Guayaquil. 23 ene 96. El subsecretario del Ministerio de
Relaciones Exteriores, Patricio Izurieta, informó que desde el
domingo anterior el Ecuador constituye un miembro oficial de
la Organización Mundial de Comercio, OMC.

Ecuador deberá, según Izurieta, aprovechar sus ventajas
comparativas, modernizar la legislación del comercio exterior
e incrementar la competitividad de sus productos.
El subsecretario cree que la participación del Ecuador en la
OMC permitirá que el país exija sus derechos en el intercambio
comercial y rechace todas aquellas prácticas ilegales de
comercio.

Este es un reto para el sector público y privado del Ecuador:
profesionalizar todos los aspectos relacionados con comercio
exterior, concluyó.

ECUADOR ES YA MIEMBRO DE OMC

Según notificación del Director General de la Organización
Mundial del Comercio, Renato Ruggiero, el Ecuador se convierte
-desde hoy domingo 21 de enero- en miembro de la OMC.

Ecuador es el primer nuevo miembro de la Organización e
ingresa con el número 115, mientras todavía hay 13 partes del
fenecido GATT que aún no ratifican su adhesión a la OMC.

INICIO DE NEGOCIACIONES

En septiembre de 1992 el gobierno nacional presentó la
solicitud de adhesión al GATT. En enero de 1993 el Consejo de
Representantes designó al Embajador Christer Manhusen de
Suecia para que presida el Grupo de Trabajo que debía negociar
la accesión de Ecuador, y se designó a Héctor Millán,
funcionario del GATT, como Secretario el Grupo. En abril de
1993, Ecuador presentó el memorandum sobre su Régimen de
Comercio Exterior y hasta fines de ese año varias partes
contratantes del GATT formularon más de 120 preguntas sobre
dicho régimen. El Grupo de Trabajo empezó su tarea en enero de
1994 y en abril se iniciaron las negociaciones bilaterales de
acceso al mercado con Estados Unidos, la UE, Japón, Canadá,
Suiza, Australia, Nueva Zelandia y los países nórdicos, que
son las partes contratantes del viejo GATT que usualmente las
realizan a nombre de todos en virtud de la cláusula de la
nación más favorecida.

El 1 de enero de 1995 entró en funcionamiento la Organización
Mundial del Comercio y se decidió que el GATT solo tendría
vigencia hasta el 31 de diciembre de ese año, en tal razón el
Grupo de Trabajo pasó a considerar la adhesión exclusivamente
para la OMC. Las negociaciones bilaterales concluyeron el 21
de mayo de 1995 con la suscripción del respectivo acuerdo con
la UE. El 17 de julio el Grupo de Trabajo finalizó sus
labores, el 31 de julio el Consejo General de la OMC en sesión
extraordinaria aprobó el Protocolo de Adhesión del Ecuador
mediante decisión que entró en vigencia el 16 de agosto. Este
Protocolo fue suscrito el 27 de septiembre ante el director
general de la OMC, y ratificado por el Congreso Nacional el
pasado 22 de diciembre.

Los que negociaron

El equipo negociador fue presidido por el subsecretario
económico de Cancillería, Patricio Izurieta, e integrado por
el Subsecretario de Comercio Exterior. Nelson Guim, por los
subsecretarios del MAG Gustavo Amador y Enrique Gómez; el
subgerente del Banco Central, Juan Falconí, el Subsecretario
de Finanzas, Manuel Navia, los directores de Asuntos del GATT
de Cancillería, Roberto Betancourt y Alfonso López, el
funcionario de Cancillería, Cristian Espinosa, los técnicos
del Micip Dumani Sánchez y Luis Oswaldo Días, y los técnicos
del MAG, Carlos Romero y Víctor Bucheli. Por el sector
privado participaron Joyce Higgins de Ginata y Harry Klein.
En Ginebra, nuestra delegación estaba encabezada por el
Embajador Alfredo Pinoargote e integrada por los funcionarios
Martha Parra, Germán Ortega y Alfredo Peñaherrera. (EL
UNIVERSO) (P-2)

PAIS SUPERO COMPLEJOS PROCESOS

Quito. 23 ene 96. Ha concluido una de las negociaciones más
complejas y difíciles en política económica internacional y
comercio exterior, pero también asumimos un reto trascendental
para el desarrollo del país, afirmó aquí el Embajador Patricio
Izurieta Mora Bowen, al comentar sobre el ingreso del Ecuador
a la Organización Mundial del Comercio, OMC.
Destacó que Ecuador entra a formar parte de un organismo que
norma, aproximadamente, el 92% del intercambio comercial
internacional.
El reto es inmenso, el país tendrá que modernizar el manejo de
su comercio exterior, aun cuando hemos dado pasos
fundamentales, añadió.

Nuevos mercados.

La participación en la OMC significa entrar a conocer nuevos
mercados, la posibilidad de que el Ecuador se convierta en
centro de inversiones que ayuden a utilizar mejor las ventajas
comparativas que tiene el país en el comercio internacional.
El foro de la OMC concede iguales deberes y derechos a los
países grandes y pequeños, ricos y pobres, para defender sus
intereses, destacó.

Izurieta Mora Bowen explicó que al ser el Ecuador parte de la
OMC, no tiene que implementar inmediatamente ningún cambio en
su política de comercio exterior, ya que se mantendrán sus
niveles arancelarios porque no se ha negociado ningún tipo de
reducción.

Creo que para que el país pueda ser un buen socio de la OMC
será importante que los sectores productivos y el sector
público profesionalicen funcionarios y personas, para que
conozcan la normatividad de la OMC y saquen provecho de lo que
conviene al país, en temas como dumping, derechos
`compensatorios, aplicación de salvaguardas y otros.

La mayor parte de los compromisos que el país asume tiene que
ver con seguridades puntuales de que el Ecuador no alterará
las normas de la OMC en el manejo de su comercio
internacional.

Pero hay algunos que deberán ajustarse para justificar la
compatibilidad del país con criterios de discriminación para
productos importados con los de producción nacional, por lo
cual hasta julio próximo se debe modificar la base de cálculo
de los impuestos a los consumos especiales y homologarlos con
la del impuesto al valor agregado.

El país también tendrá que levantar la prohibición de importar
artículos usados hasta julio de este año, pero, a cambio,
establecerá criterios y normas técnicas que el país, sobre
todo los sectores productivos, crea que son indispensables
para defender la producción nacional, fundamentalmente de los
sectores textilero y automotor.

Izurieta Mora Bowen destacó que la participación de un país en
la OMC jamás ha significado que tenga que abrir
indiscriminadamente su mercado y, obviamente el Ecuador, no lo
hará más allá de lo que ha hecho en los últimos años. Están
dadas las normas arancelarias para el ingreso de productos al
país, por lo que no deben temer los empresarios de que se vaya
a dañar la producción nacional.

Creo que el ingreso de productos usados es el que habrá que
controlarlo y manejarse de acuerdo a las normas de la OMC. En
ninguna parte se establece que un país, por más pequeño o
grande que sea, puede convertirse en basurero de productos
usados, todos los países tienen sus normas y el Ecuador debe
establecer las suyas, concluyó.

LOS COMPROMISOS ADQUIRIDOS

Los compromisos que el ecuador asume con su participación
plena en la OMC, son los siguientes:

1.- LLevar adelante su política económica con absoluta
observancia de las normas de la OMC. Su régimen de tipo de
cambio no debe perjudicar a las comerciantes del sector
privado ni comportar subvenciones implícitas. No aplicar
restricciones a los pagos y transferencias internacionales por
transacciones corrientes referentes a compromisos específicos.


2.- A que las importaciones exoneradas del pago de derechos
que efectúe el sector público no compita con los intercambios
comerciales corrientes del sector privado y que la aplicación
de esas exoneraciones no comporten descriminación alguna entre
países proveedores.

3.- Asegurar que la tasa de control del 0.5% al valórem se
refiere exclusivamente a las importaciones sujetas al régimen
de admisión temporal y que ha fijado un límite máximo de 15
UVC, a fin de asegurar que la tasa cobrada se aproxime al
costo de los servicios prestados.

4.- A que en el cálculo del impuesto a los consumos
especiales, la descriminación entre productos importados y
nacionales desaparecerá, a más tardar en julio de 1996.

5.- Asegurar a todas la partes contratantes que en el cobro
del IVA no se discrimine para productos nacionales e
importados.

6.- Que no aplica precios mínimos con fines aduaneros y que,
en consecuencia, se atendrá a las disposiciones de los
Acuerdos sobre Inspección Previa a la Expedición y sobre
Valoración de Aduana.

7.- A eliminar, a más tardar en la fecha de su adhesión, todas
las restricciones no arancelarias a la importación y a la
exportación que no se puedan justificar expresamente con
arreglo a las disposiciones de la OMC, en particular las del
Acuerdo sobre la Agricultura y del acuerdo sobre
procedimientos para el Trámite de Licencias de Importación y
al Artículo XI del GATT de 1994. Tales medidas no se
aplicarán ni se volverán a reintroducir tras la adhesión,
salvo disposición expresa del Acuerdo sobre la OMC.

8.- Eliminará hasta el 1 de julio de 1996 la prohibición de
importación de artículos usados, en lugar de la cual se
aplicarán, según procediera, ciertos objetivos aplicados
uniformemente a los productos nacionales e importados para la
protección de la salud y la seguridad de las personas y de los
animales y la preservación de los vegetales, administrados de
conformidad con las disposiciones del Acuerdo sobre
Procedimientos para el Trámite de Licencias de Importación.

9..- A que las restricciones y los permisos de importación que
siguieran vigentes se aplicarán de forma compatible con el
Artículo XIII (Aplicación no discriminatoria de las
restricciones cuantitativas), del GATT de 1994 y que todas las
restricciones se aplicarán con arreglo al principio de no
discriminación.

10.- A derogar, a más tardar a la fecha de su adhesión, el
Acuerdo Interministerial 067, de 20 de febrero de 1978, que
faculta a los órganos oficiales a fijar contingentes para la
importación de productos agrícolas o a establecer limitaciones
a la importación de esos productos.

11.- A eliminar el mecanismo de franjas de precios de
conformidad con el cronograma que se adjunta (1997)

12.- Ecuador aseguró que los controles sanitarios destinados a
garantizar la calidad de productos importados estaban de
conformidad con el cuerdo sobre la Aplicación de Medidas
Sanitarias y fitosanitarias y sus especificaciones técnicas
son conformes a las disposiciones de los Acuerdos de la OMC,
en particular el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas
Sanitarias y Fiitosanitarias y el Acuerdo sobre Obstáculos
Técnicos al Comercio.

13.- El Ecuador aseguró que el Gobierno no tiene intención de
ampliar la política de fijación de precios a toros sectores de
la economía aparte del sector farmacéutico.

14.- El Ecuador confirmó que a partir de la fecha de adhesión
a la OMC, aplicará las disposiciones del acuerdo de la OMC
relativo a la Aplicación del Artículo VI, en los casos que se
alegue la existencia de dumping ocasionado por importaciones.

15.- A eliminar a más tardar en noviembre de 1995 cualquier
subsidio a la importación existente, incluyendo al que se
refiere el Decreto 2327 del 26 de noviembre de 1994.

16.- A que el componente de importación en las ventas hechas
desde las zonas francas al resto del Ecuador, estará sujeto a
los impuestos, aranceles y otras medidas en frontera normales.


17.- A notificar y describir las actividades comerciales del
Estado respecto de todas las empresas estatales o con
participación estatal.

18.- A eliminar antes del 1 de enero del año 2000 el
requisito de componente nacional que consta en el Acuerdo de
Complementación Automotriz suscrito entre nuestro país,
Colombia y Venezuela.

19.- El Ecuador aseguró que su normativa jurídica, así como
la del Pacto Andino en materia de propiedad intelectual, cubre
los compromisos que constan en el acuerdo, sobre los Aspectos
de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el
Comercio. (EL UNIVERSO) (P. 2)
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