Quito. 02 ago 2001. Las distancias del PSC y la ID con el Gobierno se
agravan. Ayer, el detonante fue la denuncia hecha por León Febres
Cordero, respecto al decreto ejecutivo que permite a los ex presidentes,
ex vicepresidentes de la República y otros altos ex funcionarios que sean
sentenciados a prisión, a que cumplan la condena en sus domicilios.

Para los ex presidentes Febres Cordero y Rodrigo Borja, máximos líderes
de esos partidos, la decisión gubernamental no es otra cosa que el pago
del favor que hace el Gobierno al PRE, por la forma cómo los roldosistas
votaron en el Congreso y que permitió el incremento del IVA, del 12 al 14
por ciento.

En la sesión del 8 de mayo, la mayoría del bloque roldosista se abstuvo
de votar por la negativa del alza del IVA. Solo hubo 76 votos a favor,
pero se requerían 82. Esto llevo a que el PSC y la ID denunciaran que ese
partido tuvo un acuerdo con el Gobierno, para sacar su propuesta.

El jefe del bloque del PRE, Víctor Hugo Sicouret, dijo en ese entonces,
que la intención de su partido fue "quitarle la dirimencia al PSC" en
todas las decisiones que se adoptan en el Congreso.

A esto se suma que su coideario Vicente Estrada, quien fue uno de los que
no votó, diga que estaba dispuesto a renunciar a la diputación para
sumarse a la lucha popular para lograr el retorno del ex Mandatario.
Inclusive aseguró, al igual que Sicouret, que Bucaram estará en el país
en el 2001, pero no precisaron fechas. Ayer, el jefe de la bancada del
PRE insistió que el líder roldosista, asilado en Panamá desde 1997,
vendrá al país, con un sin decreto ejecutivo.

El ex presidente Febres Cordero, en las declaraciones que realizó el
martes en TC Televisión, al cuestionar el decreto ejecutivo del gobierno
de Noboa, advirtió que con esa decisión se originará el retorno inmediato
de los ex presidentes y vicepresidentes como Abdalá Bucaram, Jamil Mahuad
y Alberto Dahik.

Mientras que ayer, el diputado socialcristiano Oswaldo Rossi hizo notar
la contradicción del discurso del presidente Noboa. "Por un lado dice que
no compra diputados, pero ahora se refleja que hubo un pacto a través de
ese decreto con los roldosistas y la DP".

Paralelamente, Wilfrido Lucero, jefe del bloque de la ID, afirmaba que se
confirmó la denuncia hecha por los dos partidos en mayo: el PRE se
abstuvo en la votación sobre el alza del IVA, para favorecer el retorno
de Bucaram.

Los roldosistas hacen otra lectura sobre lo sucedido. Sicouret, en una
conferencia telefónica desde Estados Unidos, sostuvo que la reacción de
Febres Cordero, de anunciar el pedido de inconstitucionalidad del decreto
ejecutivo, si el presidente Noboa no se rectracta, es una demostración de
que le preocupa la presencia de Bucaram.

Sin embargo, Lucero también adelantó que su partido demandará la
inconstitucionalidad del decreto, "si el Ejecutivo no rectifica su
barbaridad constitucional".

En el Congreso, el PSC ha denunciado la intención del PRE de lograr por
cualquier medio el regreso de su líder.

Xavier Neira, jefe de la bancada socialcristiana, fue uno de los que
alertó que el roldosismo fraguaba una mayoría con los demopopulares e
independientes para reorganizar la Corte Suprema de Justicia. El
objetivo, según Neira, era archivar los procesos en contra de Bucaram.

Ese propósito, que admitieron los roldosistas, se frustró porque la DP
negó un supuesto acuerdo en ese sentido.

Para frenar el proyecto roldosista, los socialcristianos buscaron un
acercamiento con otras bancadas, como la ID, MIN y Pachakutik. Y lo
lograron, por lo que el PRE se quedó prácticamente solo en el Parlamento
y su agenda, que gira en torno al retorno del ex Mandatario, no tiene por
ahora viabilidad legislativa.

En una situación similar se encuentra la DP que también ha profundizado
sus problemas con el PSC, a través de las peleas públicas de Febres
Cordero y el también ex presidente, Osvaldo Hurtado.

Sin embargo, según Lucero, el PRE no está tan solo como parece. Tiene el
apoyo del Gobierno, que no se siente seguro del respaldo de los votos del
MIN y algunos independientes. Estos sectores, el martes, dieron muestras
de estar al lado del ex presidente Febres Cordero, al sumarse, mediante
un denominado foro por la democracia, al llamado al diálogo que hizo el
líder socialcristiano.

De otra parte, las declaraciones de León Febres Cordero pasaron
inadvertidas en Carondelet. Durante las primeras horas de la mañana, las
principales autoridades concentraron sus actividades en la comparecencia
del presidente Gustavo Noboa al Tribunal Constitucional, para defender la
legalidad del alza del IVA.

En ese lugar, los funcionarios del régimen evitaron dar declaraciones
sobre el tema y el ministro de Gobierno, Juan Manrique, se limitó a decir
que el decreto sustitutivo de Noboa no fue hecho con dedicatoria. Un
vocero de Carondelet dijo que en las próximas horas habrá un
pronunciamiento oficial sobre el tema.

Judicial

Juristas consultados coinciden en que el reglamento contraría la Ley. Lo
que hizo el Presidente no está amparado por el Código de Procedimiento
Penal.

"El Decreto está en contra de la Constitución"

El Decreto Ejecutivo 1 674, que puso en vigencia el presidente Gustavo
Noboa tiene vicios de ilegalidad. La razón: es contrario al Código de
Procedimiento Penal y a la Constitución.

En el artículo 33 de ese Decreto, el presidente Noboa dispone que: "Sin
perjuicio de lo establecido en el nuevo Código de Procedimiento Penal,
los valetudinarios, enfermos incurables y quienes ejerzan o hubieren
ejercido las funciones de Presidente de la República, Vicepresidente de
la República, Presidente del Congreso, Presidente de la Corte Suprema de
Justicia, Presidente del Tribunal Constitucional y Presidente del
Tribunal Supremo Electoral cumplirán la prisión preventiva y la condena
en su caso, en su domicilio habitual (...)".

El Presidente de la República tiene la potestad de dictar los reglamentos
para que se pongan en práctica las leyes. Pero esos reglamentos no pueden
contravenir ni alterar la Ley ni la Constitución, según juristas
consultados por este Diario.

El artículo 208, incisos tercero y último, de la Carta Política establece
que la prisión preventiva se guarda en un centro de detención provisional
y la prisión con condena en un centro de reclusión del Estado. En ningún
caso se refiere al domicilio del encausado.

"Es inconstitucional establecer un asunto no previsto en la Ley, pero es
más grave prever un asunto en contra de lo que señala la Constitución",
dice un asesor del Tribunal Constitucional (TC).

El Decreto Ejecutivo está relacionado con el artículo 171 del nuevo
Código de Procedimiento. Éste determina el arresto domiciliario, entre
otras alternativas de prisión, pero cuando se trata de delitos que son
sancionados con cinco años de prisión como máximo. Además, solamente rige
para personas mayores de 65 años y mujeres embarazadas.

Para el jurista Bolívar González, "todos los ecuatorianos somos iguales
ante la ley, no hay ciudadanos de primera ni de segunda. Si se permite
que solo ex funcionarios públicos pueden cumplir la sentencia en sus
domicilios también debe aplicarse esa norma para todos los sentenciados".
Sin embargo, expresa González, "el Ejecutivo tiene facultad parra expedir
un reglamento como el que consta en el Decreto Ejecutivo".

Supuestamente, el Decreto del presidente Noboa puede resultar favorable a
ex mandatarios enjuiciados penalmente: Jamil Mahuad, Abdalá Bucaram y
Alberto Dahik, por ejemplo. La lectura es que si la justicia llegara a
sancionarlos, ellos cumplan la sanción en sus casas.

Bucaram y Dahik están procesados por supuesto peculado (apropiación
indebida de fondos públicos), cuya sanción puede ser de ocho años en una
cárcel pública. Además, ninguno de los encausados tiene más de 65 años ni
sufren enfermedades incurables.

Marcelo Santos, secretario de la Administración, dijo en Ecuavisa que los
ex mandatarios regresarán para ser juzgados o absueltos y pueden, de ser
el caso, cumplir la pena en sus domicilios.

El ministro de Gobierno, Juan Manrique, asegura que no se pretende
beneficiar a nadie y menos a Bucaram. Sostiene que para emitir el
Decreto, el Gobierno se apoyó en un estudio técnico-criminalístico de los
alcances del nuevo Código de Procedimiento Penal, "que termina con el
concepto de la prisión preventiva y consagra la prisión domiciliaria que
regía antes para los diputados".

Según Manrique, hay "que pensar en el Ecuador del futuro, porque el
Código de Procedimiento Penal permanecerá luego de que Bucaram, el
Ministro de Gobierno y Febres Cordero hayan muerto".

El Presidente, como co-legislador, debía enviar un proyecto de reforma al
artículo 171 del nuevo Código de Procedimiento al Congreso. Ese es el
procedimiento para canalizar la propuesta.

El artículo 277 de la Carta Política determina que pueden demandar la
inconstitucionalidad del Decreto el propio Presidente, el Congreso, 1 000
ciudadanos o una persona con el informe favorable del Defensor del
Pueblo.

De darse la demanda, será el TC el encargado de estudiarla a través de
una comisión. El informe se analizará en el pleno y luego resolverá el
caso. Mientras tanto, el reglamento seguirá vigente hasta que el TC lo
declare inconstitucional. De darse el caso, un Juez o tribunal penal
pueden declarar inaplicable el decreto porque contradice a la
Constitución. (Texto tomadom de Elm Comercio)
EXPLORED
en Ciudad Quito

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