Quito. 10.04.95. El aumento de la jornada laboral propuesto por
el gobierno nacional fue debatido por representantes de las
cámaras de la producción, los trabajadores y el gobierno durante
el foro denominado "La jornada laboral en el Ecuador" que se
llevó a cabo el pasado jueves 6 de abril organizado por el ILDIS.
En el evento participaron Hugo Salvador, director administrativo
del Ministerio de Trabajo, los representantes, de la Camara de
Comercio de Guayaquil, Roberto Illingwort, la Cámara de
industriales de Pichincha, Marcelo Merlo, el Frente Unitario de
los Trabajadores, Humberto Luzardo, y el doctor Luis Bilbao, ex
director nacional de empleo, consultor e investigador de temas
relacionados con ocupación y empleo.

El doctor Salvador explicó el contenido de la propuesta e hizo un
recuento crítico de las reacciones que ha suscitado en diferentes
sectores empresariales y laborales.

Salvador citó a tratadistas que sostienen que una de las causas
que originaron la crisis de inflación en el país fueron la
reducción de la jornada laboral a 40 horas semanales y la
duplicación del salario mínimo vital de 2 mil a 4 mil sucres,
producidas a finales de 1979.

Enfatizó que, para afrontar los daños ocasionados por la agresión
del Perú y adicionar un factor de crecimiento económico, se
necesita más trabajo que conduzca al incremento de los salarios,
la producción y la productividad. Por otro lado señaló que "no es
verdad que en la jornada laboral sea una conquista
irrenunciable", como la proclaman los trabajadores. En la
práctica en muchos casos se está laborando más de las 8 horas de
trabajo diarias establecidas legalmente, afirmó.

Además recalcó la necesidad de mayor trabajo, producción,
eficiencia y calidad para afrontar el desafío de la eliminación
de barreras arancelarias y el arribo al tercer milenio. "Y para
lograrlo debemos superar cualquier diferencia y concertar
socialmente, frente a los grandes objetivos nacionales", apuntó.
Por su parte, la Cámara de Comercio de Guayaquil no está de
acuerdo con el aumento de la jornada laboral y considera que el
aumento de la productividad, rendimiento y eficacia en la
producción, son producto de la capacitación de la mano de obra
mas no del aumento de horas de trabajo, según el doctor Roberto
Illingworth. Además puntualizó que, ante el requerimiento de
ampliación de la jornada, ésta debe ser producto de un consenso y
no de una situación inequitativa para el trabajador.

"La actual situación en que es concertada cualquier hora extra o
suplementaria entre trabajadores y empresarios debe mantenerse,
señaló. De lo contrario, se agregaría un elemento de conflicto a
la relación laboral que se vive en nuestro país".

Illingworth rechazó una pretendida extensión de la jornada
exclusivamente para el sector privado y el incremento del gasto
fiscal que significaría el pago del aumento de la jornada laboral
en el sector público. Según sus estimaciones, el monto ascendería
a 500 mil millones de sucres, por el aumento de la jornada
semanal de 40 a 44 horas, y tendría que ser financiado a través
de impuestos.

La reducción de la jornada laboral es una conquista por la que
siempre lucharon los trabajadores y el pueblo y siempre se
opusieron los empresarios, señaló el representante del FUT.

Anotó que se ha demostrado que el agotamiento reduce la
productividad y un aumento de la jornada laboral agudizaría los
problemas familiares y afectaría la salud del trabajador. "La
jornada excesiva puede mejorar temporalmente la producción pero,
a la larga, produce resultados catastróficos en la salud de la
población trabajadora", subrayó Humberto Luzardo.

Propuso la modernización de las empresas como opción para lograr
la elevación de la productividad, y la aplicación de la Ley de
Trabajo Compartido para fomentar el aumento de puestos de
trabajo, al menos por horas. "Esa Ley que se creó sobre la
promesa de que produciría 60.000 empleos no se ha aprovechado",
precisó.

Recordó que la asamblea de la Organización Internacional del
Trabajo estableció en 1945 las 40 horas como tiempo máximo de
duración de la jornada laboral y este precepto se aplicó en el
Ecuador recién en 1980. Además cuestionó que, en su criterio,
se use el conflicto bélico para reivindicar a algunos sectores de
la producción y se pretenda eliminar el derecho de concertar el
trabajo en tiempo adicional.

Para el representante de la Cámara de Industriales de Pichincha,
incluso en un escenario del futuro de la economía ecuatoriana con
un crecimiento anual de un promedio del 5%, se llegaría a un
ingreso percápita de 1668 dólares similar, pero con menor poder
adquisitivo, al que se llegó en 1981.

Merlo sostuvo que debe haber una "revolución mental" para llegar
al crecimiento en tasas del 6 al 8% anual, sin dejar de tomar en
consideración que tanto el incremento de las importaciones como
el nivel de la exportaciones son relativamente inflexibles.

Puso mucho énfasis en señalar que la reducción de la jornada
laboral no significó una disminución de las horas de trabajo sino
un incremento del ingreso por parte de los trabajadores que. El
ingreso por horas extraordinarias sustituyó al pago por horas
ordinarias.

Es importante destacar que el doctor Luis Bilbao en su
intervención introductoria, puntualizó algunos datos que
contribuyeron a orientar el debate en torno a los factores que
relacionan la duración de la jornada laboral con los problemas
del empleo, el ingreso del trabajador y la productividad.

Además Bilbao mantuvo que los proyectos de ley para incrementar
la jornada regular de trabajo "deben analizarse en su relación y
en sus efectos con variados factores correspondientes a la
política general y a las medidas de política económica y de
empleo".

Por otro lado, señaló como aspecto positivo del incremento de
horas laborables regulares el aumento del ingreso de trabajadores
que, por diversas limitaciones, no pueden utilizar algo más de su
tiempo en otras actividades remuneradas.

Y finalmente subrayó que es de fundamental importancia aumentar
los esfuerzos en el tratamiento del proyecto de unificación
salarial para que trabajadores, empleadores y el gobierno actual
busquen la concertación mediante el diálogo constructivo y
permanente.

EFECTOS DEL AUMENTO DE LA JORNADA LABORAL

- El planteamiento de aumento de la jornada laboral del gobierno
consiste en que, dentro de las 12 horas de lunes a viernes y las
jornadas de fin de semana suplementarias contempladas en el
Código del Trabajo, el empleador pueda disponer que se labore 8
horas adicionales con el pago de los recargos fijados en ese
instrumento jurídico.

- El Código del Trabajo actualmente establece el pago del 50% de
recargo por hora suplementaria de trabajo hasta las doce de la
noche y de 100% de recargo sobre las horas trabajadas entre las
doce de la noche y las seis de la mañana, los sábados y domingos,
calculados sobre el salario mínimo.

- El efecto de incrementar 5 horas en la jornada laboral de
trabajo, una hora diaria por día laborable ordinario, representa
un incremento equivalente al 12,5% del número de horas ordinarias
de labor establecidas actualmente en el Código de Trabajo, según
el investigador Luis Bilbao, ex director de empleo e
investigador.

- Debido a la reducción de la productividad marginal, es decir la
productividad durante la hora adicional de trabajo, el incremento
real de la productividad por la novena hora de trabajo diario
sería inferior al 80% de la productividad promedio por cada hora
de trabajo de la jornada diaria normal.

-Si bien en la industria se puede controlar que la producción
aumente por cada hora adicional de trabajo obrero, no sucede lo
mismo en las actividades comerciales

- Debido a la reducción de la demanda global que se mantiene como
una tendencia que permanecerá hasta el término de la década, la
demanda efectiva mantendrá sus actuales restricciones y el
incremento de la jornada laboral regular se aplicaría en la
práctica únicamente por parte de las empresas menos afectadas por
esta situación

-El incremento en el ingreso por hora suplementaria de un
trabajador con salario mínimo vital de 120.000 sucres mensuales
por 40 horas semanales, sería de 1.000 sucres, o 22.000 sucres
mensuales por las 22 horas suplementarias

- El indicado incremento representa el 18,3% del salario mínimo y
alrededor del 8% del ingreso mensual total del trabajador del
ejemplo, según Bilbao. (9A)
EXPLORED
en Ciudad N/D

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