VARIOS DIPUTADOS acusan a los miembros de la comisión de legislación, de modificar y derogar artículos.

La comisión de codificación del Congreso Nacional armoniza las leyes y también las modifica

ACTUALMENTE LA INTEGRAN cuatro profesionales del derecho con sus suplentes, elegidos por el pleno; inicialmente eran siete vocales.

El organismo funciona en el octavo piso del edificio Alameda, en Quito, a pocos metros del antiguo Banco Central del Ecuador (BCE), que fue cedido al Congreso Nacional en febrero de 2003, a raíz del incendio del Palacio Legislativo.

La Comisión de Codificación del Congreso nació con la nueva Constitución, aprobada en 1998.

Sus atribuciones son: preparar proyectos de ley, codificar leyes y disponer su publicación, y recopilar y ordenar sistemáticamente la legislación ecuatoriana. Así lo establece el artículo 139 de la Carta Política.

Los miembros de ese organismo no son diputados. Ellos son profesionales del derecho, elegidos por el pleno del Congreso. Deben durar en funciones seis años y pueden ser reelectos.

La Constitución dice que la Comisión debe estar integrada por siete vocales, pero hace dos años esta empezó a “desarmarse” y actualmente funciona con cuatro. El Congreso todavía no designa a los reemplazos.

El proceso de legislación sigue varios pasos: el pleno de los diputados aprueba los proyectos en segundo debate. Luego pasan a la Dirección de Servicios Parlamentarios, donde se levantan los textos que luego revisa la Secretaría del Congreso.

Desde allí salen a la Presidencia de la República. El presidente puede vetarlos (total o parcialmente) o sancionarlos. Después el proyecto se envía al Registro Oficial y con la promulgación se convierte en Ley.

La Comisión de Codificación entra en escena posteriormente, para armonizar y racionalizar el sistema normativo. Es decir, ordena las leyes existentes en un cuerpo legal estable y unitario.

El diputado Andrés Páez (ID) denuncia que la Comisión no se limitó a codificar las leyes sino que ha suprimido, derogado y excluido las disposiciones de varios cuerpos legales.

Es decir, los comisionados habrían rebasado sus facultades y asumido funciones de legisladores.

Estos son los únicos facultados por la Constitución para aprobar o modificar leyes.

Páez sostiene que los comisionados han incurrido en una infracción de carácter penal, porque su actuación constituye arrogación de funciones.

En esto concuerdan, entre otros, los diputados Marcelo Dotti (PSC) y Segundo Serrano (PSE), quienes conminaron al presidente del Congreso, Wilfrido Lucero, a pedir cuentas a los miembros de la Comisión de Codificación. (AA/MCV)

Modifican varios incisos del Código del Trabajo

Los menores ya no pueden recibir directamente su remuneración como lo establecía el artículo n.º 35

En el caso del trabajo infantil, la Comisión eliminó la facultad que tenían los menores para recibir directamente su remuneración.

El último inciso del artículo 35 del Código de Trabajo señalaba: “Los menores recibirán directamente su remuneración”. Pero eso no consta en la codificación publicada en el Registro Oficial del 16 de diciembre de 2005.

El segundo inciso del artículo 134, del mismo Código establecía que el trabajo de los menores debía ser autorizado por el Tribunal de Menores entre los 12 y 14 años de edad.

En la codificación, esa facultad pasó al Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia y las edades se cambiaron a 14 y 15 años.

Asimismo, el artículo 151 decía que las autoridades de trabajo y de los tribunales de menores debían inspeccionar los medios y condiciones del trabajo de los menores. En la codificación, se reemplazó al tribunal por el Consejo de la Niñez.

En lo relativo a los contratos de aprendizaje, el Código hablaba del consentimiento de los padres o guardadores de los menores para los contratos de aprendizaje. Esto se eliminó en la codificación.

Así se contabilizan 37 modificaciones u omisiones al Código del Trabajo, que tocaron 24 artículos. Esto lo determina un estudio comparativo realizado por la Comisión Legislativa de lo Laboral. (AA/MCV)

La "denegación" pasa a ser "aceptación", en un Código

Un análisis sobre la codificación tributaria señala que los cambios son de alto riesgo para la tutela jurídica

El principio del artículo 102 del Código Tributario, sobre la “denegación tácita”, fue cambiado por “aceptación tácita” en la codificación.

Asimismo, los delitos tributarios se limitaron a la defraudación.

Antes eran: no emitir comprobantes de ventas, no llevar libros y registros contables, no presentar declaraciones tributarias y no permitir el control de la administración tributaria.

También salieron del Código las normas referidas a la naturaleza, conformación, períodos, estructura y atribuciones de los tribunales distritales de lo fiscal. Esto, según un análisis de la codificación, “es de alto riesgo para la tutela jurídica que debe otorgar el Estado a los contribuyentes”.

Lo mismo pasó con las normas sobre la denuncia, del sumario, de los recursos y consultas, del trámite de los recursos y de las contravenciones.

El estudio menciona que la Comisión argumentó que, en esos casos, serían aplicables las disposiciones del Código de Procedimiento Penal, pero los analistas precisan que los comisionados no han justificado jurídicamente ese criterio.

Asimismo se eliminó el sorteo de las causas, de modo que un infractor podría escoger el juez para su proceso.

Además se detectaron otras ocho supresiones de artículos, 25 variaciones al texto original y la introducción de 12 nuevas normas. (AA/MCV)

"Ningún poder público puede ejercer facultades distintas a las establecidas en las leyes"

El presidente del Congreso, Wilfrido Lucero, recibió información sobre el tema en cuatro ocasiones, pero hasta el momento no hay una investigación a fondo para saber cómo ha actuado la Comisión.

El presidente de la Comisión de lo Laboral y Social del Congreso, Andrés Páez, sostiene que los miembros de la Comisión de Codificación no tienen facultad legal para reformar, sustituir ni modificar las leyes, “como lo han hecho”.

En lo relativo a las modificaciones efectuadas al Código de Trabajo y otras leyes, afirma que estas nunca fueron aprobadas por el Congreso, por lo que los comisionados habrían incurrido en el delito de arrogación de funciones.

Esto, porque ningún poder público puede ejercer otras facultades distintas a las establecidas por la Constitución y las leyes.

Indica que las presuntas irregularidades cometidas por la Comisión fueron detectadas durante la comparación entre el Código del Trabajo y la codificación.

Luego se destapó el caso del Código Tributario, que entre otras cosas, habría confundido el principio de legalidad (no hay tributo sin ley) por el de poder tributario.

Por todo esto, en cuatro ocasiones denunció formalmente los casos ante el presidente del Congreso Nacional, Wilfrido Lucero, a fin de que pidiera la comparecencia de los comisionados ante el pleno. Pero lo único que hubo fue una presentación en la Comisión de lo Civil y Penal.

Como no se ha dispuesto una investigación a fondo, todavía no es posible saber si la Comisión de Codificación actuó de la misma forma en el trámite de los 66 proyectos publicados en el Registro Oficial, desde 1998.

Lo único que hay al momento son varias investigaciones en marcha iniciadas, por cuerda separada, por algunos diputados.

En dos ocasiones, BLANCO Y NEGRO buscó una entrevista con Wilfrido Lucero, pero su asesora de prensa, Carmen Luisa Samaniego, nos informó que estaba demasiado ocupado para atendernos. (AA/MCV)

Dotti: "Quiero creer que los vocales cambiaron las leyes y no ciñeron su trabajo a la letra de la Constitución de buena fe"

El diputado Marcelo Dotti (PSC) quiere creer que los comisionados obraron de "buena fe" al reformar, derogar e interpretar los artículos de algunas leyes.

Señala que la labor de la Comisión se circunscribe a sistematizar las leyes. En su criterio solo deben hacer un "trabajo artesanal" para evitar la superposición de normas o la falta de concordancia entre las 60 mil leyes existentes en el país. "Para eso están ellos", puntualiza.

Indica que la Comisión debe ceñir su trabajo a la letra de la Constitución, no a la doctrina jurídica ni los criterios de los tratadistas.

Dotti reconoce que los proyectos de codificación de leyes son enviados al Congreso y admite que los diputados han tenido otras prioridades y otros temas en agenda, "a veces se descuida la revisión de lo codificado".

Por eso considera que la Comisión se ha aprovechado de esa circunstancia para introducir los cambios según su criterio. (AA/MCV)

"Todos los diputados reciben los proyectos"

Si en 30 días no hay pronunciamiento del Congreso se entiende que la codificación es aprobada.

Al igual que Andrés Páez, el comisionado Ítalo Ordóñez es afiliado a la Izquierda Democrática (ID). También fue diputado hace varios años.

Defiende el trabajo de la Comisión al señalar que esta no puede limitarse a conceptos como la “reforma tácita” o la “reforma expresa” de una norma legal.

Dice que, en doctrina jurídica, cada concepto tiene alcances, tal como lo señalan los tratadistas mencionados por Chalco.

Explica que la Comisión no ha introducido reformas ni ha derogado artículos, porque esa no es su función.

También se muestra extrañado por la denuncia de que las codificaciones de leyes no han sido conocidas por el Congreso e indica que la Comisión las envía a los 100 diputados para que formulen observaciones.

Luego deben aprobarlas en una sola sesión del pleno, como establece la Carta Política.

Si en 30 días no hay el pronunciamiento del Congreso, se entiende que los diputados están de acuerdo con lo realizado por la Comisión y la ley codificada se envía al Registro Oficial.

Ordóñez insiste en que todos los proyectos han sido recibidos por los diputados. (AA/MCV)

"No basta la definición gramatical de codificar"

Además de la Constitución, la Comisión se fundamenta en criterios jurídicos de tratadistas.

El presidente de la Comisión de Codificación, José Chalco, dice que no es suficiente recurrir a la acepción gramatical de “codificar”.

El Diccionario de la Real Academia Española define a esa labor como “hacer o formar un cuerpo de leyes metódico y sistemático”.

Y la Constitución faculta a la Comisión a “recopilar y ordenar sistemáticamente la legislación ecuatoriana”.

Pero Chalco se remite a otras fuentes como la Nueva Enciclopedia Jurídica, El Ordenamiento de las leyes y las opiniones de Ramiro Borja y Borja. Según el presidente, estas fuentes no limitan el trabajo a la sistematización y da a entender que también podrían interpretar las leyes.

“Nosotros hemos buscado la armonización, lo cual podría apreciarse como una arbitrariedad, pero cada artículo codificado conlleva la respectiva fundamentación”, agrega.

Por eso sostiene que el trabajo de la Comisión no se justificaría si solo se limitara a recopilar las leyes, aunque no descarta que en el trabajo realizado pudiera haberse deslizado algún error.

También reclama que el Congreso regule la actividad de la Comisión. (AA/MCV)


Reforman la ley de documentos de viaje y enseguida piden pasaporte diplomático

El pedido se hizo el año pasado para el entonces vocal Jacinto Loayza, actual miembro del Tribunal Constitucional (TC); la Cancillería no halló fundamento para otorgar el documento.

La Comisión de Codificación introdujo una reforma a la Ley de Documentos de Viaje.

En el artículo 8, literal a), incluyeron a los vocales del organismo como beneficiarios de pasaportes diplomáticos.

Con ese antecedente, el 27 de abril de 2005, el vocal Carlos Duque, en su calidad de presidente encargado, pidió al secretario del Congreso, John Argudo, que mediante un oficio solicitara a la Cancillería un pasaporte diplomático para el también vocal Jacinto Loayza. Actualmente este último es miembro del Tribunal Constitucional.

En forma diligente, el secretario trasladó el pedido al entonces canciller Antonio Parra, pero el trámite se detuvo en la Subsecretaría de Asuntos Migratorios, cuya titular, Ximena Martínez, requirió al Congreso información sobre la base legal para la entrega del pasaporte.

En respuesta, Duque informó a la embajadora sobre la reforma del artículo, el cual no había recibido ninguna objeción por parte de los diputados, por lo que daba por entendida su aprobación y la Comisión lo había publicado en el Registro Oficial.

Pese a esto, la Cancillería no otorgó el pasaporte, según lo certificó el director general de Documentos de Viaje, Fernando Chávez.

El actual presidente de la Comisión, José Chalco, no está de acuerdo con la actitud del Ministerio de Relaciones Exteriores. Dice que ellos tienen ese derecho, al igual que los diputados del Congreso y los Parlamentarios Andinos.

Esto, porque la Comisión fue creada en la Constitución de 1998, al mismo tiempo que la representación al Parlamento Andino.

Los diputados Andrés Páez y Marcelo Dotti no están de acuerdo, porque los comisionados no fueron elegidos por votación popular y no tienen el rango de parlamentarios. (AA/MCV)

La codificación de Ley de Drogas ocasiona problemas

La comisión no incluyó una norma interpretativa sobre la extinción de la ley penal, según una denuncia.

El defensor público judicial de Ibarra, Fernando Cantos, denunció la supuesta “extralimitación de funciones” de la Comisión de Codificación.

En una carta enviada al diputado Andrés Páez, menciona la codificación de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, publicada el 27 de diciembre de 2004 en el Registro Oficial.

El denunciante señala que la Comisión no incluyó una Ley Interpretativa relativa a la extinción de la acción penal.

Como consecuencia de ello, señala que esto ha provocado el procesamiento de los consumidores de estupefacientes, detenidos con mínimas cantidades de droga para consumo personal, a pesar de que el consumo no está tipificado como delito.

Señala que en el desarrollo de esta clase de procesos se evidencian tres tipos de conducta judicial: aplicación de la extinción de la acción penal, archivo de la causa en caso de no existir acusación fiscal y auto de sobreseimiento provisional.

Añade que las omisiones de la Comisión violentan el principio de legalidad en todas sus formas y los derechos constitucionales de la seguridad jurídica y del debido proceso. Esto repercute en la libertad y dignidad de la persona. (AA/MCV)

PUNTO DE VISTA

¿Dos Congresos, un solo Estado?

La denuncia del diputado Andrés Paéz (ID) dando cuenta de que la Comisión de Codificación no se ha limitado a armonizar las leyes aprobadas por el Congreso, sino que habría rebasado ese ámbito es un asunto sumamente delicado, que puede tener consecuencias impredecibles.

El diputado Paéz asegura que los integrantes de la Comisión de Codificación han suprimido, derogado y excluido las disposiciones de varios cuerpos legales, asuntos para los cuales no están, obviamente, facultada, por lo que se habrían arrogado las funciones de legisladores, que no les corresponden.

Los casos son múltiples y van desde modificaciones al Código de Trabajo y otras leyes, que nunca habrían sido siquiera aprobadas por el Congreso, entre las que también se halla el Código Tributario, donde hasta se habrían confundido los conceptos.

Pero si estos cambios y libres interpretaciones son de por sí preocupantes, también resulta extraño que las autoridades no hayan llamado a los miembros de la Comisión de Codificación para que comparezcan ante el Pleno, tal como se ha pedido al titular de la Legislatura.

Solamente el sentido común nos lleva a concluir que un grupo de cuatro o siete abogados, por más ilustres que sean, no pueden modificar asuntos legales resueltos por un Congreso, donde no solo hay un mayor número de profesionales, sino donde se ha debatido el tema.

Por lo demás, que los integrantes de la Comisión de Codificación se crean con derechos para hacerse acreedores a un pasaporte diplomático, no es más que la parte anecdótica de esta historia, y la evidencia de que, en nuestro país, todos intentan sacar ventaja de cualquier posición.

Pero no hay que confundirse: lo central es la alteración de los textos aprobados por un cuerpo legislativo, a manos de cuatro o siete abogados, lo cual luce insensato, pues ningún Estado tiene dos Congresos. (TFF)(BLANCO Y NEGRO)
EXPLORED
en Ciudad Quito

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