Quito. 20 abr 2000. Los más de 350 institutos técnicos y
tecnológicos del país serán regulados por el Consejo de Educación.
La evaluación también es para los profesores. El punto polémico es
la conformación del Conesup.

UN CONESUP REGULADOR

La nueva Ley de Educación Superior aprobada el jueves 13 en el
Congreso Nacional crea el Consejo Nacional de Educación Superior
(Conesup) en reemplazo del actual Conuep. El Conesup es el
organismo regulador, planificador y coordinador del Sistema
Nacional de Educación Superior. Estará integrado por nueve
miembros: cinco serán rectores elegidos por las universidades y
escuelas politécnicas, dos son del sector público (el Ministro de
Educación y el representante del organismo de ciencia y
tecnología) y uno del sector privado electo por las cámaras de la
producción y los colegios profesionales. Esta conformación es
cuestionada por el Conuep. Para su presidente, Medardo Mora, el
Conesup vulnera la autonomía universitaria pues se convierte en un
supraorganismo donde sectores no vinculados al quehacer
universitario tendrán enorme protagonismo. Se planteará una
reforma.

UN FRENO A MAS CENTROS

La Ley establece parámetros rigurosos para la creación de nuevas
universidades y escuelas politécnicas. Estas serán autorizadas
mediante ley expedida por el Congreso, previo informe favorable y
obligatorio del Conesup. Los centros postulantes tienen que
presentar una propuesta técnico académica que incluya una buena
infraestructura física y tecnológica, la oferta académica de las
carreras, los planes curriculares. Asimismo, se debe comprobar que
por lo menos el 25 por ciento de la planta docente tenga título
académico de postgrado. Si no se cumplen estos requisitos el
Conesup lo desaprobará. En este punto el Conuep también tiene
reparos. Su Presidente señala que en este capítulo no se
establecen mecanismos que permitan corregir, frenar o sancionar la
proliferación de universidades piratas y de cursos de postgrado
que no tienen la aprobación del Consejo.

CONTROL A INSTITUTOS

Los más de 350 institutos superiores técnicos y tecnológicos, los
institutos de música, danza, teatro, arte, educación religiosa y
los conservatorios legalmente autorizados por el Ministerio de
Educación pasan a control del Conesup. En un plazo de 180 días
desde la expedición de esta ley presentarán al Conesup la
documentación que justifique su funcionamiento. También se
establecen estrictos requisitos para la creación de nuevos
institutos: investigación del mercado ocupacional y de la demanda
social de las carreras, que de preferencia deben ser nuevas;
estadística que justifique el número de bachilleres aspirantes,
detalle de las instituciones similares existentes en el lugar y
provincia indicando las carreras que ofrece, planificación
curricular, perfiles profesionales, infraestructura física,
profesores con título universitario.

NO A LOS REPETIDORES

La participación estudiantil en el cogobierno universitario se
flexibiliza. La Ley determina una banda que va del 10 hasta el 50
por ciento del total del personal académico con derecho a voto.
Para Antonio Posso, ex rector y actual diputado, este punto es
importante porque cada universidad sabrá determinar qué porcentaje
de representación estudiantil tendrá el cogobierno. En el caso de
los empleados se elimina el cogobierno para la participación en
eventos de carácter académico. La ley también quiere acabar con la
politiquería. Ahora para ser dirigente estudiantil los candidatos
deben tener un promedio de calificaciones equivalente o superior a
muy buena, haber aprobado los dos primeros años lectivos o su
equivalente, no haber reprobado el año regular o ciclo inmediato
anterior y no haber sido sancionado por una falta considerada
grave.

LOS DOCENTES A PRUEBA

Para ser profesor regular de una universidad o escuela politécnica
se requiere tener título universitario o politécnico y ganar el
correspondiente concurso de merecimientos y oposición. Los
maestros serán evaluados anualmente en su trabajo y desempeño
docente. En el reglamento que expedirá el Conesup se establecerán
los criterios de evaluación y los estímulos académicos y
económicos. El sistema garantizará su capacitación y
perfeccionamiento permanentes. En los presupuestos de los centros
constarán de manera obligatoria partidas especiales destinas a
financiar créditos blandos, becas y ayudas económicas para
especialización, semestres, años sabáticos y pasantías. Las
universidades, en el plazo de 5 años deberán tener en su planta
docente por lo menos un 30 por ciento de profesores con título de
postgrado. Los maestros que laboren en los centros sin poseer
título tienen 4 años de plazo para obtenerlo.

SOLO PARA LOS MEJORES

El Congreso acogió la propuesta del Conuep en el sentido de crear
un Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación
Superior, que funcionará en forma autónoma e independiente, en
coordinación con el Conesup. A este sistema deberán incorporarse
obligatoriamente las universidades, escuelas politécnicas e
institutos técnicos y tecnológicos.

El objetivo es asegurar la calidad de las instituciones y fomentar
procesos permanentes de mejoramiento de la calidad académica y de
gestión. Cada centro deberá rendir cuentas de sus resultados. Sin
embargo, según el Conuep, la Ley no dejó abierta la posibilidad de
que si un centro no responde pueda unificarse con otra universidad
(una especie de tutoría).

En el futuro el sistema de asignaciones presupuestarias por parte
del Estado tendrá como base criterios de calidad y desempeño
académico.

SANCIÓN PARA EL PLAGIO

El Consejo Nacional de Educación Superior, previo informe y
recomendación del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación,
dispondrá la suspensión de la entrega de fondos a una institución
de educación superior cuando una o más carreras no cumplan los
estándares académicos o cuando, a pesar de la recomendación de
supresión de la carrera, la universidad o escuela politécnica
decida mantenerla. El máximo órgano colegiado de cada centro
investigará y sancionará con la destitución del cargo a los
responsables de falsificación o expedición fraudulenta de títulos
u otros documentos que pretendan certificar dolosamente estudios
superiores. Igualmente se sancionará a quienes plagiaren tesis,
investigaciones o trabajos para obtener calificaciones y títulos.
La Ley también prohíbe la propaganda político partidista al
interior de los centros. (Texto tomado de El Universo)
EXPLORED
en Ciudad Quito

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