Quito. 18.06.93. El partido Social Cristiano, junto a diputados
del Gobierno, impuso su mayoría al interior del Plenario
legislativo para aprobar una polémica moción que allanaría el
camino para la aprobación posterior de la Ley de Modernización en
los términos que ese partido y el Gobierno lo desean.

La moción socialcristiana estableció que el informe que remitiera
la Comisión de lo Económico sobre esta materia -que introducía
una serie de artículos nuevos, que no fueron discutidos en el
primer debate- pueda ser aprobado en segundo y definitivo debate
por mayoría simple, en lugar de la mayoría de dos tercios que
establece la Constitución.

La aprobación final del proyecto de Ley de Modernización del
Estado sufrió, por causa de esta moción, un nuevo tropiezo la
noche del miércoles cuando un grupo de diputados cuestionó
duramente la decisión de la mayoría de aprobar el articulado
mediante mayoría simple. La polémica se encendió a propósito del
artículo 68 de la Constitución que establece que toda ley debe
ser aprobada en dos debates y si en el transcurso del segundo se
introducen modificaciones debe aprobarse con la votación
favorable de las dos terceras partes.

Diputados como Antonio Rodríguez, Fernando Larrea, Xavier Ledesma
y Diego Delgado, argumentan que el proyecto que está en discusión
contiene artículos que nunca fueron objeto de una discusión y que
por lo tanto requieren para su aprobación de los votos favorables
de las dos terceras partes del Plenario.

Sin embargo, en medio de la discusión el bloque socialcristiano,
por intermedio de su jefe Heinz Moeller, presentó una moción que
fue aprobada, según la cual el informe que está en discusión
puede ser aprobado por simple mayoría.

Esta moción, a juicio de varios sectores, constituye una
violación constitucional. Incluso, diputados como Antonio
Rodríguez y Diego Delgado anunciaron que impugnarán el
procedimiento ante el Tribunal de Garantías Constitucionales.

Varios observadores han calificado este hecho como un nuevo
tropiezo en los intentos privatizadores puesto que de impugnarse
este cuerpo legal, varios sectores sociales que se oponen a la
iniciativa tendrán un nuevo motivo o justificativo legal para
luchar en contra del mismo.

"El PSC está atropellando procedimientos", dijo Antonio Rodríguez
(ID) quien aseguró que todo planteamiento novedoso en un cuerpo
legal debe ser aprobado con la votación favorable de las dos
terceras partes y no de la simple mayoría como establece la
moción de los socialcristianos. Rodríguez dijo que existen dos
formas de impugnar la inconstitucionalidad en una Ley: una,
cuando un cuerpo jurídico contiene normas anticonstitucionales,
se impugnan aquellas disposiciones contrarias a la Constitución;
y otra, cuando hay inconstitucionalidad en el trámite, se impugna
la totalidad de dicho cuerpo legal.

El independiente Fernando Larrea dijo que, si bien es partidario
de las privatizaciones y de la conversión de deuda por capital,
se opone a que la Ley de Reforma del Estado sea aprobada sin la
transparencia de la que habla la modernización. "No se puede
permitir que una mayoría fracture la Ley", dijo Larrea, quien
aseguró que esta reforma al Estado debe ser aprobada sin ninguna
sombra ni duda para que tenga plena legitimidad.

Sin embargo, los socialcristianos desestimaron la posición
asumida por estos diputados contrarios a la forma de aprobar el
proyecto de Ley. Heinz Moeller que "no pasará nada" con el
futuro de la Ley y se lamentó que la discusión se centre en
aspectos meramente formales y no de fondo. Dijo además que el
artículo 68 se lo puede leer "de cuatro maneras" y que no se
oponen a que durante el tratamiento del informe se verifique si
hubo o no observaciones a los artículos. Eso sí, dijo, en el
caso de que se establezca que un artículo es nuevo, no permitirán
que por ello se pretenda que se lo apruebe con las dos terceras
partes de los votos.

A título de vicepresidente de la Democracia Popular, el asesor de
la Presidencia del Congreso, Absalón Rocha, dijo que lo que hizo
el Plenario es un renunciamiento a lo establecido en el artículo
68 de la Constitución, lo que es a toda luces incorrecto puesto
que el Plenario de las Comisiones es un órgano constituido y no
constituyente, por lo que no puede alterar las normas
constitucionales. (5A)

EXPLORED
en Ciudad N/D

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