NIÑOS SIN PADRES BUSCAN PENSION DE ALIMENTOS. Por Consuelo
Albornoz Tinajero.

Quito. 18.03.91. El atleta más reconocido en el Ecuador,
Rolando Vera, el tetracampeón de la carrera de San Silvestre,
aún vive el escándalo luego de que se negó a aceptar la
paternidad de una niña, en noviembre.

La madre de la pequeña, una azafata guayaquileña de origen
chino, afirmó que la menor era hija del deportista. Pero Vera
desde que nació la niña siempre expresó sus dudas y aseguró
que estaba dispuesto a reconocer a la niña solo si se llevaban
a cabo exámenes que probaran plenamente su paternidad. Al
momento, el caso se dilucida en los tribunales y aún no se ha
resuelto nada.

El caso de este deportista, recomendado como ejemplo para la
niñez y la juventud, es uno más de los de miles de hombres que
en este país de 10 millones de habitantes, niegan a diario su
paternidad y no aceptan reconocer a los hijos que traen a este
mundo.

Revela la magnitud del problema el hecho de que el 80 por
ciento de los 70 mil casos anuales ingresados en los 30
tribunales provinciales de menores del Ecuador se refieren a
trámites de alimentos de niños no reconocidos legalmente por
sus padres. Los demás se relacionan con tenencia de menores,
permisos de salida del país, adopciones, colocación familiar,
etc.

La ley ordena

La legislación ecuatoriana establece en su Código Civil y en
el Código de Menores la obligación de los padres de alimentar
a sus hijos menores de 18 años, para lo cual se fija una
pensión. Especifica además que si los progenitores están
casados el padre no podrá negarse a reconocer a ese hijo.
Pero si solo es una unión de hecho el reconocimiento deberá
ser demandado por vía judicial.

A fin de asesorar a las madres de escasos recursos en busca
del reconocimiento paterno de sus hijos y de la pensión
alimenticia hay en la ciudad varios centros jurídicos de
apoyo. Ninguno de ellos es gratuito, pues funcionan como parte
de centros de mujeres. "Nuestro objetivo como departamento
jurídico que hace uso del derecho alternativo es que tenga un
costo, que dependerá de la situación económica de la persona
que pide el servicio" explicó a HOY Bety Vázquez, quien
trabaja en el departamento jurídico de la Casa de la Mujer.

En sus cinco años de existencia este departamento atendió 459
casos, 134 de ellos por alimentos. De ellos la mayoría fue de
niños no reconocidos por sus padres. Y durante 1990 en el
servicio jurídico del Centro de Información y Apoyo a la
Mujer, CIAM, se tramitaron un total de 182 casos. De ellos 40
fueron sobre alimentos y 12 para el reconocimiento. Nelly
Jácome, quien trabaja en el servicio jurídico del CIAM,
comentó que de las clientas que acuden el 60 por ciento son
madres solteras.

Dos vías

Para tramitar la pensión de alimentos hay dos vías: a través
de los tribunales de menores o por los juzgados de lo
civil.

"En el CIAM -precisó Jácome- preferimos hacerlo por medio del
tribunal porque es un medio más rápido y además realiza una
labor social en amparo de las mujeres y niños, y no solo
jurídica como en los juzgados".

Pero antes de ir al trámite -aseguró Vázquez- conviene llamar
al padre para conversar y ver si se llega a un acuerdo
extralegal que luego se legaliza en el tribunal de menores y
se establece la pensión. "Lo importante es alcanzar un acuerdo
así sea con una pensión mínima, porque luego hay el chance de
subirla", dijo.

A diario ingresan en cada tribunal de menores de Pichincha un
promedio de 20 a 30 casos. Prácticamente sus usuarias son
exclusivamente mujeres de escasos recursos. Es mucho menor
esta cifra en los juzgados, a donde llegan a diario uno o dos
casos. "De acuerdo con la costumbre que se ha dado en el país
a los tribunales acuden las madres solteras", dijo a HOY
Enrique León Palacios, presidente de la Corte Nacional de
Menores.

En el Ecuador no hay registros de cuántas madres solteras
existen, ni de cuántos niños no reconocidos hay. Pero el
porcentaje de mujeres en edad fértil y en unión de hecho es
del 30 por ciento de las 5 millones de ecuatorianas. En los
juzgados, en cambio, se establecen las pensiones alimenticias
cuando ya existe un derecho declarado, cuando el hijo ha sido
legitimado por matrimonio o por reconocimiento o cuando los
padres concurren a divorciarse, pues el juez tiene la
obligación de establecer la pensión de alimentos.

El proceso

El tiempo de duración de un proceso de alimentos puede ser
variado. Como puede ser solucionado en un mes, si el padre es
consciente, acepta su paternidad, acude a la primera audiencia
y fija la pensión, en la mayoría de casos rebasa fácilmente
los ocho, nueve meses, pues los padres no aceptan su
paternidad.

El proceso se inicia en un tribunal de menores con la
presentación de la demanda. Ella es sorteada y calificada y
luego se retira una boleta de citación para el demandado. Se
fija la fecha de la audiencia a donde deben comparecer el
demandado, la acusadora y los abogados. Muchos casos se
resuelven en las audiencias por la presión del tribunal al
demandado. A veces, en el caso de niños no reconocidos
inclusive el padre acepta su paternidad y se vuelve
innecesario el juicio de reconocimiento. De ser apelado el
fallo del tribunal por el padre solo puede ir a una segunda y
definitiva instancia en la Corte Nacional de Menores.

En la historia de la Corte ha habido solo uno o dos casos de
apelación dijo una fuente de ese organismo. Según Enrique
León, de los casos tramitados en los tribunales prácticamente
el 99 por ciento son sentenciados en forma favorable al menor.
"El servicio judicial de menores es de protección social más
que de juridicidad. Lo que le interesa es que el niño coma, y
en caso de duda preferible equivocarnos en favor del menor que
en su contra", comentó el jurista. En vista de esta actitud
protectora hacia los menores, el establecimiento de una
pensión alimenticia no es considerado como una prueba plena
para el reconocimiento de la paternidad. Pero aunque "no es
una conclusión final, sí es un gran indicio o una gran
presunción de paternidad" aseguró León.

La paga...

Pero el problema que suele surgir luego es la ejecución de la
sentencia, pues el padre no paga. "Más que una falla de la ley
obedece a fallas de las autoridades porque no se interesan
mucho por casos que a veces les resultan un poco complicados,
a menos que se les pase dinero. En estos casos hay que acudir
al trámite conocido como liquidación o apremio personal o al
juicio ejecutivo para pedir la liquidación de las pensiones
adeudadas con el embargo de los bienes del padre" señaló
Jácome.

León anotó que en Ecuador tanto la justicia ordinaria como la
minorista establecían las pensiones alimenticias en cantidades
fijas, pero ahora ya se señalan en porcentajes en relación con
el salario mínimo vital vigente. La fijación es más fácil
cuando los hombres trabajan en relación de dependencia. Pero
en Ecuador, donde el desempleo afecta al 14 por ciento de la
población y donde hay un 60 por ciento de subempleados,
muchos padres están en esta situación y no se les puede fijar
un salario.

Al momento la pensión básica en promedio varía entre los 8 y
10 mil sucres por mes y por hijo. Pero en el caso de padres
subempleados la pensión puede ser máximo de 5 a 6 mil sucres
Estas sumas son insignificantes si se considera que el costo
de la canasta familiar básica está fijado en los 175 mil
sucres.

Mercedes Proaño, divorciada de 55 años, recordó que cuando sus
hijas eran pequeñas, hace 20, 30 años, ellas recibían primero
600 sucres de pensión por las dos y luego 1.200. "Era tan
poco, ni siquiera alcanzaba para pagar la mitad de la pensión
escolar mensual de una de ellas. Pero la reclamaba, aunque no
me servía para nada, porque conocía la mezquindad del
padre".

Las pruebas

La calidad de las pruebas es la que determina en los juicios
por reconocimiento su éxito. Son consideradas pruebas
importantes las declaraciones de testigos que a la pareja la
vieron junta, que observaron como él la presentaba como "su
mujer" y a los niños como a sus hijos. Igual las cartas,
tarjetas de amor y fotos con dedicatoria. "Pero muchas mujeres
cuando son abandonadas rompen todo o lo devuelven y no quieren
saber nada más y pierden pruebas valederas", dijo Vázquez.
Otra prueba valedera, pero costosa, es la que analiza la
fisonomía del padre y la compara con la de sus hijos.

Al momento cuesta como 100 mil sucres, algo muy difícil de ser
costeado por una mujer pobre.

Los demandados también pueden presentar sus pruebas para negar
su paternidad. Ellas pueden ser declaraciones de testigos y
exámenes médicos. La prueba hematológica es considerada la
mejor que puede aportar un hombre para negar su paternidad,
pues analiza rasgos genéticos.

Cortos

Maribel Chávez, empleada doméstica de 29 años y madre de una
niña de cuatro años, resolvió conseguir el reconocimiento del
padre de su hija, con el fin de lograr luego una pensión de
alimentos.

Desistió, porque no tenía testigos ni ninguna otra prueba,
cuando falló la iniciativa para que el padre reconociera a la
niña voluntariamente y después de que un servicio jurídico le
pidió para un escrito 500 sucres y le planteó la necesidad de
un examen de sangre.

El costo de esta prueba bordeaba los 30 mil sucres y estaba
muy por encima de la capacidad económica de Maribel, quien
obtiene un salario mensual de 30 mil sucres .

La mayoría de pedidos de alimentos provienen de mujeres de
entre 25 y 29 años, por lo general madres solteras que han
sido engañadas o vivieron en una unión libre y fueron
abandonadas cuando descubrieron que el hombre era casado y que
tenía otra familia.

"Por lo general -dijo Bety Vázquez, del servicio jurídico de
la Casa de la Mujer- llegan angustiadas, desorientadas y
necesitadas de apoyo por la situación de violencia sexual y
sicológica que viven en su hogar. La mayoría se dedican a los
quehaceres en su casa, solo algunas trabajan fuera del hogar.
Son muy pocas las que han optado por un título profesional,
pues la mayoría ha acabado solo la primaria o el ciclo básico.
También hay muchas analfabetas".

En el caso de madres cuyos niños no están reconocidos es
preferible primero seguir el juicio de alimentos pues en la
misma audiencia se puede conseguir el reconocimiento.

Muchos hombres niegan su paternidad y arguyen que son
impotentes o estériles.

"Tuve un caso concreto de un hombre que adujo esterilidad y
pidió el espermatograma, el examen para establecer su
fecundidad. Se determinó una fecha pero no se hizo la prueba,
se fijó otra vez pero tampoco se realizó. Después el tipo
presentó un examen que aseguraba que era estéril, pero la
muestra no había sido tomada en presencia del perito designado
por los jueces. Si un hombre se niega no hay fuerza capaz de
obligarle a hacerse el espermatograma, así intervenga la
policía" recordó Vázquez.

"En los tribunales de menores lamentablemente hay personal que
no tiene ética profesional y falta una conciencia de los
problemas que afectan a las mujeres que van allá . Hay casos
de mujeres que reciben un trato soez, grosero, insultos, y a
veces esperan una, dos horas para luego no ser atendidas":

A juicio de Vázquez, hay que agilitar, y modernizar la
función jurisdiccional, pues los trámites podrían ser rápidos.
Pero "el problema un poco es por falta de personal técnico,
porque hay una aglomeración de procesos. Todavía usamos
técnicas obsoletas."Hay procesos archivados desde hace años,
que si se los quiere activar no hay modo de hallarlos porque
los archivos son un desastre. Por otro lado el personal ni
agilita nada sino es con coimas que ahora son del orden de los
5 mil sucres".

La legislación ecuatoriana establece que los trámites para
conseguir pensiones de alimentos, su incremento o para lograr
el reconocimiento de un menor sean llevados a cabo por
abogados.

Hace unos meses surgió la iniciativa de procurar una reforma
legal para que estos trámites se volvieran administrativos y
no requirieran la presencia de un abogado. Pero los casos de
alimentos son los que más se llevan en la práctica diaria y
todos los abogados de la república se opondrían a esta
reforma, pues se quedarían sin trabajo. Es de consenso entre
los juristas y quienes trabajan por o con la niñez que debería
reformarse la ley para que los casos que se refieren a menores
fueran solo conocidos en los tribunales de menores, con el fin
de que hubiera un conocimiento integral de la situación del
menor.

"Vamos a proponer que dentro de las reformas que se deban
introducir se establezca una que dé la competencia en los
casos de menores solo a los tribunales de menores" afirmó
Enrique León Palacios, presidente de la Corte Nacional de
Menores.
EXPLORED
en Autor: Consuelo Albornoz - [email protected] Ciudad N/D

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