LA DESTITUCION, por Juan Falconí Puig

Quito. 24.10.10. (Opinión). La que en su momento se denominó
la "mayoría de la mano alzada" adoptó en el Congreso, varias
resoluciones inconstitucionales. Entre ellas, las más
conflictivas, la que destituía a la Corte Suprema de Justicia,
ahora declarada inconstitucional por el Tribunal de Garantías
Constitucionales; la que concedía amnistía al abogado Abdalá
Bucaram, no obstante que no estaba afectado por juicio
político alguno y que la amnistía es general y no individual.
El tercer proyecto era el encaminado a descalificar diputados,
desconociendo la instancia competente, la del Tribunal
Electoral y no obstante que no había causas supervinientes que
ameriten la descalificación.

Así las cosas, un grupo mayoritario de diputados, en actitud
prepotente, altanera y agresiva hizo cuanto quizo, sin que le
importe que el país vea absorto su comportamiento a través de
las cámaras de televisión. La desfachatez fue tal, que se
negaba lo que estaba grabado y transmitía la TV. Pero llegó
la gota que derramó el vaso y a ésta se sumaron otras que
fueron el detonante para terminar con el manejo del Congreso
como si se tratase de una vulgar pelea callejera, al más puro
estilo "atala".

La agresión a tres diputados; la carta de Sixto Durán Ballén,
criticando a su propio partido por protagonizar los hechos
antes anotados; la proclamación de resultados en las
votaciones, distintos a los reales; y, el negar la
reconsideración planteada por la economista Calderón de Castro
constituyeron la suma de hechos que llevó al resto de
diputados a concluir en que, si no se unían y convenían
respecto de ciertos puntos concretos relativos a la marcha del
Congreso, continuaría imperando la barbarie.

La destitución llega después de una conminatoria al doctor
Bucaram de ajustarse a la Constitución y la ley, y aunque no
hay, porque a nadie hasta aquí se le hubiera ocurrido
necesaria una norma que diga que el presidente del Congreso
podrá ser destituido cuando faltare sistemáticamente a sus
obligaciones, o cuando violare permanentemente la Constitución
en la dirección de las sesiones, ciertamente que se produjo un
estado de necesidad que encuadra en el marco general de la
teoría del Derecho.

En efecto, el principio aplicable no es el de que en Derecho
las cosas se deshacen de la manera que se hacen, porque éste
dice relación al procedimiento. Pero también en Derecho,
quien puede lo más puede lo menos, dogma jurídico que ante las
causas graves que se han dado, bien ha podido permitir al
mismo número mayoritario de votos que eligió a Bucaram,
defenestrarlo. No hay Constitución rota, ni mucho menos;
simplemente se le ha aplicado su propia medicina, pues,
proclamaban que la mayoría todo lo puede, y esa mayoría pero
con otros nombres, es la misma que lo destituyó.

Tampoco se afecta la Constitución porque un grupo de policías,
lo haya desalojado de un despacho que ocupaba indebidamente.
No salió muerto como había ofrecido, sino caminando y rogando
que le garanticen la vida. ¿Dónde la violación
constitucional? ­La Constitución tampoco dice que está
prohibido a la policía limpiar los despachos de los edificios
públicos!

El gobierno sólo puede reconocer un presidente del Congreso y
obviamente que reconoce al doctor Bonilla, como antes
reconoció al doctor Bucaram, elegido por el mismo número de
votos después que se nombró otro director de la sesión del 10
de agosto pasado, lo que tampoco estaba previsto en la
Constitución. Fue el doctor Bonilla quien por escrito
solicitó la desocupación de su despacho. El resto es historia
harto conocida que debemos decidirnos a superar
definitivamente, por el bien del país y sus instituciones.La
destitución está consumada y no hay otra función en nuestra
organización republicana que pueda revocarla o suspenderla,
salvo el Tribunal de Garantías. (A-4).

EXPLORED
en Autor: Juan Falconí - Ciudad N/D

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