Quito. 07. 05. 90. (Opinión) Los episodios protagonizados por
los empleados del Banco Nacional de Fomento ponen en evidencia la
tragedia institucional y jurÃdica que ha constituido para el paÃs
la sindicalización del sector público, y las consecuencias de la
demagogia y el cálculo polÃtico aplicados al tema laboral.
El Art. 125 de la Constitución PolÃtica amplió súbitamente y en
forma antitécnica el sector laboral público. La norma
constitucional, de pobre redacción y grandes equÃvocos
conceptuales, logró sin embargo el propósito polÃtico oculto en
su texto: sindicalizar y politizar a la burocracia y convertirla
en un poder paralelo al del Estado. A causa de esta innovación,
varios grupos de empleados, tradicionalmente sujetos a la Ley de
Servicio Civil y Carrera Administrativa, pasaron a depender de un
régimen laboral inflexible y anticuado, diseñado en 1938
fundamentalmente para el sector industrial privado.
La ciudadanÃa hoy sufre las agresiones causadas por los
conflictos colectivos. La clase polÃtica permitió que el
sindicalismo estatal se transforme en factor de disolución del
Estado, como expresó alguna vez el actual Presidente de la
República.
La legislación reconoce el derecho a la "huelga solidaria" para
apoyar las "huelgas lÃcitas" en otras empresas.
El propio Estado, a través de personajes y dirigentes que siguen
en escena, ha ido diseñando en forma sorprendente un sistema casi
perfecto de harakiri institucional, que ha puesto al sector
público en situación de quiebra y que ha eliminado todos los
mecanismos de defensa que tenÃa la comunidad frente a los excesos
del sindicalismo público, cuya historia es, ciertamente, la
historia del absurdo. (A-5)