Quito. 11.06.94. EL panorama político toma un nuevo giro con el
anuncio del presidente de la Republica, sobre el cambio en el
cuestionario de la Consulta Popular.

Con esta reforma se incluiría una pregunta sobre la conformación
de una Asamblea Constitucional.

Existe desazón por la forma cómo se implementaria la nueva figura
planteada en la Consulta Popular.

Las criticas viene y van. Los argumentos jurídicos se esgrimen
otra vez y la manera para reformar la Constitución (1978) -esa
adolescente que aún no cumple su mayoría de edad- es lanzada sin
el consenso y el apoyo de los diferentes sectores políticos y
sociales del país. El ministro de Gobierno, Marcelo Santos,
explicó que se trata de una Asamblea Constitucional porque será
únicamente para reformar la Carta

Política. En cambio, si seria Constituyente tendría plenos
poderes. "Además esto se hace solo en caso de que no exista un
poder legal establecido", dijo Santos.

Hoy este no es el caso. El Gobierno siente que necesita un
utensilio jurídico para complementar toda la modernización del
Estado y, además, porque ha quedado demostrado que la actual
Carta Política tiene muchos vacíos e incongruencias. Por eso,
afirman, se ha lanzado esta -idea. Se dice que había sido el
producto de un almuerzo (el miércoles) al que fueron convocados
los diputados de Gobierno y ex ministros de Gobierno, como Luis Robles
Plaza y Benjamín Terán Varea.

Todos 106 analistas consultados apuntan a la falta de una base
legal para llegar a ejecutarla. - Inclusive, algunos aseguran que
la diferencia entre Constitucional o Constituyente es solo
semántica.

Ante esos problemas, León Roldós, ex vicepresidente de la
Republica, quien dijo estar de acuerdo con la Constitucional,
afirmó que para evitar los cuestionamientos lo mejor seria que la
nueva Constitución entre en vigencia desde 1996.

Pero la inclusión presenta el mismo -problema legal que el resto
de la Consulta, el de un camino hecho al reves.

Es decir que para que el presidente convoque a una Consulta y los
resultados sean de aplicabilidad obligatoria, estos tendrían que
provenir de un proyecto del Ejecutivo que haya sido negado total
o parcialmente por el Congreso. Entonces el presidente podría consultar a
todos los ecuatorianos sobre los puntos negados.

De lo contrario, según unos, todo lo aceptado deberá pasar de
nuevo por el Congreso para darle un texto legal. Para evitar esto
el Ejecutivo quiere lanzar con estatuto (el texto). "Podría hacer
una transitoria para que el Congreso lo niegue y así presentarla
a Consulta", aseguro Roldós.

"Es un mecanismo forzado.

Aunque el Congreso esta descreditado, no se ha enviado ningún
proyecto de reformas constitucionales y por tanto no ha habido
ningún rechazo como para someterlo a Consulta Popular. Entonces
cómo saber si es que el Congreso puede llegar a un consenso y
trabajarlo, como lo hizo ya en las reformas constitucionales de
1992?, se preguntan algunos diputados.

Sin embargo, se ha visto en la practica que resulta muy difícil
-por no decirlo casi imposible- lograr el consenso legislativo
(dos terceras partes de los 77 diputados integrantes del -
Congreso) para introducir reformas - constitucionales. - El
Gobierno ha tratado de plantearse como un proceso parecido al que
sucedió en Colombia. Pero hay muchos aspectos que son diferentes.

En Colombia este nació desde la sociedad civil. Los
universitarios fueron los que lanzaron esta idea, que se fue
concretando como un proyecto con el apoyo de la prensa -mas
precisamente comenzó a gestarse a través de El Tiempo de Bogotá-.
Y fue introducida por un presidente (Cesar Gaviria) con una altísima
popularidad, que fue buscando y haciendo consensos.

Luego se convocaron a elecciones para conformar esa
Constituyente. Un proceso de mas de un año, tanto para
conformarla como para realizarla. Para redactarla estuvieron
presentes todos los sectores, desde los antiguos guerrilleros
hasta los conservadores.

El Congreso Nacional es quien debe tramitar las reformas a la
Constitución sin necesidad de llevar a cabo la Consulta Popular
ni convocar a la asamblea Constituyente, opinó el jurista Enrique
Echeverria.

"En la tradición jurídica del país ha habido siempre asamblea
constituyente y Congreso Nacional. La asamblea constituyente es
un órgano de elección popular, que constituye nuevamente el
Estado, da las reglas sobre las cuales el Estado debe funcionar
en adelante", explicó.

La constituyente tiene en si todos los poderes del Estado,
ejecutivo legislativo y judicial, y en el país se ha realizado
varias veces, dijo.

Sostuvo que no existe la "asamblea constitucional" no existe, y
que se trata de puras decisiones politicas. "Esto ya rebasa el
campo del derecho y entra en el campo de la política, en donde se
pueden dar los absurdos mas grandes".

Lo de constitucional es superpuesto para evitar todos los poderes
omnímodos que tiene la asamblea constituyente, advirtió.

Si bien reconoció la necesidad de modificar la carta fundamental
del Estado, Echeverría se opuso a la realización de la Asamblea,
porque es el Congreso Nacional, de acuerdo con el Art. 149 de la
Constitución, quien debe recoger y discutir los proyectos de
reformas constitucionales.

"Se votaran la plata del pueblo. Se gastara en una Consulta
Popular no obligatoria, porque lo que diga el pueblo no es
obligatorio".

La Asamblea Constitucional esta orientada a consagrar profundas
reformas politicas en el país, para completar un "programa
transformador" a través de la Consulta Popular, según el ministro
de Gobierno, Marcelo Santos.

Para el ministro, el Gobierno planteara una Asamblea
Constitucional y no una Asamblea Constituyente, porque hay una
democracia y un poder constituido en el que existen las tres
funciones básicas: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

"Con ello se permitirá que el Congreso continué normalmente
preparando leyes y ejerciendo su facultad consubstancial de la
fiscalización. La Asamblea Constitucional tiene como objetivo
único introducir reformas en la Constitución Política del
Estado".

Al pueblo ecuatoriano se consultara cómo debe estar integrada la
Asamblea Constitucional y cómo se diseñara el estatuto que haga
viable este mecanismo, dice Santos.

Asegura que el planteamiento del régimen es un reflejo de la
consulta realizada a diversos sectores ciudadanos, de políticos
representativos de varias tendencias y de la basta experiencia en
el manejo de la política nacional y administración del gobierno.

Dijo que si bien la Asamblea Constitucional debe tener
representación de elección directa del pueblo, que se .canalizara
a través de la candidatura de los partidos políticos, también
debe tener las representaciones gremiales, sectoriales y una
basta gama de la sociedad.

SE CAMBIA PLAZO PARA TRAMITE DE LA CONSULTA

El presidente de la Republica, Sixto Duran Ballén, expidió un
decreto ejecutivo que modifica el reglamento a la Ley de
Elecciones en lo atinente a los plazos estipulados para el
trámite de la Consulta Popular.

Según el criterio gubernamental, es facultad privativa del
Presidente de la Republica expedir, modificar y derogar
reglamentos, mediante decreto ejecutivo.

Tambien ese decreto ejecutivo se promulgará en el Registro
Oficial en las próximas horas.

Si se presentan complicaciones en la consideración del
cuestionario de la Consulta, el TSE esta dispuesto a recurrir al
Congreso Nacional para que haciendo uso de su facultad privativa
de interpretar la Constitución Política absuelva cualquier
conflicto jurídico que pueda producirse.

El ministro de Gobierno, Marcelo Santos, y el secretario general
de la Administración, Carlos Larreategui, se reunieron ayer con
el presidente del TSE, para informarle de la expedición de los
dos,decretos ejecutivos antes mencionados, cuyos autógrafos
fueron remitidos al Registro Oficial para su publicación.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) se apresta nuevamente a
considerar el pedido de convocatoria a una Consulta Popular
propuesta por el presidente de la Republica, Sixto Duran Ballén.

El decreto ejecutivo que contiene la Consulta se promulgara en
las próximas horas en el Registro Oficial y será entregado al TSE
el próximo lunes.

Inmediatamente el TSE se reunirá en sesión plenaria para
considerar el contenido y alcance del cuestionario de la Consulta
y si es procedente expedirá la convocatoria dentro de los plazos
previstos en la ley pertinente.

SE ABRE POLEMICA EN PARLAMENTO

El anuncio de que el Gobierno someterá a consulta la convocatoria
a una Asamblea Constitucional para expedir una nueva Constitución
Política provoco diversas reacciones entre los pocos diputados
que acuden al Palacio Legislativo los viernes.

En nuestro país hay historia antigua y reciente de las
"Constituyentes", pero ningún antecedente de la Asamblea
Constitucional.

Antonio Rodríguez del opositor partido Izquierda Democrática (ID)
y Remigio Dávalos del gobernante Parido Conservador (PCE),
emitieron sus opiniones sobre el tema.

- Para Rodríguez la Constituyente tiene todos los poderes. Se ha
acostumbrado a integrarla como el puente entre un régimen Para
Antonio Rodríguez (ID) de facto y la restitución del régimen de
Derecho. "Como figura jurídica no esta considerada en la vigente
Constitución Política y su creación requerirá de una reforma
constitucional aprobada por el Congreso Nacional.

Dotada de plenos poderes la Constitución podría disolver el
Congreso o terminar con el mandato del presidente de la
Republica, si así lo quisiera; y, seguramente por este temor es
que el Gobierno de Sixto Durán Ballén pretende crear esta nueva
figura jurídica denominada Asamblea Constitucional, facultada tan
solo para reformar la Constitución, lo cual es un disparate.

Si el Gobierno quiere reformas constitucionales debe elaborar un
proyecto y remitirlo al Congreso Nacional para que las discuta y
apruebe".

Además, las preguntas que contempla la Consulta Popular, no
pueden referirse a reformas constitucionales.

-Según Remigio Dávalos, la diferencia entre Asamblea
Constituyente y Asamblea Constitucional es muy clara.

"No se puede convocar a una Constituyente, existiendo como un
ordenamiento jurídico que contempla la vigencia de las Funciones
Ejecutiva, Legislativa y Judicial.

A través de la Consulta Popular, el presidente Duran Ballén va a
convocar a una Asamblea Constitucional, para que expida una nueva
según Remigio Dávalos la va Constitución Política.

Asamblea el único camino

El Congreso Nacional tiene para reformar la Constitucional
efectivamente facultad para reformar la Constitución, pero la
experiencia de muchos años indica las dificultades que se han
presentado, sin que sea posible una reforma integral.

Para la convocatoria e integración de la Asamblea Constitucional
se expedirá un reglamento especial, que consulta a diputados
constituyentes elegidos por votación universal y directa y
diputados funcionales, en representación de los diferentes
sectores sociales del país".

* Texto tomado de EL COMERCIO (p. 3-A)
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