La presencia extremista se sintió primero en la Argentina, con los dos atentados en Buenos Aires. Lo más actual es Venezuela con T. Darnott
El 19 de julio de 2009, Dorit Shavit, directora para
América Latina de la CancillerÃa de Israel, despertó las alertas en la región. Ese dÃa dijo que habÃa una célula de Hezbolá, de origen libanés y con apoyo iranÃ, operando en la frontera entre
Venezuela y
Colombia, tal como publicó Diario HOY el 2 de agosto.
Según Shavit, la llegada de esta facción del grupo islamista a América Latina está directamente relacionada al establecimiento de relaciones bilaterales de Irán, quien apoya a esta organización, con paÃses como el Ecuador,
Bolivia, Nicaragua y, especialmente, Venezuela.
No obstante, señala esa nota, su presencia es anterior. Se remonta a la década de los noventa, con la realización de dos atentados en la
Argentina. El primero fue en 1992, cuando un auto cargado con explosivos impactó contra la Embajada de los
EEUU en Buenos Aires, matando a 29 personas e hiriendo a 242.
El segundo fue el 18 de julio de 1994: el edificio de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) fue atacado; unas 85 personas murieron y 300 resultaron heridas.
También, a inicios de la década de 1990, este grupo terrorista estableció células en la Triple Frontera que comparten el Brasil, el Paraguay y la Argentina. Desde allÃ, según las autoridades de esos paÃses, milicianos de Hezbolá se dedican al tráfico de drogas para financiar su brazo armado.
De acuerdo con la publicación chilena Capital, en la cual también se basó ese artÃculo, la detención en el Brasil, a finales de 2005, de Farouk Omairi, pionero del grupo en la Triple Frontera, significó un duro golpe para la organización. Durante años, Omairi ejerció liderazgo entre los miembros de la colectividad chiita local.
En esa zona vive una comunidad árabe cercana a las 25 mil personas, sobre la cual recaen sospechas de financiamiento a las actividades de Hezbolá. Incluso, se ha especulado sobre la presencia del grupo Al Qaida de Osama bin Laden.
Otro aporte de esa nota es que la existencia de Hezbolá en Venezuela gira alrededor de Teodoro Darnott. Según la web de la organización Paz Digital, Darnott nació en el estado BolÃvar (sur) y comenzó a actuar influenciado por la "teologÃa de la liberación". Luego, fundó el Movimiento Guaicaipuro de Liberación Nacional (MGLN), que proponÃa una guerrilla indÃgena al estilo de los zapatistas de
México.
En algún momento de su vida, este hombre, declarado seguidor del presidente Hugo Chávez, empezó a profesar el Islam y lo mezcló con sus creencias marxistas. Disolvió el MGLN, creó Hezbolá América Latina y su versión local: Hezbolá Venezuela.
Inició la conversión al islamismo de los indios wayúu y guajiros, creando "mujahidines", o guerreros de Alá. Hezbolá Venezuela ha hecho varios llamados para iniciar una "jihad" (guerra santa) en América Latina.
De acuerdo a Paz Digital, La Guajira (zona fronteriza entre Colombia y Venezuela) se ha convertido, del lado venezolano, en una zona atractiva para los árabes por su dinámico movimiento comercial. A esto, habrÃa que sumar la facilidad que el Gobierno de Chávez ha dado para que misioneros chiitas lleguen al sector, mientras se deshacÃa de numerosos misioneros evangélicos, expulsándolos del paÃs tras acusarlos de "espÃas" y "genocidas".
Los libaneses chiitas, concluÃa la nota, pasaron de dedicarse solo al comercio a establecer relaciones sólidas con su paÃs de origen, enviando el dinero obtenido en sus múltiples ocupaciones.
Normas antiterrorismo requieren atención especÃfica
Los Ministros de Gobierno, Gustavo Jalkh, y de Seguridad Interna y Externa, Miguel Carvajal, afirmaron ante la designación del Ecuador como paÃs no cooperante en la lucha contra el lavado de activos y el terrorismo que no se requiere una ley antiterrorista, ya que hay en el Código Penal suficientes normas para controlar el delito.
En el Art. 158 de ese Código, al referirse a los delitos considerados como sabotaje y terrorismo, dice: "Será reprimido con reclusión mayor ordinaria, de ocho años a 12 años, el que fuera de los casos contemplados en este Código, destruya, deteriore, utilice, interrumpa o paralice los servicios públicos..."
En el Art. 160.1, se señala: "Los que individualmente o formando asociaciones, como guerrillas, organizaciones, pandillas, comandos, grupos terroristas... serán reprimidos con reclusión mayor ordinaria de cuatro años ocho años". Y si se produjere la muerte de una o más personas, la pena será de "reclusión mayor extraordinaria de 12 años a 16 años".
El Art. 164 señala: "La agresión terrorista, siempre que el hecho no constituya delito más grave, perpetrada contra funcionarios o empleados de las instituciones públicas o contra propiedades de los mismos será sancionada con tres años a seis años de reclusión menor ordinaria..."
El Art. 166 dice: "Cuando los delitos previsto en el CapÃtulo fueren cometidos por extranjeros naturalizados en el Ecuador, además de la pena impuesta, se cancelará la carta de naturalización y serán expulsados del paÃs, después de cumplir la sanción que se les imponga..."
Lo que plantea el GAFI no es la existencia de las normas en el tema de terrorismo, sino que esa reglamentación tenga un tratamiento especial, una normativa especÃfica en la legislación.
Consejo de Lavado quiere sanción a financiamiento
Mientras autoridades del Gobierno mantienen la postura de que en el paÃs existen las suficientes normas legales para controlar el
terrorismo, varias instituciones actúan en contrario.
En octubre del año pasado, el Consejo Nacional de Lavado de Activos (CNLA) realizó un taller, en el que se planteó la necesidad de reformar la ley para reprimir el lavado de activos, que está en vigencia desde el 18 de octubre de 2005.
El proyecto fue elaborado en un taller al cual asistieron los representantes del CNLA y otras autoridades de justicia.
Entre las propuestas más relevantes del proyecto está el punto segundo. Este plantea la necesidad de incluir el "financiamiento del terrorismo" como delito, cosa que no contempla actualmente el Código Penal.
La intención del Consejo de Lavado no solo es que se sancione el apoyo al terrorismo, sino que se ejerza mayor control al delito de lavado de activo.
Por eso, otra de las propuestas es "crear un procedimiento penal especial para los delitos sancionados con esta ley".
También, proponen la conformación de una unidad especial que administre temporalmente los bienes incautados por la aplicación de la Ley de Lavado de Activos.
Además, solicitan el endurecimiento de las penas para quienes se dediquen a lavar dinero en el paÃs.
Fuentes de la
FiscalÃa, que pidieron la reserva de su identidad, señalaron que en la
Asamblea está pendiente la aprobación de la Ley de Extinción de Dominio, que tiene como principal función controlar los bienes y dinero que tienen un origen dudoso. Esta iniciativa fue presentada cuando estaba en funcionamiento la Asamblea Constituyente.
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