Quito. 26. 04. 90. El Proyecto de reforma a la ley del mercado de
valores dado a conocer ayer por el ministro de Finanzas, obliga a
los empleadores cubrir el fondo de reserva a partir de la
iniciación de las relaciones laborales y no desde el segundo año
como lo dispone la legislación vigente.
Un comunicado oficial asegura que el gobierno velará porque los
fondos de los trabajadores estén garantizados en el sistema
finaciero. Por esta razón, las secciones de los administradores
de fondos de reserva y capitalización que vayan a crear los
bancos privados nacionales, compañÃas financieras privadas, de
mandato e intermediación financiera y mutualistas, deberán tener
un capital mÃnimo pagado de 60 millones de sucres y mantener
permanentemente un capital en proporción no menor al 10% de los
fondos que administra.
En lo referente al fondo de pensión jubilar, las empresas e
instituciones públicas que tengan estos fondos, deberán
invertirlos en papeles fiduiciarios y no como actualmente sucede
en algunas empresas que registran en sus activos movimientos
económicos no existentes en perjuicio de los trabajadores al
momento del retiro. (A-10)