La Constitución Política de Ecuador, aprobada en 1998, ordena que todas las instancias que administran justicia deben pasar obligatoriamente a la Función Judicial. Las intendencias, comisarías y tenencias políticas siguen funcionando con el esquema penal anterior, pese a que el nuevo Código de Procedimiento Penal eliminó la figura de la intendencia y su capacidad para juzgar las contravenciones. Este poder lo mantienen hoy los intendentes bajo el amparo de un instructivo ministerial

La Intendencia General de Policía de Pichincha grafica legal y fisícamente una realidad nacional: esta instancia administrativa es contradictoria con la legislación ecuatoriana, en materia penal, y su infraestructura ya no responde a la demanda ciudadana.
En las oficinas de Quito, en la calle Salinas y Santiago, trabajan 20 personas, cinco de ellas para atender 100 denuncias diarias en promedio. Desde el año pasado, el SRI le pide desalojar las instalaciones. Y, en sus archivos, una chispa puede acabar con años de registro.
Y más: el ex intendente Víctor H. Olmedo explica que las intendencias, comisarías y tenencias políticas están con funciones prorrogadas hasta que el Congreso Nacional norme y cree, vía ley, los juzgados de contravenciones.
Hasta ahora, y a pesar de que la Constitución vigente obliga a nuevas normas y procedimientos, la ambigüedad legal ha permitido que, a través de un simple reglamento funcional ejecutivo, se transfieran poderes y atribuciones a los intendentes, que van más allá del simple control de actividades relativas a la seguridad ciudadana y a las normas de la sana convivencia.
En primera instancia, un intendente es un juez de contravenciones y subsistencia. Es decir, está en capacidad de juzgar y aplicar sanciones de acuerdo con las normas del nuevo Código de Procedimiento Penal. Este es un primer poder que, aun con las limitaciones, señala la diputada Cinthya Viteri, tiene la capacidad de afectar a uno de los derechos fundamentales, como es la libertad de las personas, pues puede disponer la prisión de los supuestos infractores. En el Art. 17 del nuevo Código de Procedimiento Penal (vigente desde julio de 2001) figuran los jueces de contravenciones (no los intendentes) entre los órganos de la jurisdicción penal, aunque aún no está regulado su campo de acción.
El Código anterior (1983) sí establecía la prerrogativa del intendente para juzgar las contravenciones. Pero en la reforma a ese cuerpo legal se eliminó la figura de intendentes, comisarios y tenientes políticos, precisamente para armonizar la ley con el principio constitucional de la unidad jurisdiccional, dice el magistrado Ernesto Albán Gómez (magistrado de la Corte Suprema y ex asambleísta).
Ese poder de juzgar de los intendentes expresa una primera contradicción, asegura Cinthya Viteri, puesto que, por un lado, la Constitución consagra la independencia de la Función Judicial, por otro, una autoridad ejecutiva es la que designa, a través de un acto político, al referido "juez de contravenciones", el intendente. Para Albán Gómez, la privación de la libertad es una prerrogativa del juez o un tribunal penal.
Pero la figura de un juez como intendente (menos aún imparcial) es la que menos se impregna entre los ciudadanos. No así con la de la autoridad cohercitiva, que ve por la seguridad, la entrega de permisos y el control de funcionamiento de locales, que es la otra arista del poder de los intendentes. Aunque esta facultad sí está establecida en la Ley de Defensa del Consumidor.
Y hay un tercer elemento: la capacidad de los intendentes para ordenar la detención y la deportación de extranjeros que no tengan sus permisos de permanencia en el país, como sucedió con el guerrillero de las FARC "Simón Trinidad", que fue detenido en Quito y enviado de inmediato a Colombia por indocumentado. Prerrogativa señalada en la Ley de Migración.
Esa traspolación de competencias, de lo judicial a lo político, es un arma de los gobiernos para contrarrestar a sus opositores. El caso más reciente fue la detención del dirigente indígena Humberto Cholango, por disposición del ex intendente Fabián Villarroel. Otro ejemplo de esta utilización política, aunque como una estrategia mediática, fue el aparecimiento en cadena de televisión del ex intendente Olmedo, en lugar de un funcionario de primer nivel, para refutar las críticas que hizo el líder del PSC León Febres Cordero en contra del ex presidente Gustavo Noboa.
Y es que ese poder del intendente ha sido históricamente amplio. Igual se ha ordenado la prisión del propietario de un bar por vender licor a menores de edad, se ha multado administradores de night club por no cumplir los horarios o se ha sancionado a los especuladores. También ha dispuesto la prisión de autoridades elegidas por el voto popular. Así, en 1985, el intendente de Guayas, Enrique Camposano, ordenó la prisión del alcalde de Guayaquil, Abdalá Bucaram, por una contravención (injurias y propalar rumores falsos), lo que provocó la salida del burgomaestre a Panamá.
Pese a todos estos antecedentes, la limitación de los poderes judiciales de los intendentes está congelada en el Congreso, en donde reposa la nueva Ley Orgánica de la Función Judicial. Según el Art. 390 del nuevo Código de Procedimiento Penal, ese cuerpo legal debe establecer el marco global de los jueces de contravenciones, para operativizar su acción. (OP/LB)

Guayaquil: el ciudadano no confía en un ente pese a la sistematización

La tarea de los inspectores es cuestionada. La intendenta dice que ese cargo no existe. Las multas se pagan en el BNF

La Intendencia de Policía de Guayas es quizá el cargo político más inestable en la provincia por las numerosas denuncias de corrupción o presiones políticas que provocan la salida de los intendentes.
Así, en febrero de 2003, el ex intendente Hipólito Rodríguez fue destituido por el entonces gobernador Carlos Pólit, acusado de estafa y de presuntas coimas. Rodríguez también habría cometido irregularidades en la liberación de 16 inmigrantes chinos, detenidos el 3 de febrero de 2003.
Entonces, Rodríguez negó rotundamente las acusaciones, pero aceptó que hubo fallas de procedimiento. El 28 de febrero renunció y se convirtió en el primer funcionario del Gobierno en ser destituido.
Días después se posesionó Arturo Pérez Castillo. Tras solo dos meses en el cargo renunció sin dar explicaciones. En los corrillos hubo rumores de que esa salida se debió a presiones del diputado Renán Borbúa en favor de otros candidatos.
Desde mayo de 2003 está en funciones Flor María Merino de Zevallos, como parte de un compromiso del Gobierno con su esposo, Carlos Zevallos, ex presidente de la Cámara de Agricultura del Litoral y ex crítico de Lucio Gutiérrez. Se mantiene desde las gobernaciones de Carlos Pólit, Alberto Merchán y Felipe Mantilla.
En las intendencias se observa a decenas de personas tratando de resolver denuncias y clausuras o buscando la boleta de libertad. También hay tramitadores que cobran por la gestión; en reemplazo de los inspectores que cumplían ese papel hace pocos años. El costo de sus servicios depende de la urgencia y del caso.
Por lo general, los ciudadanos son reservados con la prensa. "Mi local fue clausurado hace poco... me citaron y estoy aquí... no estoy dispuesto a pagar coima alguna porque no he cometido dolo", dijo un ciudadano que no quiso identificarse.
La intendenta Merino asegura que trabaja directamente en operativos con los comisarios y sus ayudantes, por lo que "los actos de corrupción se han evitado". Indicó que no ha colocado a nadie en la Intendencia por el bajo presupuesto, pese a la necesidad para ejercer los controles.
El sistema de computación incorporado es el nuevo filtro. En días pasados se detectó una anormalidad cuando una persona pidió una copia de una denuncia que nunca hizo. Las denuncias ingresan al sistema. Pese a todo, los ciudadanos no confían en la tarea de la Intendencia, según un sondeo realizado por HOY. (GVL)

En Azuay hay nuevas tareas con la misma infraestructura

Las condiciones de trabajo no satisfacen las exigencias de la ciudadanía ni del Estado

En un edificio antifuncional, que recién recibió "una mano de gato" cuyo costo supera los $12 mil, la intendencia de Policía del Azuay tramita entre 15 y 20 solicitudes, entre deportaciones (en especial de peruanos), violencia familiar y contravenciones, sin contar las comparencias, que sobrepasan las 25.
En las oficinas trabajan un comisario para toda la provincia y cinco personas más, entre secretarios y alguaciles. "Somos intendencia de quinto orden", señaló uno de los empleados. Cuentan con un carro de los años ochenta. Cada dos meses va a revisión.
Si bien los trámites toman el tiempo normal, los ciudadanos se quejan por la falta de firmeza en una lucha contra los piratas de CD. "Los de la Intendencia saben muy bien en dónde se encuentran y cómo se llaman", dijo un dueño de un almacén de música en Cuenca.
La Intendencia implementó, por pedido de la ciudadanía, mayor control a los espectáculos públicos por varias irregularidades, como estafa, por ejemplo en el concierto de Camilo Sesto, que nunca se realizó, el año pasado. Ahora, para conceder una autorización primero deben llegar los artistas a Cuenca. "Eso está muy bien", dijo Jorge Gallegos empresario artístico.
"Hemos desterrado las coimas, palanqueos o amistades", señaló el ex intendente Fredy Castro. Los trámites son gratuitos y los pagos por multas se realizan en el Banco de Fomento o en el Municipio. (RMT))

Esmeraldas: la conflictividad aviva las prácticas que se intenta desterrar

Las autoridades aseguran que hay la disposición de moralizar la administración. El intendente no tiene título

Históricamente, la tarea de la Intendencia de Esmeraldas no ha estado exenta de la corrupción y de las presiones políticas. Y la conflictividad social ha abonado para que esta instancia se mueva "al filo de la ley". Esta es la percepción de algunos líderes esmeraldeños sobre un ente al que consideran eminentemente político.
Esa arista está dada por los niveles de presión que puede ejercer la autoridad frente a circunstancias que también pueden tener motivaciones políticas. En ese campo entran las invasiones, que en la "provincia verde" tienen un promedio de concurrencia grave por las tres a cuatro denuncias que se presentan por día.
De por sí, la solución a ese tipo de problemas concentra buena parte de la gestión de esta instancia, dice el actual intendente, Carlos Perlaza. La atención a este fenómeno social va paralela al tiempo que se dedica a otro tipo de contravenciones, con un promedio de ocho denuncias diarias, además de decenas de citaciones que emite la dependencia, hasta 40 en un día.
Todo eso lo tienen que resolver cuatro personas, que es el personal adscrito a la Intendencia, cuya gestión va pareja a los operativos de control de precios, la coordinación de la seguridad ciudadana y la verificación de horarios de los locales nocturnos, muy activos en esta provincia.
Toda eso ha impedido antes que se cumpla con una función social, asegura Perlaza. Para otros sectores eso ha servido para buscar acuerdos "por debajo de la mesa". El intendente asegura que en su administración, desde el 1 de agosto de 2003, no ha visto irregularidades. "Cuatro personas difícilmente escapan del control", sostiene Perlaza, funcionario de carrera (20 años) y miembro de Sociedad Patriótica, que ha sido cuestionado por no ser abogado.
Según Perlaza, hay la orden de moralizar: evitar la coima y la extorsión. Todo conflicto se tramita en el despacho del Intendente, dice. Pero las limitaciones económicas revelan la vigencia de otras prácticas, como la de entregar cierta cantidad de dinero para movilización y alimentación para algún tipo de operativo. "Unos $60", según un denunciante que esperaba la orden de desalojo de su predio.
La superposición de tareas es otra de las polémicas. El caso de la piratería de películas ocupa hoy a la Intendencia y al SRI para controlar a unos 90 comerciantes, algunos de los cuales denunciaron ser víctimas de presiones. (LB)

Ahora, en Chimborazo se recauda más por las multas

El Colegio de Abogados chimboracense cuestiona la designación de un coronel en retiro

En Chimborazo, la Intendencia de Policía no es ejercida por un abogado. Esto encendió una polémica entre el Colegio de Abogados de Chimborazo y la Gobernación. Los primeros exigían la remoción de Vladimir Fierro, un coronel retirado del Ejército, quien antes fue comisario nacional de Riobamba.
Fierro se defiende: "La ley dice que para ser intendente se debe estar en goce de los derechos de ciudadanía y tener más de 25 años de edad". Pero él va más allá: "Ciertos abogados se pelean por la Intendencia, porque hay un mal uso de las multas que se cobran". Y cita un ejemplo: hace un año se depositó por multas, en un mes, la cantidad de $0,50; hace seis meses la cifra subió a $200. "Yo en enero mandé a depositar $1 200 de multas. Mire la diferencia".
Según un resumen realizado por la Intendencia, el monto máximo depositado en administraciones anteriores asciende a $260. "Yo me conformo con mi sueldo de $420", explica.
Las multas impuestas por la Intendencia son depositadas en una cuenta del Banco del Pichincha a nombre del Centro de Rehabilitación Social. La intendencia de Chimborazo fue fiscalizada el mes anterior.
Para Mauro Andino, ex presidente del Colegio de Abogados, "lo que que se hacía antes era improcedente e ilegal. Muchas veces las multas eran pagadas en las oficinas de la Intendencia, pero uno se preguntaba adónde iban a parar esos dineros". (JP)

Lo que ordena la Constitución Política

La vigésimo sexta disposición transitoria de la Constitución Política de Ecuador plantea: "Si otros funcionarios públicos tuvieren entre sus facultades la de administrar justicia, en determinada materia, la perderán, y se la trasladará a los órganos correspondientes de la Función Judicial. El Consejo Nacional de la Judicatura presentará al Congreso Nacional los proyectos que modifiquen las leyes pertinentes, para que estas disposiciones puedan cumplirse".
Y más adelante indica que "los bienes y el presupuesto de esas dependencias se transferirán a la Función Judicial".
En el caso de intendencias, comisarías y tenencias políticas está pendiente la realización de esta disposición. (OP)

Es obligatorio el título en Ciencias Jurídicas

Según el Orgánico funcional del régimen sección del Gobierno, se dispone que "en cada provincia habrá un intendente general de Policía, nombrado por el gobernador respectivo, quien supervisa y coordina bajo su dirección el Comando de la Policía Nacional acantonada en la misma".
Además, se señala que "siempre que llegare a conocimiento del intendente u otra de las autoridades de Policía que se trate de cometer, o que se está perpetrando un delito o contravención, tomarán las medidas adecuadas y oportunas para impedir la realización del hecho penal, o su continuación, aun valiéndose de la fuerza; sujetándose a las disposiciones correspondientes del Código de Procedimiento Penal".
Para el ejercicio del cargo se debe tener el título en Ciencias Jurídicas y similares. (OP)(BLANCO Y NEGRO)
EXPLORED
en Ciudad Quito

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