Quito. 15.12.94. En 1991, el gobierno de George Bush otorgó
unilateralmente a Ecuador, Colombia, Perú y Bolivia
condiciones de acceso preferenciales al mercado de Estados
Unidos, hasta diciembre del año 2001, a través de la Ley de
Preferencias Comerciales Andinas (APTA) (Andean Trade
Preference Act.) Llevamos más de tres años con el mercado de
los Estados Unidos abierto a las exportaciones ecuatorianas y
nos quedan siete años para aprovechar las ventajas que esta
Ley nos ofrece.

Las ventajas que el sector exportador obtiene de esta Ley son
importantes, ya que en el mercado de Estados Unidos el
derecho arancelario es un factor determinante para que las
importaciones en el momento de tomar una decisión de compra
consideren a sus proveedores del exterior.

En ese sentido, el Programa de Preferencias Arancelarias
otorgado a Ecuador constituye una ventaja comparativa, permite
a los exportadores ingresar una amplia gama de productos con
rebaja total- y en algunos casos parcial- del derecho de la
importación. Esta perspectiva de acceso preferencial al
mercado estadounidense, trae los siguiente beneficios:

- Aumento de la capacidad instalada

- Incremento de la inversión nacional

- Atracción de la inversión extranjera procedente de los EEUU,
o de ciertos países como los del sudeste asiático, que por
haber alcanzado un sustancial desarrollo exportador, no tienen
acceso preferencial al mercado de ese país

- Aumento y diversificación de las exportaciones

- Generación adicional de empleo y divisas

- De la misma manera, es importante tener presente e EEUU como
mercado objetivo para las exportaciones ecuatorianas, por los
siguientes factores:

- La población, cercana a los 250 millones hace de EEUU el
país industrializado más poblado del mundo

- La capacidad de compra del país, con un ingreso per-cápita
de alrededor de 22.000 dólares, superior al de naciones como
Alemania y Japón

- Estados Unidos es el primer exportador mundial

- El tamaño de su mercado de importaciones es superior a los
500.000 millones de dólares anuales

- Es común que en EEUU se hable el idioma español

- De los 224 países con que comercia EEUU, únicamente cuatro
son beneficiados del programa ATPA.

Mónica Ramírez-Gil, directora de Inversiones y Negocios
Internacionales de la Consultora Araujo Ibarra & Asociados
Ltda, empresa con sede en la ciudad de
Bogotá-Colombia, despertó gran interés con su disertación
entre los empresarios asistentes al encuentro "Dos Años
de Libre Comercio entre Ecuador-Colombia" realizado
en Guayaquil. Ello determinó que nuestra edición
considere importante informar a nuestros lectores sobre este
tema tan trascendente y poco conocido, Mónica Ramírez realizó
una exposición exclusiva para EKOS Economía.

¿Cuál fue el objetivo de la Ley de Preferencias Arancelarias
Andinas?

La Ley tiene como objetivos:

- Promover el desarrollo económico de los países beneficiarios

- Estimular la inversión en sectores no tradicionales

- Diversificar su base exportadora, con la activa
participación de la iniciativa privada

¿En qué consisten las preferencias?

Con el Programa ATPA, Estados Unidos otorga dos tipos de
reducciones sobre el derecho arancelario general aplicado a
sus importaciones:

- Franquicia arancelaria (0%), es decir, rebaja total, para la
mayoría de productos cubiertos por la preferencia

- Reducción parcial, para un sector específico

En consecuencia, el programa constituye una excelente
oportunidad para que exportadores ecuatorianos ingresen al
mercado estadounidense en condiciones preferenciales más
favorables que la gran mayoría de exportadores del mundo.

¿Y cuáles son los productos beneficiados?

Con franquicia arancelaria (0%)

El programa prevé el ingreso libre de gravámenes arancelarios
a unos 6.000 productos a 8 dígitos, lo cual representa
alrededor de 10.000 productos a 10 dígitos de la Nomenclatura
del Sistema Armonizado Internacional, es decir, algo más del
70% del universo arancelario de la Nomenclatura del Sistema
Armonizado de Estados Unidos.

¿Qué es la Nomenclatura del Sistema Armonizado?

Es el sistema de descripción y codificación de mercancías, que
se utiliza para clasificar los bienes en el comercio
internacional. Fue desarrollada bajo los auspicios del Consejo
de Cooperación Aduanera con sede en Bruselas y aprobado en
junio de 1983 a través de un convenio internacional. La
generalidad de los países y entre ellos Estados Unidos
iniciaron la utilización de la nueva nomenclatura en enero de
1989.

Con Reducción Parcial

A los siguientes productos: bolsos de mano, artículos de
viaje, artículos lanos, guantes de trabajo y prendas de vestir
de cuero.

La reducción parcial es hasta de 20% sobre el derecho
arancelario general de diciembre de 1991.

¿Cuáles son los productos excluidos de las preferencias?

Son siete los grupos de productos que no podrán designarse
como elegibles para el trato preferencial:

i) Textiles y confecciones, sujetos a acuerdos textiles

ii) Calzados, no elegible el 4 de diciembre de 1991, para el
Sistema Generalizado de Preferencias (SGP)

iii) Atún preparado o conservado, empacado al vacío

iv) Petróleo y sus derivados

v) Relojes y sus partes, si contienen materiales originarios
de países a los cuales Estados Unidos no otorga el trato
comercial denominado de Nación Más Favorecida

vi) Azúcar, jarabes y melazas

vii) Ron y tafia

¿Cuáles son los requisitos para que un producto goce de las
preferencias arancelarias?

Se requiere el cumplimiento de las siguientes normas:

a. Contenido local

i) El artículo debe ser enteramente producido o cultivado en
Ecuador o,

ii) Cuando tenga contenido importado: el producto debe tener
un valor agregado nacional mínimo de 35%, calculado sobre el
valor de la mercancía en el momento de su ingreso al
territorio aduanero de Estados Unidos. En este porcentaje se
contabilizan el valor de los materiales producidos localmente
y los costos directos de las operaciones de elaboración
efectuadas en Ecuador.

Para completar este valor agregado, además de los insumos y el
costo directo de las operaciones de elaboración efectuadas en
Ecuador, se pueden incluir:

- El valor de los materiales producidos y/o los costos
directos de las operaciones de elaboración realizadas en los
otros 3 países beneficiarios del Programa ATPA -Colombia,
Bolivia y Perú-.

- El valor de los materiales producidos y/o los costos
directos de las operaciones de elaboración realizadas en uno o
más de los 24 países beneficiarios de la Iniciativa para la
Cuenca del Caribe.

- El valor de los materiales producidos y/o los costos
directos de las operaciones de elaboración realizadas en
Puerto Rico y en las Islas Vírgenes de los Estados Unidos

- El valor de los materiales producidos en Estados Unidos,
hasta en un 15% del valor gravable del artículo importado. En
la práctica, si en el artículo exportado por Ecuador se
utilizan insumos producidos en Estados Unidos, el valor de
estos se puede contabilizar hasta por 15 puntos porcentuales
del valor del producto final, lo cual significa que el valor
agregado local requerido se puede reducir al 20 %.

Los insumos importados en Ecuador o en los países mencionados
que se incorporen al producto exportado a Estados Unidos,
deben haber sido objeto de la denominada transformación
sustancial.

b. Transporte directo

La mercancía debe ser transportada directamente desde Ecuador
hacia el territorio aduanero de Estados Unidos. Si se requiere
el tránsito por otro país, el producto debe estar bajo control
aduanero y puede someterse sólo a operaciones para mantenerlo
en buenas condiciones.

c Prueba documental

Además de la documentación acostumbrada para toda importación
se requiere la presentación, junto con la mercancía, o en todo
caso, antes del proceso final de nacionalización, del
Certificado de Origen "Forma A", revisado, sustituyendo la
leyenda "Generalized System of Preferences" (Sistema
Generalizado de Preferencias) por "Andean Trade Preference
Act" (Ley de Preferencia Arancelarias Andinas).

Para concluir ¿Cuál la importancia del APTA?

El APTA se constituye como la más clara oportunidad que tienen
los empresarios ecuatorianos para potenciar y hacer efectivas
las exportaciones a los Estados Unidos. Quedan sólo siete años
y una oportunidad como ésta, no se debe desaprovechar.

*Texto tomado de: (REVISTA EKOS #11)(Pg. 18-20)
EXPLORED
en Ciudad N/D

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