Guayaquil. 15 mar 2000. La información de los afiliados a la
Seguridad Social está insegura en el IESS. El 11,95% de los datos
ingresados sobre aportaciones, pagos a préstamos o retiros de
fondos de reserva tiene errores.

Hace un año una pareja de maestros cumplió el tiempo de
aportaciones y la edad requerida por el IESS (Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social) para jubilarse y retirar su fondo
de cesantía. Ambos sabían que al tramitar estas prestaciones
debían hacer largas filas, llevar todos los documentos que les
pidan los empleados que atienden estas diligencias y tener mucha
paciencia.

Al cabo de seis meses, la esposa obtuvo el cheque por la cesantía.
El valor que le asignaron por esta prestación fue de un millón
doscientos mil sucres. ¡Pero, qué poco!, reclamó la mujer que
estuvo afiliada al IESS por más de 30 años. Lo que no sabía es que
este valor se reduciría a la cuarta parte, pues en el Seguro le
informaron que ella debía cuotas de un préstamo quirografario que
hizo hace más de diez años. ¿Cómo puedo deber un préstamo de
tantos años si después me dieron otros?, se preguntó.

El esposo de esta afiliada, quien no da su nombre pues aún tramita
su jubilación y prefiere evitar represalias, también ha encontrado
obstáculos.

Le informaron que debía cuotas de un préstamo hipotecario, pese a
que ya lo había pagado.

Para comprobar que ya canceló todo el crédito le recomendaron
conseguir copias de los roles de pago de la Dirección de Educación
donde conste el descuento y luego obtener certificados del
Ministerio de Finanzas de que el pago se ha hecho efectivo, pues
pertenecía al magisterio fiscal.

Para el Seguro Social no basta que al afiliado le descontaran los
valores en cuestión.

Datos inciertos

Con motivo de la falla del 2000 o el Y2K, el IESS contrató en
diciembre la verificación y validación de los datos y programas
del Instituto, que contienen toda la información respecto de los
afiliados y patronos, así como la de los jubilados.

La necesidad de realizar este contrato ha sido cuestionada y por
esto hay una excitativa fiscal contra los directores del IESS y
los miembros de la Comisión Interventora, que se sigue en el
Juzgado Noveno de lo Penal en Pichincha.

Si era o no necesario el contrato deberán determinarlo los jueces,
lo cierto es que según los últimos informes de la firma contratada
(Tecfaprev), en la regional 2 del IESS el 11,95% de las líneas de
código del sistema de computación con la información de los
afiliados tiene errores. En Quito esta falla llega al 7,74%.

Nos decían que no había problemas, pero eso no es cierto. Por esto
la información puede ser manipulada, dice Luis Plaza, Director del
IESS.

Si no se corrigen estos errores se puede poner cualquier
información, según Plaza, quien denuncia que en este momento hay
fraude electrónico en la institución, pues se ha ingresado
información falsa.

No sabemos a cuántos se habrá pagado pensiones que no les
correspondían. Ahora con el estudio tenemos un informe, tenemos
evidencias, recalca el cuestionado funcionario.

La historia laboral individual del afiliado que propone el
proyecto de Ley no encuentra por el momento una base de datos
ciertos. Por el llamado hueco actuarial (falta de información),
sus datos han caído en una especie de agujero negro.

ARTICULOS DEL PROYECTO

Mensualmente los afiliados y sus patronos aportan al Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social valores o hacen sus cancelaciones,
que en muchos casos no son registrados en el sistema informático
de la institución.

ART. 74 INSCRIPCION DEL AFILIADO Y PAGO DE APORTES.

El empleador está obligado, bajo su responsabilidad y sin
necesidad de reconvención, a inscribir al trabajador o servidor
como afiliado del Seguro General Obligatorio desde el primer día
de labor, y a remitir al IESS el aviso de entrada dentro de los
primeros quince (15) días. El empleador dará aviso al IESS de la
modificación del sueldo o salario, la enfermedad, la separación
del trabajador u otra novedad relevante para la historia laboral
del asegurado, dentro del término de tres días posteriores a la
ocurrencia del hecho. El IESS está obligado a entregar al afiliado
una tarjeta personalizada que acredite su incorporación al Seguro
General Obligatorio, dentro del plazo de treinta (30) días
posteriores a la inscripción a cargo del empleador o a la fecha de
aceptación de la solicitud de afiliación voluntaria.

ART. 248 DEFINICION DEL REGISTRO DE HISTORIA LABORAL.

El registro de historia laboral del asegurado comprenderá la
siguiente información: datos personales del asegurado, datos de
los familiares dependientes del asegurado, fecha de ingreso al
Seguro General Obligatorio, tiempo de servicio, remuneración
disponible y aportes pagados por cada empleador, que serán
declarados por este o por iniciativa del propio afiliado o por
comprobación del IESS; y en el caso del asegurado sin empleador,
aquellos servicios y remuneraciones imponibles por los que haya
cotizado o cotizare.

ART. 251 INFORMACION AL TRABAJADOR.

Con una periodicidad no mayor de un año, el IESS deberá remitir al
asegurado la información de su respectivo Registro de Historia
Laboral, sin perjuicio del derecho que asiste al asegurado para
solicitar, en cualquier momento, dicha información. El
incumplimiento de esta obligación constituye un acto
administrativo susceptible de sanción. La información de la
historia laboral del asegurado es reservada. (Texto tomado de El
Universo)
EXPLORED
en Ciudad Guayaquil

Otras Noticias del día 15/Marzo/2000

Revisar otros años 2014 - 2013 - 2012 - 2011 - 2010 - 2009 - 2008 - 2007 - 2006 - 2005 -2004 - 2003 - 2002 - 2001 - 2000 - 1999 - 1998 - 1997 - 1996 - 1995 - 1994 1993 - 1992 - 1991 - 1990
  Más en el