Guayaquil. 14 jul 98. Un equipo de abogados a nombre de varios
camaroneros movieron a su favor Cielo, Tierra, Congreso y
cortes

Por Cecilio Moreno Mendoza

Kevin Malone fue nombrado tercer socio titular del bufete en
1982. Lo consideran autoridad en cuanto a la litigación de
casos relacionados con catástrofes ambientales, productos
defectuosos y desastres aéreos. Es la cabeza del plan, del
bufete al que pertenece, para abarcar casos de centro y sur
América. Su mayor éxito fue haber representado a más de 200
agricultores centroamericanos en un pleito relacionado con el
fungicida Benlate, fabricado por DuPont, logrando una
indemnización de 214 millones de dólares. Este abogado de Fort
Lauderdale, Florida, se enteró del Síndrome de Taura y puso
sus ojos en el Ecuador a principios de 1995. Se las ingenió
para interesar a los camaroneros ecuatorianos en una
reclamación ante las cortes americanas y convenció a 30.

Las demandas fueron presentadas en la Corte del Circuito del
condado de Broward, estado de Florida, en los Estados Unidos.
Para el efecto argumentaron que las demandadas son "compañías
constituidas en Florida o que tienen ellas su principal
negocio en ese Estado". En esa oportunidad dijeron que
escogieron "primeramente al juez con competencia en el lugar
del domicilio del demandado, según lo establecido en el
artículo 27 del Código de Procedimiento Civil ecuatoriano".
Las compañías acusadas fueron: Del Monte Fresh Produce N.A.
Inc. y Del Monte Fresh Produce Company porque "gran parte del
banano que comercializan en el ámbito mundial es adquirido a
plantaciones bananeras ubicadas en el Ecuador, lo que se
concreta en la provisión de asesoría técnica a los
productores, control de calidad, prevención de plagas,
provisión de químicos y asesoría respecto al uso de éstos";
Ciba Geigy Limited porque "desde 1980 viene manufacturando,
recomendando el uso y distribuyendo los productos químicos
denominados Tilt y Atrazine, para ser usados en haciendas
bananeras ecuatorianas y particularmente en la zona conocida
como alto Golfo de Guayaquil"; Basf Aktiengesellshaft,
fabricante del químico Calixin también usado en esas
bananeras; e International Fertilizer Ltd. por vender y
distribuir Tilt y Calixin a sabiendas que existían grandes
cultivos de camarón en el área. "Nuestros abogados integran un
equipo de litigantes de gran eficacia en combatir a estas
potencias industriales. Los químicos que usan los bananeros
son los que han corrido y han destruido las fincas de
camarón", dijo Kevin Malone a Vistazo en marzo del año pasado.


Sin embargo el nueve de octubre de 1997, el juez
norteamericano Arthur J. Franza, que conoció el caso,
basándose en la teoría jurídica del "forum non conveniens"
-foro no conveniente- declaró que era mejor tramitar las
demandas en Ecuador. Pero dejó abierta la posibilidad para que
si en 120 días las demandas eran rechazadas por los jueces
ecuatorianos, él continuaría con el trámite. Aquí empieza el
problema: el bufete Krupnick, Campbell, Malone, Roselli,
Buser, Slama & Hancock, comandado por Kevin Malone y sus
asistentes Bob McKee e Iván Cabrera, contra reloj empieza a
realizar trámites para asegurarse que las demandas sean
negadas en el Ecuador y así continuar con su negocio en
Florida.

LEY ESPECIAL

Malone y su grupo decidieron a fines de 1997 buscar un bufete
de abogados guayaquileños para que presenten las demandas en
los juzgados de lo Civil más cercanos a las camaroneras
involucradas. Contrataron los servicios del prestigioso bufete
Zavala Baquerizo, Zavala y Carmigniani.

A principios de diciembre y para planificar la estrategia a
seguir, viajó a Miami el abogado Eduardo Carmigniani Valencia.
"Yo fui contratado no por los camaroneros, sino por el bufete
norteamericano", aseguró Carmigniani.

La idea fue presentar sendas demandas a nombre de los 30
camaroneros afectados por el Síndrome de Taura. "Durante el
mes de enero el movimiento en esta oficina fue intenso porque
el tiempo se nos venía encima", añadió Carmigniani. En efecto,
los 120 días dados de plazo por el juez Franza se cumplían el
sábado seis de febrero de 1998.

Ese mismo mes de enero ocurrió algo curioso. En la sesión
vespertina del Congreso Extraordinario del jueves 22 de enero
de 1998, convocado para el conocimiento y aprobación de varios
proyectos de ley, el presidente del parlamento doctor Heinz
Moeller inició la sesión proponiendo un cambio del orden del
día. "Señores diputados, quiero indicarles que he recibido
innumerables llamadas y pedidos de diferentes sectores,
especialmente agroexportadores, que están empeñados en una
lucha desigual ante tribunales norteamericanos, con el objeto
de obtener indemnización ante gravísimas pérdidas que sufrió
especialmente el sector acuacultor ecuatoriano a propósito de
un hecho conocido que fue la contaminación de las camaroneras
a partir del uso de nematicidas y productos químicos, cuyo uso
está prohibido en todo el mundo, pero que se exportan al
Ecuador... A ese efecto se hace indispensable dictar una Ley
Interpretativa al Código de Procedimiento Civil... Es un
proyecto bien estructurado que yo quisiera que lo tratemos en
el primer lugar del orden del día y así lo dispongo".

Tal vez por el apuro con que fue tratado, el proyecto no
estaba necesariamente bien estructurado. Presenta una falla de
sintaxis que nunca fue corregida, amén de otros
cuestionamientos jurídicos sobre su validez. "Interprétase los
artículos 27, 28, 29 y 30 del Código de Procedimiento Civil,
en el sentido de que en tratándose de competencia concurrente
internacional el demandante podrá elegir libremente entre
presentar la demanda en el Ecuador o en el extranjero...". La
Ley interpretativa añade una frase dedicada específicamente al
caso de los camaroneros y que algunos abogados la consideran
una reforma y no una interpretación: "En caso de presentarse
la demanda fuera del territorio ecuatoriano, fenecerá
definitivamente la competencia nacional, así como la
jurisdicción de los jueces ecuatorianos sobre la causa".

A pesar de que hay leyes mucho más importantes como la Reforma
Tributaria que lleva más de seis meses esperando la aprobación
definitiva, ésta solo esperó el plazo mínimo legal de ocho
días. "Solicito que pase directamente al Registro Oficial
tratándose de una ley interpretativa", dijo Moeller el 27 de
enero, luego de tomar votación y antes de pasar a tratar otros
"importantes temas" como un homenaje a Barcelona por su décima
tercera corona y otro al Deportivo Quito por su
vicecampeonato.

Según la Constitución, es atribución del Presidente de la
República "en forma privativa, salvo los casos expresamente
previstos en la Constitución, sancionar, promulgar, ejecutar u
objetar las leyes que expidiere el Congreso Nacional". El
único caso "expresamente previsto" está en el artículo 179 y
hace referencia a interpretaciones a la misma Constitución.
Vale recordar que en derecho público solo se puede hacer lo
expresamente estipulado. La ley interpretativa número 55 nunca
fue sancionada por Alarcón, sino directamente publicada en el
Registro Oficial del 30 de enero de 1998.

CONTRA RELOJ

Una vez promulgada el viernes 30, quedaban solo los cinco días
laborables para presentar a tiempo las demandas. El viernes
cinco de febrero había que correr a los juzgados a presentar
las 30 demandas.

Trece demandas fueron dejadas en varios juzgados de Guayaquil,
11 en Naranjal, tres en Durán, dos en Santa Elena y una en El
Guabo. Ese día hubo paro y las carreteras estuvieron
bloqueadas. Sin embargo ese no fue inconveniente para que
llegasen al juzgado de Naranjal con los 11 expedientes. Un
helicóptero contratado que aterrizó a pocos metros del juzgado
solucionó el problema.

Las resoluciones de los jueces no tardaron más de cinco días.
En 26 casos, incluido los de Naranjal, se rechazaron las
demandas casi con los mismos argumentos: que el artículo 15
del Código de Procedimiento Civil establece que en los casos
en que una demanda pueda presentarse ante varios jueces,
adquiere facultades privativas quien la tramite primero; y que
con la Ley Interpretativa publicada el 30 de enero fenece la
jurisdicción ecuatoriana en estos casos.

Pero sucedió algo inesperado para Malone y sus abogados
contratados en Ecuador: Once de los demandados impugnaron la
decisión del juez de Naranjal abogado Voltaire Velázquez
Santos. El juez aceptó la impugnación y aceptó el trámite de
los juicios. En este punto ya era fácil comprobar que quienes
planteaban el juicio necesitaban que se rechacen las demandas
y que los demandados preferían que se las tramite. Todo lo
contrario a una situación normal.

ACTO INSÓLITO

Los platos rotos los pagó el juez de Naranjal. El abogado
Eduardo Carmigniani le pidió al juez Velázquez una ampliación
de su dictamen. El juez argumentó que su providencia era muy
clara. Esto para Carmigniani "ponía en grave riesgo la validez
del proceso", por lo que solicitó el llamado Recurso de Hecho
que consiste en que el juez pida opinión a un superior.
Velázquez rechazó el pedido argumentando que su decisión no
perjudicaba los intereses de los demandantes y que en esos
casos no procedía el recurso. "No tuve otro camino que
presentar una demanda penal por prevaricato en contra del juez
por violar leyes expresas", añadió Carmigniani.

El juicio fue iniciado por el presidente de la Corte Superior
de Guayaquil doctor Milton Moreno Aguirre, quien ordenó la
prisión preventiva de Voltaire Velázquez. Perseguido por la
justicia que él mismo representaba, abandonó el juzgado de lo
Civil de Naranjal. Su reemplazante, juez de Yaguachi, ni corto
ni perezoso, lo primero que hizo fue anular lo antes actuado y
volver a rechazar las demandas. Desde la clandestinidad
Velázquez, primo hermano del ex candidato presidencial doctor
Jacinto Velázquez Herrera, hizo notar que "a nadie se le puede
ocurrir que se perjudica en sus intereses si se le acepta al
trámite su acción. La inquietud que surge de inmediato es si
los actores perseguían que se les niegue su acción lo cual
equivaldría a un acto inimaginable, insólito, sin precedentes
en el Derecho, que supondría que los accionantes quieren jugar
con los órganos jurisdiccionales del país o utilizarlos de
alguna manera".

QUEJA TARDÍA

Mientras esto sucedía en Naranjal, en Quito se gestaba otra
acusación en contra del mismo juez Velázquez. Varios abogados
del industrial camaronero Leonidas Maridueña presentaron una
queja por un caso tramitado dos años atrás que involucraba a
la acaudalada familia orense Encalada Mora, pidieron la
"destitución del referido juez, en el necesario proceso de
depuración de la justicia".

La queja fue recogida por el presidente de la Corte Suprema de
Justicia, doctor Héctor Romero Parducci, quien comunicó del
hecho al presidente de la Superior: "puede llegar a constituir
infracción de acción pública, punibles y pesquisables de
oficio", y le pide que "de considerarlo procedente dicte
autocabeza de proceso en su contra y arbitre todas las medidas
legales conducentes para evitar que se cometa una injusticia".
Junto a la queja se anexaron las providencias que Carmigniani
le cuestionó a Velázquez en el caso de las camaroneras.

El 10 de febrero, en el Juzgado de Broward, ante el juez
Franza, Kevin Malone presentó tres análisis jurídicos sobre el
estado de los juicios que empezaban a ser negados en Ecuador y
que, por lo tanto, podrían ser reabiertos en Florida:
"Basándose en artículos y en la Ley Interpretativa, no existe
ningún argumento con el cual alguien pueda demandar que las
cortes ecuatorianas tengan jurisdicción en este caso, por lo
tanto alguna apelación realizada puede ser considerada como
frívola y con falta de mérito judicial". Los análisis
correspondieron en su orden al abogado Xavier Castro Muñoz, al
doctor Emilio Romero Jouvín y al doctor Emilio Romero
Parducci.

En Florida, Malone espera que lo más pronto posible terminen
los trámites de los 26 casos que ya fueron rechazados y que
subieron a consulta en la Corte Superior. Así podrá continuar
con su negocio de demandar a las compañías norteamericanas por
quién sabe cuántos millones de dólares. En el Congreso tal vez
muchos diputados ignoren el alcance de la ley que aprobaron
por pedido de Moeller. En la clandestinidad, Voltaire
Velázquez, no termina de comprender en qué líos se metió, solo
sabe que tiene un juicio penal.

En la otra orilla están los camaroneros, quienes en 1993, por
el Síndrome de Taura, sufieron pérdidas que superan los 100
millones de dólares. No se cuestiona su derecho a demandar por
daños y perjuicios en Ecuador u otra jurisdicción. No
obstante, sí sorprende que para hacerlo muevan cielo y tierra
y consigan leyes por pedido expreso.

Un juez de Florida condicionó el trámite a que antes las
demandas sean rechazadas en el Ecuador. (Texto tomado de La
Revista Vistazo #741)
EXPLORED
en Ciudad Guayaquil

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