Quito. 06.10.92. - El señor Ministro Fiscal encargado, en
relación al proceso de los hermanos Restrepo, respecto del
cual el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia
solicitó su dictamen, al establecer los grados de supuesta
responsabilidad de los sindicados en el proceso, no menciona
mi nombre ni me imputa ningún grado de supuesta
responsabilidad. Al no haberla encontrado, prácticamente, se
inhibe de acusarme, aunque expresamente no lo diga. En
definitiva, no concreta el dictamen cuál es el nexo causal
entre el delito que se pesquisa y mi persona.
- Sin embargo, en el aparte que hace al referirme a mÃ, se
sale por la tangente, solicitando al Señor Presidente de la
Corte Suprema de Justicia mi enjuiciamiento penal -al margen
del proceso de los hermanos Restrepo o, como dicen los
abogados "por cuerda separada"-, por supuestamente haber
tolerado y no haber impedido la tortura como método de
investigación en las dependencias del ex-SIC de Pichincha,
respaldando tal imputación en los anexos que sirvieron de
fundamento para que el Congreso Nacional me censurara a fines
de septiembre de 1987, e intentando relacionar aquello con la
afirmación hecha por la Comisión Internacional que investigó
el caso Restrepo, varios años después, cuando dice: "...en
aquella época el Ecuador vivÃa un clima de tensión social e
intranquilidad ciudadana, como consecuencia de la represión a
la subversión, en la que se habÃan cometido excesos..."
- JurÃdicamente no se posible aceptar que de manera tan vaga,
general, inocua, que no concreta nada, esto es sin
sometimiento alguno a lo que exige el Código de Procedimiento
Penal, se solicite el enjuiciamiento de ciudadano alguno. Las
personas versadas en Derecho admitirán que lo que digo es
verdad. Considero, en términos generales, que el señor
Ministro Fiscal encargado, se precipitó forzado por las
circunstancias y por presiones de todo orden, inclusive
polÃticas; por un lado, el señor Presidente de la Corte
Suprema lo multa el 1§ de este mes de octubre, por no haber
presentado oportunamente su dictamen; por otro el 30 de
septiembre último, aparece en la prensa pronunciamientos de
algunos señores Legisladores, diciendo que "en caso de que se
abstenga de acusar a los principales sindicados, serÃa llamado
a juicio polÃtico". El dÃa 2 del actual se pronuncia con la
pieza que comento.
- El pronunciamiento del señor Ministro Fiscal, que es parte
del proceso, no tiene otro significado que el de una opinión.
Para efectos jurÃdicos tiene el mismo valor que cualquiera
otra de las partes del proceso. Solo el Juez de la causa puede
determinar que valor le confiere a dicha opinión; es decir, no
obliga en modo alguno al Juez, cuando -como en este caso- con
tanta mayor razón no aporta o presenta prueba legal alguna.
Por repetidas ocasiones he proclamado que yo no tengo nada que
ver u ocultar en este lamentable asunto. Celebro que el señor
Ministro Fiscal encargado coincida totalmente conmigo al no
considerarme sujeto de responsabilidad penal y tácitamente
excluirme del proceso de los hermanos Restrepo.
- En lo que no estoy de acuerdo es el supuesto enjuiciamiento
que solicita con relación a que yo he tolerado la práctica de
la tortura. Definitivamente rechazo tal pretensión del Fiscal
General encargado, por cuanto enjuiciar a un Ministro de
Gobierno acusándolo de haber tolerado la práctica de acciones
violatorias de los derechos humanos -cosa que en mi caso es
absolutamente inaplicable-, es confundir acciones legÃtimas de
represión al terrorismo y a la subversión. Si fuera este el
caso, obligarÃa a que toda persona que ocupe ese cargo,
mantenga una total indiferencia frente a tales hechos,
cruzándose de brazos en actitud contemporizadora o que tenga
que pactar con los movimientos terroristas -lo cual ya ocurrió
recientemente- con resultados totalmente catastróficos para la
paz social de la República.
- Es censurable que por motivos exclusivamente polÃticos y
que, en todo caso están reñidos con el derecho procesal, el
dictamen fiscal enjuicie la gestión general de un ex-Ministro
de Gobierno, sin sircunscribirse a la intervención del
Secretario de Estado en el proceso sobre la desaparición de
los hermanos Restrepo. Ello comporta una clara violación de
normas de orden público, en perjuicio de mis derechos de ser
humano y de ciudadano.
- Hay algo más: la experiencia internacional -sobre todo en
paÃses vecinos del Ecuador- demuestra claramente que la
inacción o la acción ineficaz del Estado frente a grupos
terroristas ha estimulado su desarrollo, permitiéndoles
convertirse en movimientos devastadores y genocidas como
"Sendero Luminoso" o las guerrillas que asolan a Colombia y
que, en sus inicios fueron ciertamente expresiones de
patologÃa social. A propósito, me permito recordar que
actualmente operan en el paÃs, según informaciones de prensa,
algunos grupos terroristas y subversivos, que inclusive han
reivindicado sus acciones de atentados dinamiteros, como son
los grupos "Sol Rojo", "Ecuador Libre", una fracción de
"Alfaro Vive, Carajo", y, lo que es más grave, la misma prensa
da a conocer por informaciones provenientes del Perú, que
"Sendero Luminoso", el más sanguinario e inhumano es este tipo
de movimientos, tiene un grupo fraterno en el Ecuador.
Creo yo que un Gobierno, en general, y un Ministro de la
PolÃtica, en particular, deben actuar con toda energÃa y
decisión para frenar estas acciones delictivas y terroristas,
sin que sea posible por diversas circunstancias que no
dependen del Ministro, controlar ciertos excesos en las
acciones policiales que, como consecuencia de los
enfrentamientos provocados por el terrorismo y la subversión,
puedan ocurrir.
No obstante, reitero mi convencimiento de que asunto tan
delicado como son los Derechos Humanos, deben mirarse siempre
desde sus dos ángulos: no solo se deben defender los derechos
de los terroristas sino también y fundamentalmente de la
colectividad social agredida y de las vÃctimas que sucumben
por sus acciones delictivas.
Por todo lo anterior, es condenable que instancias judiciales
tan importantes para salvaguardar el orden y la paz social,
como es el Ministerio Fiscal, sean vÃctimas de la debilidad de
caer en el peligroso juego de acusar, por motivos
eminentemente polÃticos que ofenden al ordenamiento jurÃdico
del paÃs, a quienes como yo tuvimos la obligación de defender
y proteger la paz ciudadana. (FUENTES: OTROS, PP. 1-3)
en
Explored
Ciudad N/D
Publicado el 06/Octubre/1992 | 00:00