Quito. 20.05.93. ORGANISMO EJECUTOR

CONAM, integrado por representantes de: Pdte. de la República,
Secretario del CONADE, Director de SENDA, ministro de Finanzas,
Superintendente de Compañías, y dos delegados de los sectores
productivos de la costa, sierra y el oriente.

CONAM, integrado por representantes de: Pdte. República,
Congreso, CONADE, trabajadores y servidores públicos, cámaras de
la producción, Corte Suprema de Justicia, Iglesia Católica.

CONAM, integrado por representantes de: Pdte. de la República,
SENDA, CONADE, ministro de Finanzas, Superintendente de
Compañías, Cámaras de la Producción, Trabajadores y servidores
públicos y Congreso Nacional.

INSTRUMENTOS PARA LA PRIVATIZACION

Aporte total o parcial al capital de sociedades por acciones,
arrendamiento mercantil, concesión o delegación,venta o
adjudicación, transformación, fusión, escisión y liquidación de
empresas estatales y mixtas, cualquier otra modalidad

Las señaladas en el proyecto del Ejecutivo con una variante: las
empresa públicas primero deben convertirse en sociedades anónimas
antes de venderse al sector privado.

Las señaladas en el proyecto del Ejecutivo.

DE LAS CONCESIONES AL SECTOR PRIVADO

En términos generales, todos los sectores de la economía pueden
ser objeto de esta modalidad. Opcional para obras públicas y
explotación de recursos naturales no sujetos a leyes especiales.
Sujetas a exclusividad regulada y limitadas en el tiempo.

Limitadas en el tiempo, y solo pra obras y servicios públicos. El
Estado se reserva regular las concesiones.

Para prestación de servicios y obras públicas y explotación de
recursos natuales no sujetos a leyes especiales.

CONTROLES Y PROHIBICIONES

La forma de valoración referencial de las empresas a privatizarse
se establecerá en el reglamento que expedirá el Presidente de la
República. El proceso será vigilado por la Contraloría.
Prohibe los monopolios y la creación de nuevas empresas públicas,
salvo decisión presidencial en casos especiales.

Estipula normas para valoración de las empresas: utilizar
sistemas financieros de aceptación general, tomar en cuenta el
valor contable, corrección monetaria, valor presente neto, flujos
de caja futuros, potencialidad de la empresa sobre la base de la
demanda actual y futura, estructura tarifaria. El CONAM debe
conocer esos informes y dictaminar en 15 días de plazo máximo.
Miembros del CONAM serán responsables por perjucios al interés
nacional. Los involucrados en las privatizaciones, incluido el
Pdte. de la República deben rendir declaración juramentada de que
no tienen interés directo o indirecto en las privatizaciones.
Prohibe al Estado: conceder las siguientes ventajas a los
adquirentes de empresas privatizadas:fianzas y avales, créditos
preferenciales, rentabilidad mínima, compensación de créditos
para pagar la compra de empresas, exoneraciones o franquicias
tributarias posteriores a la adquisición, conversión de deuda en
capital, garantizar la recuperación de cartera de las empresas
públicas.

Informes de expertos sobre la valoración de las empresas, sobre
los cuales dictaminará el CONAM. Responsabilidad penal, personal
y pecunaria de los miembros del CONAM por acciones dolosas o
culposas. Supervisión de la Contraloría. Declaración juramentada
de todos los participantes en el proceso de que no tienen
intereses directos o indirectos en las privatizaciones.
Prohibiciones iguales a las de la comisión parlamentaria. No se
dice nada sobre rentabilidad mínima, compensación de créditos y
conversión de deuda en capital.

PROCEDIMIENTOS PARA PRIVATIZAR

Ofertas por invitación pública, oferta de acciones en la bolsa de
valores, suscripción y remate públicos, cualquier otros
procedimiento determinado por el Presidente de la República.

Igual al proyecto del Ejecutivo.

CONTROVERSIAS

Juicio verbal sumario ante las cortes superiores del país. En
asuntos comerciales podrá recurrirse al arbitraje nacional e
internacional.

Ninguna controversia se someterá a jurisdicción extraña al país.

Estipulaciones iguales a las del proyecto del Ejecutivo.

PAGO DE LAS PRIVATIZACIONES Y DESTINO DE LOS RECURSOS

Para gastos de capital y de inversión, incluidos proyectos de
desarrollo social.

Al contado o máximo a 36 meses de plazo. Se crea el Fondo
Nacional de Inversión Social para atender las necesidades básicas
de los sectores marginales.

Pago a plazos indeterminados. Exoneración de tributos para los
trámites de privatización. Recursos utilizables en proyectos de
desarrollo social y prohibidos para pago de la deuda externa.

DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

Compensación voluntaria hasta por 20 millones de sucres para los
trabajadores que deseen retirarse. Abierto al traspaso de
empresas a los servidores públicos, en condiciones especiales de
precio y pago. Prohibe el retorno a trabajar en el sector público
a quienes se acojan a la compensación voluntaria.

Compensación voluntaria de hasta 500 salarios mínimos vitales.
Respeto a los contratos de trabajo. Prohibido el despido y
desahucio hasta un año después de la transferencia de las
empresas privatizadas, bajo el riesgo de pago de indeminización
igual al doble de las previstas en el Código del Trabajo. Respeto
a las organizaciones gremiales de las empresas. Reubicación del
personal afectado por la reestructuración pública. Crea un banco
de proyectos para que los cesantes. Condiciones especiales de
precios y pago para transferencia de empresas a los trabajadores.

Compensación de hasta 350 salarios mínimos vitales por separación
de servidores y trabajadores del sector público. Condiciones
especiales de precio y pago para el caso de empresas que deseen
comprar los trabajadores.
EXPLORED
en Ciudad N/D

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