Quito. 07 nov 96. El uso del avión presidencial no es el único
punto polémico del viaje de Abdalá Bucaram a Miami.
También se encuentra el hecho de que el Presidente no
encargó la Presidencia de la República y, con ello, no
cumplió con la Constitución.

De esa manera, para varios juristas, en la práctica, el país se
quedó varias horas sin Mandatario y se dio un virtual abandono
del cargo. La cuestión se complica porque esto último es
causal de destitución.

El presidente del Congreso, Fabián Alarcón, ha observado el
problema: "cuando los motivos del viaje son particulares se
debe encargar la Presidencia". La puntualización del carácter
particular del viaje se hace necesaria porque, según la última
reforma constitucional, el Primer Mandatario no está obligado
a cumplir con este requisito cuando sale del país para tratar
asuntos oficiales.

"No se considerará falta temporal la ausencia del país por
asuntos inherentes al ejercicio de sus funciones, sin perjuicio
de lo cual, el Presidente podrá delegar determinadas
atribuciones al Vicepresidente de la República", reza el inciso
tercero del art. 101.

Pero, ¿qué hacer ante el incumplimiento? Según los juristas
Raúl Izurieta Mora Bowen, Antonio Rodríquez y Gil Barragán
todo está en manos del Congreso y, en este escenario, el
desenlace depende de la voluntad política de los legisladores.

Justamente, según Alarcón, es esta función del Estado la que
debe establecer formalmente si hubo o no un acto
inconstitucional. Para él, la cuestión no demanda una solución
muy complicada: "en el futuro el Ejecutivo debe tratar de
cumplir a cabalidad la Constitución. No quiero magnificar
hechos que se pueden haber dado por una errónea
interpretación de la carta magna". Así, Alarcón desecha la
realización de un llamado de atención a Bucaram o el trámite
de alguna resolución parlamentaria, más aún la realización de
un proceso de fiscalización.

Sin embargo, Izurieta, Rodríguez y Barragán no concuerdan
con Alarcón. Para ellos, el Congreso debe tomar alguna
medida, aunque tenga carácter simbólico para detener estas
actitudes del Presidente. Pedir más sería demasiado si se
tienen en cuenta los límites jurídicos.

En efecto, Rodríguez afirma que "la Constitución no establece
sanciones cuando el Presidente viola la Constitución". También
aclaró que no es una causal de juicio político. "La carta magna
ubica tres motivos: traición a la patria, peculado y actos que
atenten contra el honor nacional. Por ello, continúa, se viola la
Constitución en forma impune y desvergonzada". Rodríguez
considera que todos los presidentes del actual período
democrático lo han hecho. "El Congreso debió poner coto con
una reforma que defina sanciones".

"Como resolución o acto administrativo el Congreso puede
llamar la atención al Presidente", dice Izurieta. Además,
según él, el Parlamento debería tomar alguna decisión por el
abandono del cargo. Los otros dos juristas coinciden en que
él abandonó.

Sin embargo, la instancia que debe declarar que se cometió
esta falta también es el Congreso. Rodríguez, Izurieta y
Barragán consideran que por el corto tiempo del viaje de
Bucaram (24 horas) es difícil que se tome una medida de
este tipo. Aunque la Constitución no define un lapso mínimo
de ausencia para la declaratoria.

Otra alternativa para tramitar la inconstitucionalidad de un
acto o disposición es presentar una demanda ante el Tribunal
Constitucional, con lo que los efectos de la decisión serían
nulos. Pero, para el caso que se analiza, no valdría de nada.
"El TC solo declararía nulo al viaje", dice Rodríguez. Para
Barragán lo que sí tendría lugar es una queja de la
Vicepresidenta, "no para dejar sin efecto un acto
administrativo sino para denunciar el hecho".

Pero hay un elemento adicional: al violar la Constitución
el Presidente cometió perjurio, pues juró cumplir y hacer
cumplir la Constitución. Aquí, según Rodríguez, entran
elementos subjetivos, lo que complica el uso de esta vía
para enmendar acciones.

Para Barragán, en el tratamiento del problema, el Congreso
debería retomar la esencia de la fiscalización. "Allí se
resuelve juzgar un amplio espectro de acciones y no un solo
acto. No hay que esperar sanciones sino frenar la
arbitrariedad del Presidente a través de una actitud del
Congreso".

Vicentinos: para unos la decisión es legal, para otros no

Redacción Guayaquil y Quito

La nómina de vicentinos sancionados aumentó a 30. Ayer
fueron identificados cuatro estudiantes más por los propios
compañeros quienes se presentaron voluntariamente a los
tribunales de menores.

La decisión del Presidente de la República de rebajar las
sanciones a los 26 estudiantes puso de cabeza el proceso
legal, que se había iniciado hace 15 días.

El Tercer Tribunal de Menores del Guayas comenzó a
trabajar en los casos individuales de 12 jóvenes que habían
ingresado al Hogar de Tránsito hasta las 14h00 de ayer. Por
lo pronto, el presidente del Tercer Tribunal, Jorge Chiriboga,
revocó las órdenes de ingreso al hogar de observación que
fueron giradas el jueves pasado.

Para el jurista, Alfonso Zambrano Pasquel, el juez no puede
cancelar la potestad punitiva del Estado una vez que existe una
excitativa fiscal para comenzar el proceso por atentado al
pudor. Es decir, el caso de los dos mayores de edad sigue su
curso.

La ex-ministra de Bienestar Social, Mariana Argudo, opinó
que en derecho de menores es posible revisar la medida pero
la aplicación debe seguir las instancias legales.

Argudo no deja de reconocer que el servicio comunitario como
medida rehabilitadora tanto para menores y mayores es buena, y
que la preocupación del jefe de Estado está bien, pero para eso
existen los órganos regulares como el Tribunal de Menores.

Para Chiriboga, la decisión de Bucaram es acertada porque es
sensible con un clamor de los padres de familia. Además "el
tribunal no es institución inquisidora ni sancionadora". Los
servicios comunitarios como medidas de carácter socioeducativas
está contemplado en el artículo 184 del Código de Menores. En
48 horas tendrá listo un informe.

El jurista Milton Alava dice que en el caso de las sanciones
impuestas por el Tribunal de Menores no se puede hablar de una
intromisión del Ejecutivo en la Función Judicial, porque este
Tribunal depende del Ministerio de Bienestar Social.

El abogado César Muñoz Llerena opina que lo que hizo Bucaram
es desconocer reglamentos propios en materia educativa. "Es una
intromisión autoritaria porque hace de ejecutivo y de juez". El
mandatario sienta un precedente muy desagradable.

El jurista Camilo Mena Mena indica que en el campo
administrativo, Bucaram violó el Reglamento de la Ley de
Educación.

¿Por qué no detuvieron a Jacobo Bucaram Pulley?

El Tequila-Lá no se vuelve a abrir. Es la decisión del intendente
de Policía del Guayas, Edmundo Briones. El dice que fue tomada
con total autonomía y que nada tuvo que ver el presidente Abdalá
Bucaram, ni su hijo, Jacobo. "Ellos solo denunciaron", y eso es
válido jurídicamente.

Pero la autonomía parece relativa a la luz de cómo sucedieron los
hechos y de otras decisiones.

Jacobo Bucaram Pulley fue el primer denunciante. A la madrugada,
entre sábado y domingo, él era uno de los cerca de 250 asistentes
a la fiesta de disfraces que organizó la discoteca Tequila-Lá.

Luego de compartir un rato con sus amigos, se dio cuenta que el
espectáculo de disfraces y comparsas lo acaparaba un grupo que
imitaba al Presidente, la vicepresidenta, Rosalía Arteaga; la
primera dama, Rosa María Pulley; y él, Jacobo.

La presentación de ellos estaba acompañada con la música del CD,
"Un Loco que Ama" y melodías de Los Iracundos. Los disfrazados
remedaban movimientos, gestos y expresiones, mientras la mayor
parte del público reía. Jacobo, molesto, llamó desde su celular a
la Policía y al número directo del Intendente. Su queja era
única: se están burlando del honor del Presidente y el de su
familia.

Ya habían pasado las 02h00. Entonces llegó el Intendente y un
grupo de policías. Luego de discutir con los administradores de
la discoteca, ordenaron la salida de los asistentes, entre ellos
los amigos de Jacobo. El había salido minutos antes. El
Intendente colocó los sellos en la entrada.

La Policía del Guayas explicó que este operativo no lo hace
directamente sino por órdenes y dirección de la Intendencia.

El martes el Presidente dijo que la discoteca fue cerrada por
violar el decreto que limita la actividad de estos lugares
nocturnos hasta las 02h00, y por vender licor a menores de
edad. Ayer, el Intendente, ratificó que esa fue la causa y que
en el caso de Tequila-Lá es definitivo pues es la tercera vez
que le sucede.

Sin embargo, ayer, cuando se solicitó las fechas de las otras
dos ocasiones, no fue posible obtenerlas.

Pero hay un hecho más curioso. De acuerdo con el decreto, y
como ha sucedido en los operativos anteriores, las personas
que se encuentran en el local son detenidas.

En este caso se debió detener a todos, inclusive a los amigos
e hijo del Presidente, quienes también estaban violentando un
decreto presidencial. En el parte de la Intendencia no figura
ningún detenido. (FUENTE: EL COMERCIO, P. A-2)
EXPLORED
en

Otras Noticias del día 07/Noviembre/1996

Revisar otros años 2014 - 2013 - 2012 - 2011 - 2010 - 2009 - 2008 - 2007 - 2006 - 2005 -2004 - 2003 - 2002 - 2001 - 2000 - 1999 - 1998 - 1997 - 1996 - 1995 - 1994 1993 - 1992 - 1991 - 1990
  Más en el