suplentes serán designados
de entre los electores de la jurisdicción y su labor concluirá una
vez que se haya realizado el escrutinio correspondiente.

Las sanciones para quienes no asistieren a las juntas receptoras
del voto habiendo sido nombrados, es de dos salarios mínimos
vitales (doscientos mil sucres). También existen sanciones para
las personas que no acudan a votar, de acuerdo con las
disposiciones del Tribunal Supremo Electoral.

Las juntas receptoras del voto podrán calificar los votos nulos,
blancos y válidos. Son considerados como votos nulos aquellos en
los que los lectores hubiesen señalado en el casillero superior de
una lista y a la vez marcado en casilleros de otras listas, en los
casos de elección de alcaldes y prefectos, mientras que para las
otras dignidades está vigente el sistema de listas o entre
listas.(MUP)(DIARIO HOY)
EXPLORED
en Ciudad Quito

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