El Seguro Social Municipal y las leyes

El artículo 55 de la Constitución establece que la Seguridad Social será deber del Estado, y derecho irrenunciable de los ciudadanos de este país, la que prestará con la participación de los sectores público y privado, únicamente de conformidad con la Ley.
Pero la Ley Orgánica de Régimen Municipal, en su artículo 12, dispone cuáles son los fines del Municipio, entre ellos satisfacer las necesidades colectivas del vecindario, especialmente las derivadas de la convivencia urbana, cuya atención no competa a otros organismos gubernativos, como sería el caso del Seguro Social Municipal, que invadiría el campo del Seguro General Obligatorio.
El último inciso del artículo 58 de la Constitución señala que la Fuerza Pública podrá tener entidades de Seguridad Social, pero no facultad para ello a los organismo seccionales.
En el artículo 15 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, entre las funciones primordiales del Municipio, no consta la prestación de la Seguridad Social pues esta es un deber único del IESS.
El numeral 4 del artículo 141 de la Constitución ordena que será necesaria la expedición de una Ley para atribuir deberes o cargas a los organismos del régimen seccional autónomo.
El artículo 9 de la Ley de Descentralización del Estado y su respectivo Reglamento, cuando tratan de las transferencias de funciones, atribuciones y responsabilidades de diferente clase del Ejecutivo a los Municipios, tampoco mencionan a la Seguridad Social.
El artículo 226 de la Constitución dispone que podrán descentralizarse únicamente aquellas competencias que ejerza el Gobierno Central; pero tratándose de la Seguridad Social es responsabilidad del IESS, que es una entidad autónoma y, por tanto, no dependiente de la Función Ejecutiva.
Finalmente, el artículo 59 de la propia Constitución, en su inciso cuarto, establece que los fondos y reservas del Seguro Social serán propios y distintos de los del Estado, y servirán para cumplir los objetivos de su creación y funciones, sin que ninguna institución del Estado pueda intervenir en sus fondos y reservas, ni afectar su patrimonio; lo que sí ocurriría en el caso de crearse el Seguro Social Municipal.
En consecuencia, solamente reformada la Ley de la materia, respetando las disposiciones constitucionales citadas y, ante todo, legislando de tal forma que no resulten afectados los afiliados y jubilados de todo el país, procedería la creación de un Seguro Social Municipal.
Dr. Ramiro Barona Febres Cordero

‘El dueño del país’

El presidente de los Estados Unidos, del poder y de la grandeza, se cree el dios de la tierra y, con doctrina de justicia infinita, hace lo que le da la gana en el mundo; de idéntica manera nuestro Bush ecuatoriano se cree el dueño del país y hace lo que le da la real y regalada gana.
No está en el poder, pero igual maneja todos los poderes a su antojo. Cuando alguien dice una verdad sin ni siquiera nombrarle dice que le han injuriado; en ninguna parte decir la verdad es un delito. El doctor Rodrigo Fierro jamás le ha injuriado al antes Felino, hoy Perro con Hambre de injusticia, y sin embargo este le planteó una querella.
Recordemos por qué el ex presidente Noboa está en el exilio porque, en una de esa peleas de compadres, le dijo al que sabemos ‘Olafo y matón de barrio’. Así como Bush es el terror del mundo, el dueño del país es el terror de los ecuatorianos.
Luis Alfredo Ramón

"Contraloría desvanece responsabilidades"

En el mes de mayo de 2002, se publicaron en HOY varias noticias que hacían referencia a unas glosas que la Contraloría General del Estado había emitido en contra de mi persona, cuando desempeñaba las funciones de presidente de la Concentración Deportiva de Pichincha.
Adjunto a la presente la copia de la Resolución 6495 de fecha 14 de julio de 2003, firmada por el Contralor General del Estado y María Patricia Alcocer, secretaria de Responsabilidades, mediante la cual resuelve ‘Desvanecer las responsabilidades civiles formuladas’.
Como en su momento, estas publicaciones perjudicaron mi nombre y bien ganado prestigio a través de más de 30 años como dirigente del deporte ecuatoriano, me permito solicitar la publicación correspondiente, a fin de que la ciudadanía conozca esta situación que aclara definitivamente mi trasparente actuación cuando tuve el honor de dirigir la Matriz del Deporte de Pichincha.
Aparicio Vega Egas

Apoyo a la microempresa y crisis

La formación de capitales indispensable para el desarrollo es un proceso lento, durante el cual las pequeñas y las grandes economías se van agregando hasta llegar al representar cifras importantes con las cuales pueden emprenderse negocios de avanzada.
Los últimos desgobiernos y principalmente el actual han causado la ruina total de la incipiente industria y la desaparición de la agricultura y la ganadería. ¿Quién puede lanzarse en la peligrosa carrera de intentar acometer una empresa industrial, comercial, agrícola o ganadera si se sabe de antemano que el terreno sobre el cual se va a mover está sembrando de minas traicioneras que más temprano que tarde habrían de estallar? ¿Cómo producir con un crédito casi inexistente y caro de la región, mano de obra no calificada, y la que existe escasa? El creciente y desmedido gasto público absorbe cualquier esperanza de avanzar por las vías del progreso.
Eco. Gonzalo Pérez S.

Opiniones y reclamos a la Defensoría del Lector por carta al Diario HOY, al buzón electrónico: [email protected] o [email protected]
EXPLORED
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